ACTUALIDAD DE ESPAÑA MARZO
DE 2003
20/03/2003:
De políticos, de jueces, de periodistas
El
Gobierno pacta con la oposición una ley de partidos políticos.
El Parlamento la aprueba. Por medio de esa ley se pretende, y así
lo dice expresamente, dejar fuera de la ley a aquellas organizaciones
políticas que aplaudan o no condenen el terrorismo. O que
lleven en sus listas a personas vinculadas con el terrorismo. Empleando
esa nueva ley el Tribunal Supremo inicia el proceso de ilegalización
de Batasuna. El Tribunal Constitucional, requerido a emitir sentencia
sobre la constitucionalidad de la nueva ley por los "compañeros
de viaje de los terroristas", da su visto bueno a la norma.
La ley es perfectamente constitucional. El Tribunal Supremo, empleándola,
declara ilegal a Batasuna. Y en tiempo récord. Todos contentos
(¿acaso se queja alguien?). Así son las cosas y así
se las hemos contado.
El
relato que sucintamente resumimos arriba, si se hubiera desarrollado
así (que es como nos lo han explicado), sería tremendamente
preocupante para la democracia y el Estado de Derecho. Se criminalizarían
no sólo opiniones sino incluso la omisión de opiniones.
Y se limitarían al amparo de esas limitaciones los derechos
de participación política de los ciudadanos. Ya
hemos señalado en alguna ocasión estos aspectos terroríficos
de la nueva ley de partidos políticos. No abundaremos
en ellos.
Lo
que sí queremos señalar en este momento es que, ante
las noticias periodísticas que anunciaban y festejaban que
el Tribunal Constitucional había encontrado perfectamente
constitucional la ley, un sudor frío nos recorrió
la frente. Una democracia y un Estado de Derecho dignos de ese nombre
no pueden permitirse un sistema de partidos políticos que
criminalice opiniones. Y pareciera, caso de que la decisión
del Tribunal fuera como la contaban, que eso pasaría en España
a partir de ahora.
En
un ejercicio de prudencia, nos hemos abstenido de opinar sobre la
sentencia hasta haberla estudiado. Y, afortunadamente, podemos proclamar
que somos los únicos que lo han hecho. Porque, al margen
de la interpretación que a la misma den las notas del prensa
del Ministerio de Interior o del Partido Popular (que son la fuente
en la que han bebido los periodistas que la han comentado), lo que
dice el Tribunal Constitucional con meridiana claridad es justamente
lo contrario. A saber:
-
Es inconstitucional ilegalizar un partido por el mero hecho de que
vayan en sus listas tales o cuales personas.
-
Es inconstitucional ilegalizar un partido porque sus dirigentes
o militantes opinen tal o cual cosa sobre determinados hechos. O
porque no opinen nada.
Tales
previsiones, verdaderas barbaridades parafascistas, estaban reflejadas
en el art. 9.3 de la Ley como causas de ilegalización. El
TC declara que sólo puede entenderse la ley como constitucional
si todo el listado de motivos del 9.3 de la ley no son causas de
ilegalización sino indicios o factores a tener en cuenta
para apreciar o no la concurrencia de las únicas causas posibles:
que la organización participe en actividades o realice actos
que contribuyan a subvertir el régimen democrático
y atenten a las libertades. De hecho, achaca a un "error de
redacción" la existencia del artículo 9.3 para
poder, así, declarar que la Ley de Partidos es perfectamente
constitucional.
O
sea, que la Ley es constitucional, sí, pero sólo porque
ha de interpretarse sin tomar en consideración las animaladas
contenidas en el art. 9.3 de la misma.
Aviso
para navegantes, en consecuencia. Porque conviene:
a)
leerse las sentencias del Tribunal Constitucional antes de comentarlas
b)
ir con cuidado, no sea que la festejada ilegalización de
Batasuna realizada por el Suprremo lo haya sido amparándose
en alguna de las causas de ilegalización del fenecido de
facto art. 9.3. Porque, caso de ser así (y recordemos
que la Fiscalía inició el proceso justamente aduciendo
la no condena de Batasuna de un atentado), esta concreta ilegalización
acabaría siendo declarada inconstitucional por el TC en aplicación
de la propia sentencia que tanto ha sido festejada por los patrocinadores
de la animalada.
ABP
(València)
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