23-F: III
Sentencia del Tribunal Supremo, considerando 138º:
«Que el haber desechado los oficiales de la guerdia Civil el ofrecimiento que se les hizo por la autoridad competente para salir del territorio nacional, no demuestra desinterés ni egoísmo alguno, sino un sentido práctico consecuente con la incerteza del país, quizá muy lejano, en que habían de exiliarse, con la penosidad del exilio, que no todos pueden soportar y con enigma de los medios económicos con que habían de susbsistir en país extraño.»
Sentencia del Consejo Militar, considerando 21º:
«Y a los efectos de graduar la aplicación de esta autorización legal, el Tribunal, además de la circunstancia atenuante tipificada en el núm. 7 del artículo 186 recogida en el anterior considerando, aprecia las que a continuación se enumeran: circunstancias personales de honorabilidad, cualidades de mando y espíritu militar, brillante historial y acreditado patriotismo; fidelidad a la Corona de la que dieron pruebas al acatar en definitiva las órdenes emanadas de su Titular para someterse, sin resistencia, horas después; y haber preferido los oficiales de la Guardia Civil las consecuencias de sus actos, declinando la oportunidad que se les ofreció por la autoridad competente de salir del territorio nacional.»