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El referéndum imaginario y la reforma del Estatut de Fabra

Ya hemos hablado más de una vez, haciendo balance de la no-gestión del President de la Generalitat Valenciana durante todos estos meses pasados, de que, más allá de recortar sin mucha imaginación y siempre a instancias de Madrid y plantear alguna que otra ocurrencia para dinamizar la economía como lo de eliminar puentes para crear un millón de puestos de trabajo (o así) al año, las propuestas de calado y el espíritu reformista en lo estructural del actual Consell brillan por su ausencia. Pero sería injusto olvidar el sainete con la reforma del Estatut (recordemos, un Estatut nuevecito de trinki, acabado de estrenar, que fue reformado a instancias del PP en 2006), que apareció en el debate público como una ocurrencia de algún asesor para salir del paso frente a algún escándalo o situación incómoda y, como la estación provisional del AVE, se ha instalado para quedarse con nosotros mucho tiempo.

El sainete empieza cuando a algún asesor de Fabra se le ocurre que, para dar imagen de austeridad, de que hacen algo y de que ellos también se atreven con los privilegios de la clase política, estaría bien proponer «recortar los órganos e instituciones de la Generalitat», que no sólo de recortar a los funcionarios o en Sanidad o Educación vive un Gobierno decente. Por órganos e instituciones entendemos, conviene aclararlo, todo lo que no afecta a altos cargos del Consell o asesores, que como es sabido, en ambos casos, son especies protegidas (y cada vez más, no en vano el Gobierno valenciano es prácticamente el único de España que los ha aumentado, tanto a unos como a otros en el último ejercicio). Es decir, que la propuesta es reducir cosas como la Acadèmia Valenciana de la Llengua, el Consell Valencià de Cultura, el Consell Jurídic Consultiu… y el número de diputados en las Cortes Valencianas.

El PP, preparando una reforma estatutaria de las buenas y proponiendo pactos a la oposición

La propuesta tiene la ventaja, política, de dar imagen de austeridad (y para el PP no es muy lesiva en términos de colocación, pues siempre puede incrementar todavía más la nómina de altos cargos para colocar a los de su cuota que queden sin nada y todos felices) y, sobre todo, de poner a la defensiva a la oposición. ¿Cómo van a atreverse los de Compromís, Esquerra Unida y sobre todo el PSPV a no recortar en estos tiempos? ¡Escándalo, los rojos se aferran a las poltronas cuando todos lo están pasando mal! Dado que las reformas en cuestión requieren de mayorías cualificadas y el apoyo de (parte de) la oposición en algunos casos, es todo perfecto. Si el PSPV no traga, le criticamos por no ser austeros consigo mismos. Y si traga, pues damos imagen de liderar pactos y de ser los más mejores en esto de la austeridad.

Hasta este momento, sin novedad. Un ejercicio de demagogia sin mayor trascendencia (pues estos recortes son el chocolate del loro y si bien son muy bienvenidos por todos dada la actual composición de estos órganos, que es en general muy triste, en realidad debilitarían a las instituciones si éstas estuvieran compuestas del tipo de gente adecuada).

Pero en realidad sí hay un problema. Un problemita de nada. El Estatut. Porque en el resto de casos da un poco igual, pero en el caso de la reforma del número de parlamentarios en les Corts el Estatut blinda el actual número, que establece como mínimo. Que nosotros no es por fastidiar y por aguarle la fiesta a los asesores que tuvieron la brillante idea y no cayeron en la cuenta, pero así es la vida:

Artículo 23.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. Les Corts estarán constituidas por un número de Diputados y Diputadas no inferior a noventa y nueve, elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en la forma que determina la Ley Electoral Valenciana, atendiendo a criterios de proporcionalidad y, en su caso, de comarcalización.

Ahhhh, pero en realidad, si bien lo miras, ¡no hay problema! Se cambia el artículo 23.1 y tan contentos. ¡Mejor, si cabe! Porque eso da más visibilidad al proceso y obliga a retratarse al PSPV. Que vale, sí, es verdad, da un poco de vergüenza montar todo el tinglado de cambiar el Estatut para esta cosita, máxime cuando hace apenas 6 años que se aprobó. Pero, ¿acaso estas minucias nos van a privar del placer de tener algo puteado al PSPV? ¡Adelante!

El tema es que tener muchos y bien pagados asesores a veces supone que haces el ridículo, como por ejemplo si ninguno de ellos (ni tus diputados, ni tú mismo…) se sabe lo que dice el Estatut para su reforma. Que lo que dice, resumidamente, es que si se quiere tocar cualquier cosa (menos incrementos competenciales para igualar a los malvados catalanes, ya sea vía cláusula Camps, ya sea por lo civil, ya por lo militar) no sólo hay que lograr acuerdo en las Corts Valencianes y luego en el Congreso de los Diputados… es que además, luego, hay que hacer un referéndum. Cualquier persona que sepa leer, ya sea en castellano, ya en valenciano (pues hay versiones en ambas lenguas de nuestro Estatut), e incluso los que tienen problemas intelectivos severos siempre y cuando tengan la ayuda de un diccionario lo pueden entender sin problemas simplemente leyendo lo que dice el propio Estatut al respecto (insistimos, cambiado en este punto hace 6 años… por muchos de los que ahora ni lo recuerdan). Aunque sea un poco largo transcribimos enterito el artículo 81 de nuestro querido Estatut (y fíjense sobre todo en el punto 5, que resaltamos en negrita):

Artículo 81 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.
1. La iniciativa de la reforma del Estatuto corresponde al Consell, a una tercera parte de los miembros de Les Corts, a dos Grupos Parlamentarios o a las Cortes Generales. La reforma del Estatuto deberá ser aprobada por Les Corts, mediante acuerdo adoptado por dos terceras partes de sus miembros, salvo que sólo tuviese por objeto la ampliación del ámbito competencial, en cuyo caso será suficiente la mayoría simple de Les Corts.
2. Si la reforma del Estatuto no fuera aprobada por las mayorías previstas para cada caso en el apartado 1 de este artículo o los requisitos exigidos para su aprobación, no se podrá iniciar nuevo procedimiento de reforma sobre el mismo punto durante la misma Legislatura de Les Corts.
3. Aprobada la reforma por Les Corts, el texto será presentado por medio de proposición de ley de Les Corts, en el Congreso. Admitida a trámite por la Mesa y tomada en consideración la proposición por el Pleno, se remitirá a la Comisión Constitucional del Congreso, en el seno de la cual se nombrará una ponencia al efecto que revise con una delegación de Les Corts el texto de la misma, de acuerdo con lo dispuesto en las normas reglamentarias del Congreso.
4. Si las Cortes Generales no aprueban, o modifican, la reforma propuesta, se devolverá a Les Corts para nueva deliberación, acompañando mensaje motivado sobre el punto o puntos que hubieran ocasionado su devolución o modificación y proponiendo soluciones alternativas.
5. La aprobación de la reforma por las Cortes Generales, mediante Ley Orgánica, incluir la autorización del Estado para que la Generalitat convoque un referéndum de ratificación de los electores en un plazo de seis meses desde la votación final en las Cortes Generales. El referéndum podrá no convocarse en aquellos casos en que la reforma sólo implique ampliación de competencias.

Como puede verse, hay una errata en el art. 81.5 de nuestro Estatut en la publicación según BOE en castellano (falta una palabrita y nadie se dio cuenta, pero vamos, es un tema menor si tenemos en cuenta que nadie se dio cuenta de que «se despistaron» y derogaron todo el Estatut una vez reformado -véase la disposición derogatoria de la ley de reforma- sin que ningún letrado de las Cortes, diputado, político se diera cuenta… y sin que ni siquiera se enteraran de que hubo quien lo advirtió en su día). Pero aunque en realidad el sentido del texto sigue siendo obvio, por si queda alguna duda, nos vamos a la versión en valenciano (por ejemplo en la web de les Corts Valencianes) y queda despejado el tema: «inclourà l’autorització…» Es decir, que el referéndum es debido, sí o sí, en todos los casos, menos cuando «la reforma sólo implique la ampliación de competencias».

Tocado oficial del uniforme de asesor de la Generalitat Valenciana para actos oficiales que podríamos aprovechar para incluir como obligatorio en la reforma estatutaria

O sea, que la propuesta de Fabra para ahorrar algunos sueldos de diputados (y sobre todo para poner a la defensiva a la oposición y, ya puestos, para limitar un poco la proporcionalidad de las Cortes valencianas, en beneficio, aunque sea marginal, del partido mayoritario) implica iniciar una reforma estatutaria, primero aquí, luego en Madrid y, para rematar la faena, un referéndum que tiene que convocarse sí o sí. Por cierto, y sin querer ser demasiado puñetero, no está de más recordar que el PP denunció en su día que el referéndum de aprobación del Estatuto catalán había salido por un pico, nada más y nada menos que 1.000 millones de las antiguas pesetas, ahí es nada. O sea, que si reducimos 20 diputados, a 50.000 euros brutos anuales por diputado, necesitaremos que pasen unos seis años para que la broma empiece a generar algún ahorro. ¡Bravo!

Frente a esta evidente incomodidad, que claramente «se le pasó» al genio que propuso la reforma, la respuesta del PP fue seguir hacia adelante. Y en ello están. De hecho, han asumido, al menos, que sí que habrá que reformar el Estatut, pero callan ominosamente sobre el tema del referéndum. Sorprendentemente, la Bambi-oposición valenciana, que al principio tampoco pareció tener muy claro lo que implicaba para el Estatuto la propuesta de Fabra, calla lastimosamente sobre este asunto y no pregunta a Fabra por sus planes de referéndum ni nada. Y, lo que es más increíble (o bueno, no tanto, dado que estamos hablando de lo que estamos hablando), parece que han entrado en el juego y en la negociación. Vivir para ver.

De manera que, a estas alturas, claramente, parece que hemos entrado en la fase 3 de todo el proceso. La Fase 1 es soltar una ocurrencia por motivos políticos sin tenerla pensada. La Fase 2 es cuando queda claro que es irrealizable tal y como se propone y que para llevarla a cabo las pretendidas bondades de la propuesta se diluyen. La Fase 3 es cuando, en plan Marca GVA, se decide tirar para adelante pasando de todo, pasando del Derecho, pasando de las normas y en plan impresentable, contando con que la oposición se acojonará, la ciudadanía pasará y los jueces, si eso, ya nos darán un revolcón dentro de varios años, que tampoco es lo importante ahora.

En nuestro caso, y a juzgar por el ominoso silencio al respecto del PP (y del PSPV) parece claro que lo que pretende la Generalitat es tirar por la calle de enmedio y  hacer la reforma sin convocar el obligado referéndum. Para ello seguro que tienen ya a sus sesudos, bien pagados y crecientes en número asesores estudiando opciones. Pero a la hora de la verdad acabarán contratando a alguien a quien pagarán muy bien para que encuentre razones que permitan soslayar el referéndum. La Paella Rusa, servicio público, para evitar que los valencianos nos gastemos dinero de más en este tema, va a hacer este trabajo por adelantado y así todos contentos. Allá va un listado de razonamientos jurídicos elaborados y de calidad que explican las razones por las que el Estatuto de los valencianos tiene forma de rollo de papel de water y, cuando nos conviene, podemos pasar de aplicarlo:

Ven Ustedes un texto estatutario con reglas y eso que marca cómo hay que hacer las cosas… ¡Pues ya no lo ven!

1. Como es evidente, lo de convocar el referéndum no es obligatorio. Porque como es sabido, decir «convocará» no significa que sea obligatorio ni nada. Significa que ya lo haces, si eso, si te apetece y tienes un rato. Esto es como cuando una ley dice que los asesores «trabajarán en la institución que los contrata», que todos sabemos que es algo como muy abstracto y permite que trabajen para el partido. O como cuando se dice que los ciudadanos «tributaremos a Hacienda», que es, como a todos nos consta, una alternativa opcional y no un mandato.

2. Cuando el Estatut dice «referéndum» en realidad se refiere a una performance del Consell de la Generalitat en el palco VIP del Valencia CF, sociedad participada de la Generalitat. Los conceptos jurídicos no siempre están claros y quienes entienden que un referéndum es que la gente vote y eso están muy equivocados. Un referéndum puede ser otra cosa, como que Fabra salga al palco del Valencia CF y la gente le aplauda y eso. ¡Queda refrendado el Estatut! O lo que nos parezca en su momento. ¡No nos vengan con nominalismos! A una mala, llamamos a Ripollés para que hable con el texto del Estatut y nos diga si él se siente refrendado y todo arreglado.

3. Obviamente, reducir diputados es uno de los supuestos que permite obviar el Estatut, dado que implica asumir competencias. Como es sabido, reducir diputados, en el fondo, es una decisión autonómica, ergo una competencia. Tomar cualquier decisión sobre la competencia es «ampliar la competencia» (incluso aunque se dé la paradoja de que sea para reducirla, en este caso en número). Hemos consultado «Ser y Tiempo» de Heidegger y la cosa parece clara. O no. Pero vamos, que es ampliar competencias.

4. Si la reforma incluye alguna ampliación de competencias junto a la reducción de diputados, no hace falta referéndum porque la reforma es de ampliar competencias. Esto es como el water de Mercadona, que te dice que puedes «usar el papel higiénico del baño, sin coste, sólo para limpiarte», pero que interpretado de forma abierta y generosa puede acabar en «puedes coger sin coste todo lo que te dé la gana del supermercado». De manera que lo que tiene que hacer la Generalitat es una especie de «doctrina Sánchez Gordillo» para las compras gratuitas en supermercados y para reformas estatutarias. O proponer a la RAE que cambien la definición de «sólo» o de «solamente» por algo que quiera decir «habilitación para hacer lo que le dé la gana».

5. La carta estatalista: el Estatut es una mierda y las Cortes Generales pueden hacer lo que quieran y pasárselo por el forro. Una posibilidad muy cara a los partidos españoles, que ya han jugado alguna vez en Madrid en temas estatutarios valencianos (recordemos que el nombre de este País/Regne/Comunitat/Cosa viene de donde viene) con el placet de PPCV y PSPV se resume en decir que el texto legal estatutario es una mierda que no sirve para nada y que si las Cortes deciden interpretar a su bola o incluso cambiar las normas de reforma de nuestro querido Estatutet pues pueden hacerlo con toda tranquilidad. Así que sólo hay que encargar a las Cortes españolas que digan que lo reforman y que sin referéndum ni nada, que eso de los referéndums es muuuuu malo, los carga el diablo, los catalanes y el azufre y tal y asunto arreglado. Pacto de Estado. Pelillos a la mar. Circulen.

Así pues, elijan una de estas cinco opciones, pillen las palomitas y disfruten del enésimo espectáculo. Para ponerse a llorar, como siempre. Pero ya estamos acostumbrados.

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6 thoughts on “El referéndum imaginario y la reforma del Estatut de Fabra

  1. Pepico

    Es que tiene toda la pinta de eso, de ocurrencia pensada en caliente que ahora les lleva o a rectificar (cosa que en el PP valenciano no se lleva) o a tirar hacia adelante pase lo que pase.

    «No obstante, fuentes del Gobierno valenciano apuntan a que varios asesores jurídicos sí consideran posible afrontar la reducción de diputados sin necesidad de convocar esta consulta a los ciudadanos.»

    Vamos, lo que has comentado ya, van a intentar retorcer l’Estatut para que diga lo que de verdad no dice. Por parte del PP se puede esperar, pero lo que de verdad me tiene acojonado es el papel de cooperador necesario que está asumiendo gustosamente el PSPV.

    Compromís y EU, aunque puedan ser los más perjudicados, deben estar dando palmas ante el nuevo tiro en el pie que se van a dar los socialistas.

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    • Senyor Garrofó Post author

      Pepico, lo que entrecomillas, ¿de dónde sale? Porque vamos, que no es que no me lo espere, como explico en el texto, pero me encanta que ya vayan asomando la patita.

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  2. Tavella

    Yo tenía la teoría de que el supuesto referéndum lo harían coincidir con las elecciones europeas, así el coste es de esperar que fuera mucho menor, pero es que con la calma que se lo han tomado, recordemos que ya hay una reforma del estatuto en el congreso que lleva ya más de un año sin haberse debatido siquiera, no creo que lleguen para 2014, pero vamos, es que ni de coña.

    Y si llegaran a tiempo e hicieran el referéndum y además fuera el mismo día de las elecciones europeas, creo que el PP y el PSOE podrían salir muy perjudicados en esas elecciones y que en el referéndum saliera el no incluso a poco que Compromís y EU se pusieran las pilas, además, si coinciden el referéndum y elecciones, se hablaría del referéndum en los medios estatales, y tendría más protagonismo que si se hiciera en solitario, con lo cual sería una oportunidad a aprovechar…

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    • Senyor Garrofó Post author

      Tavella, es imposible que se llegue a tiempo de las europeas, al ritmo al que vamos.

      Pero mira, si montamos un referéndum-juerga ese día casi que mejor, porque la juerga puede ser espectacular. Sinceramente, siendo como es el PP valenciano, me cuesta pensar que se arriesguen a hacer coincidir el referéndum sobre algo así con unas elecciones que movilizan, normalmente, a los votantes de partidos más minoritarios (o que los desmovilizan en menos porcentaje). Además, caramba…. serà per diners!

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  3. Guerau

    Pues si se convoca el referéndum de marras sería todo un acontecimiento histórico nada baladí: la primera vez en toda la Historia que los valencianos, por fin, son llamados a las urnas a refrendar su autonomía. Y eso que no han faltado intentos desde tiempos inmemoriales. No pudo ser durante la II República, pues justo cuando se estaba elaborando el Estatuto estalló la Guerra Civil. No pudo ser durante la Transición, pues desde Madrid se paralizó a traición el proceso autonómico valenciano a pesar de cumplir todos los requisitos legales para acceder a la autonomía por la vía rápida, la del artículo 151 de la Constitución, que incluía el referéndum. No pudo ser en el 2006, cuando se reformó el Estatuto de 1982, pues este último, como hijo de la vía lenta (artículo 141 de la Constitución) no preveía ningún referéndum. Así que yo me pregunto cuánto tiempo habrá que esperar para que los valencianos puedan de una maldita vez acudir a las urnas a votar «su» autonomía. No está de más recordar que incluso el PP de Rajoy hace siete años pidió a los valencianos firmar para poder «votar» sobre el nuevo Estatuto catalán:

    http://www.publico.es/espana/268206/cuatro-millones-de-firmas-en-un-almacen

    Por otra parte, la réplica de Compromís ha sido muy inteligente: reducción de diputados, sí, pero a cambio de una circunscripción única para evitar la pérdida de proporcionalidad.

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