Diario de un aspirante a tertuliano

El ‘caso Tommouhi’

Publicado en Uncategorized por el 8 de diciembre, 2005

El caso de Ahmed Tommouhi debería estar todos los días en las portadas de los periódicos. Una persona inocente, en la cárcel desde hace 13 años. Un más que probable error del sistema judicial que ha arruinado la vida a alguien que comete el delito de parecerse físicamente a un violador. Aunque no fuera inocente, el caso merecería algo más que el ensordecedor silencio de los medios de comunicación. En la sección de cartas de El País aparecía esta el pasado 15 de julio:

Acerca del ‘caso Tommouhi’

Soledad Gomis Bofill y 120 firmas más (Barcelona)

Una persona inocente está a punto de cumplir 5.000 días en la cárcel. Se llama Ahmed Tommouhi, y, en ese tiempo, ha padecido un infarto y visto morir a su compañero de infortunio, Abderrazak Mounib. Tommouhi y Mounib fueron condenados por diversas agresiones sexuales cometidas en Catalunya en 1991. Siempre se proclamaron inocentes. Ya en la cárcel, una prueba de ADN exculpó a Tommouhi de una de las agresiones. Evidenció, además, que el verdadero autor era otra persona a la que el condenado se parecía enormemente. Se anuló una de las condenas, 50 años. Pero en el resto de casos no había pruebas de ADN. Y Tommouhi siguió en la cárcel.

Hace seis años, el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya solicitó el indulto para Tommouhi. A pesar de que Tommouhi sólo quería salir como inocente, y no mediante medidas de gracia, el fiscal consideró que el indulto era la única vía para terminar con la situación. También el Tribunal Supremo, cuando determinó la imposibilidad de revisar las condenas, instó la vía del indulto, y lo ha exigido reiteradamente el Defensor del Pueblo. Pero Ahmed Tommouhi sigue en la cárcel. ¿Dejará el Gobierno que cumpla los 5.000 días?

También en la sección de cartas, replica hoy la subsecretaria del Ministerio de Justicia una crítica a través de un texto que es analizado y ‘fiskeado’ por Arcadi Espada en su blog.

3 Responses to 'El ‘caso Tommouhi’'

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  1. Cal.loh said, on diciembre 9th, 2005 at 4:28 pm

    Esta es unq nuevq broma de A. Espada, ese progre que quiere convencernos? a base de hacerse pasar por facha, que no es el habitual progre «intelectual» de esta nuestra patria (o sea, que no tiene ni puta idea de nada).

    Como cualquiera con algo de cultura general sabe, si las cosas fueran como Espada dice, es posible iniciar un proceso de revision de la condena, por haber aparecido nuevos datos y una condena penal que ponen en duda la sentencia que tan poca gracia le hace a Espada. Eso, en cualquier Estado de Derecho, lo hacen los jueces y fiscales que cuenta Espada que tan claro lo tienen. Pues que se pongan a trabajar.

    Esta gente no sabe ni lo que es un indulto (no quiere que lo liberen si no se reconoce su inocencia y pide un indulto; MANDQ COJONES).

    Valiente hintelectual horganicista y populachero es el Espada.

  2. másserioquecal.loh said, on diciembre 13th, 2005 at 11:24 pm

    El que no tiene idea e insulta gratuitamente es este Cal.loh. Si no conoce el caso, que calle. Y si quiere cargarse a Espada, que busque argún argumento serio. Mire, ignorante, el ADN que demostró la inocencia de Tommouhi pudo realizarse años después de la sentencia, cuando fue detenido un hombre de aspecto muy parecido al del inculpado y con la mejora de las técnicas. En los otros casos no había prueba nueva, porque no quedaban restos de ADN que analizar. Y la aparición del culpable de una de las acusaciones o el hecho que sea parecido a Tommouhi no se cponsidera una nueva prueba y no permite revisar el caso. Por eso y por aquello de «in dubio pro reo», fue el fiscal general del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el primero en pedir el indulto. Luego lo han hecho otros, hasta el Supremo. Deben saber menos que Cal.loh.

  3. thisisnotamerica said, on diciembre 14th, 2005 at 1:20 am

    Mire, yo antes era un «cualquiera con algo de cultura general que sabía (o creía saber) que cuando aparecen nuevos datos que ponen en duda una sentencia es posible iniciar un proceso de revision de la condena, como en cualquier Estado de Derecho».
    Pero después de conocer los detalles del ‘caso Tommouhi’ me he convertido en un «cualquiera con algo de cultura general que ha aprendido que, a pesar de vivir en un Estado de Derecho, puede ser condenado a partir de ruedas de reconocimiento sin que la aparición de nuevos datos que pongan en duda la sentencia hagan posible su revisión».

    ¿De qué datos estamos hablando? Muy, muy resumidamente:

    1991: Oleada de asaltos a parejas en descampados (agresiones sexuales y robos). Dos agresores armados que hablan entre ellos lo que parece ser árabe. Ahmed Tommouhi es identificado en rueda de reconocimiento por algunas víctimas y condenado. Únicas «pruebas»: identificaciones.

    1995: Oleada de asaltos a parejas en descampados (agresiones sexuales y robos). Dos agresores armados que hablan entre ellos lo que parece ser árabe. Descripción y modus operandi similar a los de 1991. Se detiene a un español y el ADN acaba confirmando su culpabilidad. La Guardia Civil alerta a la Fiscalía del parecido físico del detenido con Ahmed Tommouhi y de la probabilidad de que éste fuera inculpado por error. Finalmente puede realizarse una prueba de ADN con restos de uno de los casos de 1991 y (¡sorpresa!) se confirma la inocencia de Tommouhi y la culpabilidad del español. Se revisa y anula la sentencia. Pero en los otros tres casos que lo mantienen en prisión, muy similares, no se conservan restos para analizar.

    El 30 de junio de 2.000, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo admite «dudas razonables sobre la participación del recurrente en los hechos que se reflejan en las sentencias» (¡lo que sería más que suficiente para absolver a Tommouhi si fuera juzgado ahora por primera vez!), pero deniega la autorización para interponer el recurso de revisión argumentando:
    __

    «La aparición de espacios de sombras o dudas razonables, como las que se derivan de algunos de los aspectos fácticos que se han manejado en la presente causa, hubieran podido surtir su efecto en la instancia pero es difícil darles virtualidad y efectividad probatoria en un recurso como el de revisión, de tan estrechos márgenes y de tan estrictas exigencias. En suma aparecen datos que nos pueden llevar a la duda razonable pero no a la evidencia, por lo que una salida adecuada a la situación creada por las pruebas adjuntadas al presente recurso, sería la de iniciar la tramitación de un indulto de las penas que quedan por cumplir que deberá ser solicitado por el propio recurrente o impulsado de oficio por el órgano juzgador o incluso el Ministerio Fiscal podría instar a su presentación.»
    __

    Ahmed Tommouhi NUNCA ha pedido un indulto sino que revisen su caso y se haga justicia. Así de «sencillo». Lo único que ha podido ofrecerle la Justicia de nuestro Estado de Derecho es una petición de indulto, formulada de oficio por la FISCALÍA de Cataluña en 1999, por albergar «serias dudas» sobre su culpabilidad. Dicen que, hoy por hoy, es la ÚNICA vía legal para excarcelarlo. De pena.
    Busque, compare y si encuentra alguna otra posible «solución» mejor, exíjala.