ACTUALIDAD DE ESPAÑA NOVIEMBRE
DE 2003
6/11/03:
Recurso de inconstitucionalidad y expulsión ("No me
jodas, Jiménez" -I-)
LPD
no quería hablar del Plan Ibarretxe porque todo el asunto
es una soberana gilipollez cuyo análisis merece bien poco
la pena y porque, por mucho que el maléfico proyecto del
PNV afecte al espíritu de Españaza una grande y libre,
nosotros estamos psíquicamente indemnes, por el momento,
y nos afectan poco los ataques a esa entelequia emocional. Sin embargo,
es tal el furor que se ha desatado en los últimos días,
que no
hemos tenido más remedio que ocuparnos de resaltar sus
más extravagantes implicaciones.
Igualmente,
por higiene mental, hemos prestado poca atención a los desgarrados
grititos de vírgenes ofendidas que desde Españaza
se escuchan. El PP y la nueva hornada de pensadores surgida en torno
a la bandera de la plaza de Colón tienen claro que la cosa
es gravísima, inaceptable. Para esta gente estamos ante un
ataque a la democracia de proporciones similares a otros ejemplos
de comportamientos antidemocráticos y violentos tan recientes
y de desgraciado recuerdo como las agresiones físicas a los
militantes del Partido Popular a cargo de las hordas de terroristas
pro-Sadam, la quema de sedes del PP o las bodas de maricones, sin
ir más lejos. Ni menos ni más. Ahora hasta los vascos
nacionalistas se atreven a pedir un sucedáneo light
de la independencia, como si tal cosa. ¿Qué será
lo próximo, en tal escalada de irracionalidad? ¿Que
los comunistas pidan un sistema impositivo mínimamente redistributivo?
¿Que Fuerza Nueva solicite una banderaza de Españaza
en alguna plaza de la Capital? La verdad, no dan ganas de ponerse
a comentar nada sobre tales imbecilidades.
Sin
embargo, llega siempre un punto en que la cosa exige, por responsabilidad
cívica, que se llame la atención sobre algunos excesos.
Y en este caso la ocurrencia gubernamental de recurrir el Plan Ibarretxe
ante el Tribunal Constitucional no puede dejarse pasar.
Sencillamente
explicado, el Tribunal Constitucional está llamado a enjuiciar
la compatibilidad con nuestra Ley fundamental de actos jurídicos
emanados de los distintos poderes del Estado. Pero no de todos ni
en cualquier momento. Hay una ley que aclara cuándo puede
actuar el Tribunal Constitucional, concretando lo previsto en la
propia Constitución. No vale la pena extenderse, porque tampoco
es siquiera necesario en este caso. Quedémonos con el dato
(más de sentido común que jurídico) de que,
con buen criterio, el Tribunal Constitucional está llamado
a responder jurídicamente frente a realidades ya existentes.
Es el puto materialismo, la positividad del ser hecha carne o ley,
que complica mucho la vida. ¡Puta democracia y putas exquisiteces
de juristas! Viene la cosa a ser como el proceso de fabricación
del jamón, que se enfrenta a la impepinable realidad de exigir
un cerdo con al menos una extremidad para poder ser iniciado. El
Tribunal Constitucional, para poder declarar inconstitucional una
ley, necesita que previamente se haya aprobado una ley. Para poder
anular una sentencia de un juez por haber desconocido ésta
derechos fundamentales tiene la manía de empeñarse
en esperar a que se produzca la sentencia. Y para declarar inconstitucional
un acto administrativo, pues es necesario que haya acto administrativo.
¡Puta positividad! A esta falta de comprensión hacia
el mundo del espíritu se une otra quisquillosidad. El Tribunal
Constitucional puede enjuiciar sentencias, leyes o actos administrativos,
pero no cualquier otra cosa que hagan jueces, legisladores o gobernantes.
Por ejemplo, no puede meterse a juzgar la orden dada por el juez
a un secretario de juzgado de apagar la luz o la manera en que una
diputada le echa un polvo a su marido. Ha de ceñirse, por
esa obsesión por las nimiedades de nuestro sistema, a ciertas
actuaciones de contenido jurídico. Esta puta vida, de todas
formas, tiene la desagradable tendencia de ponerse en este plan
con casi todo. Pasa también con el jamón, que si tenemos
un puercoespín en vez de un cerdo, por mucho que la primera
parte del nombre pueda engañar no habrá jamón
que valga.
Jurídicamente
el Plan Ibarretxe no es de momento recurrible. Al ser una reforma
estatutaria, que exige la aprobación por parte no sólo
del Parlamento vasco sino de las Cortes Generales, sólo puede
entenderse como existente una vez tal cosa haya ocurrido. Hasta
la fecha, y por mucha trascendencia política que pueda tener,
nada de lo contenido en proyectos, proposiciones o quincuagésimas
redacciones de leyes puede ser llevado ante el Tribunal Constitucional.
Parece razonable, entre otras cosas porque siempre puede acabar
siendo cambiado a lo largo del proceso de elaboración, porque
no despliegan los proyectos efectos jurídicos ad extra de
ningún tipo...
Que
el contenido de la propuesta del PNV sería inconstitucional,
caso de ser aprobado, es una evidencia que no se escapa a nadie.
Que hasta que no sea aprobado no puede ser recurrido, es una perogrullada
sobre la que alucina que se esté discutiendo.
Sin
embargo, el Gobierno, movido por no se sabe muy bien qué
extraña voluntad masoquista, ha decidido pedirle al Tribunal
Constitucional que anule la propuesta de Ibarretxe. Lo que llevará
inevitablemente a que el Tribunal ni siquiera admita a trámite
semejante sandez. ¿Hay algún tipo de oscura ambición
deslegitimadora hacia su propia posición que mueve a Aznar
a ser desaprobado de forma pública y contundente? ¿Existe
una agenda secreta Aznar-Arzalluz para dejarle a Zapatero un lío
considerable y una postura gubernamental debilitada por el rechazo
del Tribunal Constitucional? Es lo que parece. Porque preferimos
no elucubrar sobre la otra posibilidad, que viene a ser la ciega
confianza del PP en que el Gran Gorila Blanco que preside el órgano
de control de la constitucionalidad en nuestro país se encargará,
en comunión con las recientes hornadas de magistrados (caracterizadas
por la estrecha e inversamente proporcional relación entre
sus conocimientos y presentabilidad jurídica y su sumisión
al poder al que deben el sillón), de convertir al TC español
en lo más parecido al Tribunal de Garantías Democráticas
de la República de Cuba. Ya suficientemente debilitado anda
el TC dando pábulo a rumores que aseguran van a otorgar un
trato escandalosamente de favor a amiguitos y compañeros
de profesión de sus miembros (caso Liaño) o a compañeros
de batida del Campechano de España (mucho trabajo pueden
acabar teniendo por esta vía, dadas las ejemplares amistades
de nuestro Campechano de Oro del Fútbol español),
como para ser rematado con una evidencia de que el órgano
no sólo no es digno de confianza ética (estamos en
España y nadie ve como especialmente grave lo del doble rasero)
sino que además carece de la más mínima vergüenza
técnica.
Incluso
el Tribunal Constitucional español que en la actualidad padecemos
debería de rechazar el alucinante recurso del Gobierno, si
finalmente osa presentarlo (que parece que sí, por lo que
anuncian). Conscientes de la indefendible tesis en que se apoyan,
los mismos Servicios Jurídicos del Estado han parido una
bonita teoría (apoyada hasta ahora sólo por un Rector
de Universidad pública puesto allí a dedo por el Gobierno)
según la cual cualquier proyecto o propuesta de ley, en sí
mismo, si es de origen gubernamental, ha de ser enjuiciado como
acto administrativo. Algo así, vamos. Tampoco es que esté
muy claro porque les da reparo hasta explicarlo. La barbaridad es
de tan grueso calibre que cuesta imaginarse que alguien pique.
Ahora
bien, si tal cosa ocurriera, proponemos que esta valiente vía
sea continuada para resolver problemas mucho más básicos
para la convivencia que estas tonterías de los baskones (que
no dejan de estar siempre con lo mismo), llevando al Tribunal Constitucional
otras actuaciones a las que asistimos diariamente y que son sin
duda merecedoras de la reprobación de la ciudadanía
de bien. Por ejemplo, la anulación de cualquier gol al Equipo
Galáctico podría ser también recurrida ante
el TC (y con mucha más base jurídica que en el caso
Ibarretxe, que a fin de cuentas las decisiones arbitrales sí
son actos administrativos). En esta misma línea, proponemos
un recurso acelerado para cualquier petición de oreja denegada
a Curro Romero. O, si cabe más importante, y con igual fundamentación
técnica, podríamos llevar ante el Tribunal Constitucional
el primer matrimonio de Letizzzzia I de España y de las fricativas
sordas para que se declarara la nulidad a radice del mismo
(lo que llevaría a entender el matrimonio como nunca realizado
ni consumado y nos evitaría la vergüenza para Españaza,
con el riesgo de disgregación que ello supondría,
de tener una Reina de segunda mano).
ABP
(València)
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