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ACTUALIDAD DE ESPAÑA                          SEPTIEMBRE DE 2003

 

26/9/03: Jueces, cardenales, jurados…

De entre las muchas desagradables y espeluznantes manifestaciones de esa versión de Puerto Urraco ampliada que es España que salen periódicamente a la luz y que se han prodigado estos días vamos a quedarnos, de momento, sólo con una. Con motivo de la detención de Tony Alexander King, al que se imputa la comisión de varios asesinatos de jóvenes andaluzas, se ha desencadenado un lamentable carnaval culminado con la puesta en cuestión, a manos de los sectores de la judicatura y de la política que siempre se han opuesto a la institución, de la reintroducción de los jurados populares que la Constitución española de 1978 estableció. Todo ello a cuenta del terrible error judicial que dio con los huesos de una ciudadana española en la cárcel durante más de 17 meses, por uno de estos asesinatos, ahora imputados a King, que parece ya acrisoladamente claro que la primera acusada no cometió. A pesar de la ausencia de pruebas de cargo, esta señora, de nombre Dolores Vázquez, pasó una larga temporada entre rejas porque la Guardia Civil tenía que presentar muestras de su eficacia, un juez de instrucción consideró suficientes los indicios para encausarla, un fiscal la entendió culpable y un jurado popular acabó declarando su responsabilidad criminal.

Aprovechando esta situación, el actual Fiscal General del Estado (Jesús Cardenal) ha deslizado que sería conveniente "matizar" el funcionamiento del jurado, reformar la actual ley y volver a depositar en manos de jueces de carrera las decisiones importantes, pues ello redunda en beneficio de una mayor "seguridad jurídica". Apelando a este mismo argumento, alguna asociación de jueces y varios miembros del Partido Popular proponen sin más la eliminación de los jurados populares. Y, por mucho que nos parezca muy saludable que el Partido Popular empiece a recapacitar sobre su enfermiza obsesión de que "de la Constitución no se toca ni una coma", estamos persuadidos de que, justamente, no es precisamente por el jurado por donde ha de comenzarse una hipotética labor de reforma. Disculpándonos de antemano por estas episódicas vueltas a los orígenes adoctrinadores-pontificadores de LPD, vamos a permitirnos , al hilo de estos desagradables sucesos, aportar algunas nociones básicas sobre la realidad del proceso penal en España cuando interviene un jurado.

Nos lleva a ello el convencimiento de que cierta labor pedagógica ha de ser desarrollada de vez en cuando. Y de que, en este caso, la misma comienza a antojársenos, directamente, bastante urgente. Se mezclan en el debate público sobre este asunto churras y merinas de manera irresponsable, arrimando todo el mundo el ascua a su sardina, y especialmente se significan en esta actitud las elites económico-sociales del país, mientras se contentan para salvar su conciencia con repetir hasta la náusea la tradicional invocación ilustrada de ese tierno ideal contenido en la afirmación de que "más vale tener a un criminal en la calle que a un inocente en la cárcel" y de que en torno a este convencimiento ha de girar nuestro proceso penal.

Es sin embargo una desagradable evidencia que tal declaración de intenciones suele ser un grueso ejercicio de hipocresía cuando quien la emite pertenece a la judicatura o la clase política españolas, pues ambas tienen muy claro que, justamente, el recto funcionamiento de la Justicia y del Estado en España exige obrar de acuerdo a un ideal que es justamente el contrario. Que más vale, en efecto, tener a un inocente en la cárcel que a un criminal suelto. De la veracidad de este aserto están convencidas las elites económicas y sociales del país, que a la hora de organizar nuestro sistema judicial y policial han puesto en la práctica históricamente (y siguen haciéndolo) tal tesis con indudable éxito. La afirmación contraria, la que se hace en los medios de comunicación (ya se sabe, "más vale tener a un criminal en la calle que a un inocente en la cárcel"), vale únicamente para salvar la buena conciencia de raíz nacional-rancio-católica y, muy especialmente, para apelar a ella en las contadas ocasiones en las que algún miembro de esta cuadrilla de gentes que controlan el país tuviere algún apurillo judicial. Sólo en estos casos asistimos a un delicioso y garantista ejercicio de prudencia por parte de todos: medios de comunicación, clase política, jueces, fiscales…

En LPD hemos sido siempre extraordinariamente cuidadosos con todo lo que se refiere a la presunción de inocencia. Consideramos que el respeto y la consideración que se ha deparado a importantes personajes de las elites sociales y económicas españolas, cuyas causas penales (por importantes que hayan sido o estén siendo) ni siquiera han aparecido en prensa (o lo han hecho en ridículos breves perdidos en la sección de economía), han sido cuidadosamente estudiada por fiscales y jueces de instrucción antes de proseguir adelante con ellas y que sólo cuando estaban sustentadas en más que sólidos indicios incriminatorios han obtenido luz verde para pasar a la fase de juicio oral debiera ser extensivo a todos los ciudadanos. Por ello hemos alertado siempre del riesgo e irresponsabilidad de los linchamientos a los que la opinión pública española, azuzada por medios de comunicación, policías y políticos, es tan dada en casos, por ejemplo, de sentencias absolutorias o simplemente consideradas "blandas" y carente de contenido "ejemplarizante". Por este mismo motivo siempre defendimos como más que razonables las razones que sustentaron la anulación del esperpéntico juicio a Dolores Vázquez que, muy acertadamente, sentenció el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

No obstante lo triste y lamentable de la situación descrita, ninguno de estos problemas reside en o tiene que ver con la institución del jurado. Ni siquiera se agudizan con ella. Es más, todo lo contrario. La única virtud de este modelo de proceso es que conlleva alguna (pequeña) garantía adicional. Precisamente por este motivo es positiva su reintroducción. El jurado, más allá de zarandajas justificadoras de su existencia tales como que supone "devolver la justicia al pueblo" o "hacer al pueblo partícipe de la Administración de Justicia" es un instrumento garantista, lo que en un proceso penal es de gran importancia. Y más en un país como España, en el que la Justicia no pertenece al pueblo sino a una elite que la maneja a su antojo y de acuerdo a sus intereses. Intereses que, cuando se trata de asuntos de repercusión mediática y popular, quedan perfectamente identificados, al contrario de lo que se dice como criterio general (pero que sólo se practica con los miembros del clan), con el leit-motiv del funcionamiento real de la justicia criminal en España, donde policías y jueces profesionales, amparados por la clase política y la opinión pública, se empeñan en hacer verdad que "más vale tener a un inocente en la cárcel que a un criminal suelto". Porque hay que dar de comer a la fiera, buscar un chivo expiatorio en el que el "populacho" (que así somos considerados los ciudadanos por esta gente) se cebe y aparentar que los sabios y poderosos guardianes de la paz social están ahí, eficaces y activos, para proteger a los ciudadanos de bien.

El caso Dolores Vázquez que nos ocupa es un perfecto ejemplo de esta tesis y de su funcionamiento. Ante un asunto dramático y que conmociona a la opinión pública (otro asunto interesante es analizar someramente los motivos de que así se desee e incite) el engranaje profesional de respuesta al crimen que tenemos en España necesita como el respirar un culpable mínimamente creíble. Y punto. Si no hay, se inventa. Y si hay un pobre desgraciado al que un par de indicios circunstanciales puedan conducir, con independencia de que haya pruebas fehacientes o no, se le endilga el asesinato. La indecencia de este segundo caso, aun siendo también absolutamente escandaloso, palidece en comparación con las verdaderas aberraciones que se llegan a cometer cuando, sencillamente, no hay nadie a quien encausar, en asuntos como el que nos ocupa. No sólo el populacho, vilmente alentado a ello, clama(mos) sangre y venganza. También la maquinaria estatal se pone a ello porque, infame e ineficaz como es, se juega en el envite el poco prestigio que todavía conserva entre la población y que si desapareciera haría insostenible el vergonzoso y corrupto tenderete de las mafias socioeconómicas españolas. En tales casos cualquier cosa vale, incluso seguir a pies juntillas, creer y amparar las alucinaciones acusatorias de una madre lógicamente transida por el dolor (pero, también, y en esto Lombroso nos daría la razón, evidentemente malvada), de un abogado impresentable (a cualquier espectador razonable, incluso sin saber nada de Derecho, se le parece esta evidencia a los cinco segundos de escucharle), y de los prejuicios de la población.

De estos desmanes tienen gran culpa en su fase inicial nuestros Cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado, de profesionalidad (digámoslo de una vez) más bien escasa y de formación verdaderamente indigente. Porque, entre otras cosas, así se ha querido. En tal estado de (de)formación no es de extrañar que sean fáciles de manejar (que es lo que se pretende) y respondan raudos a las exigencias de "eficacia" que les vienen impuestas. Que hay que entregar a alguien a la fiera, pues se detiene al primer desgraciado mínimamente creíble como acusado principal y ya tenemos un caso más resuelto. La eficacia, imagen pública y prestigio del cuerpo queda protegida, los políticos se alegran, la población se calma y da gracias a Dios y sus gobernantes… Todos contentos, aun a costa de las garantías y el trabajo bien hecho. Nuestras policías y cuerpos semejantes son tan dóciles como poco profesionales, en absoluto respetuosos con una cultura de la presunción de inocencia. Así son porque así los queremos los españoles. O quienes mandan aprovechándose de nuestra permisividad.

Mención aparte merece la Guardia Civil, encargada de esta investigación en concreto, institución armada donde se recrudecen estos males debido a la voluntad política de mantener un cuerpo eminentemente tosco debido al convencimiento de quienes nos mandan de que, en la España rural, "conviene la expeditiva manera de hacer las cosas de toda la vida". Y nada mejor para ello que recurrir a un cuerpo que depende del Ministerio de Defensa. Este mismo reflejo mental es el que hace que muchos crean a la Benemérita idónea para la lucha antiterrorista (básicamente, así lo creen todos los ideólogos de la conveniencia de los "atajos" en la materia) o el que, por ejemplo, hace que todos tengamos tan claro que se trata de un cuerpo idóneo para misiones policiales en los Balcanes o Irak. O sea, en todos aquellos lugares donde es evidente que no rige eso de "mejor un culpable en la calle que un inocente en la cárcel" sino más bien todo lo contrario. Que no están las cosas como para andarse con miramientos ¿Es posible que con este sistema nos sorprendamos de errores y desmanes? Pues no, lo cierto es que no. Menos aún si a Dolores Vázquez la metieron entre rejas los mismos Guardias Civiles que habían resuelto brillantemente el secuestro de la farmacéutica de Olot: cuatro delincuentes de poca monta y sin infraestructura, que dejaban pistas del tamaño de un elefante y alardeaban de sus peripecias en los bares, fueron capaces de prolongar la cosa más tiempo del que incluso la banda terrorista ETA se atreve, por prudencia, y a pesar de su infraestructura, a emplear en sus secuestros. Eso por no comentar otros grandes éxitos recientes de la Benemérita en tanto que cuerpo. Indeleble en nuestra memoria quedará para siempre el espectacular ridículo policial en el "caso Alcàsser", con una fuga del principal implicado que, si creemos la versión oficial de la misma, confirma que las películas de acción estadounidenses no exageran lo más mínimo sobre las posibilidades de que un superhéroe burle a 500 efectivos de un cuerpo de seguridad que rodean una vivienda de 80 metros cuadrados.

En esta fase de desmanes, sin embargo, conviene recordar a Fiscales Generales y analfabetos de su especie, nada es achacable a jurado alguno, pues no tiene intervención de ninguna clase (que sepamos) en las labores de detección y detención de delincuentes, por el momento. La única interferencia a manos del Derecho viene de la labor del Juez de Instrucción. Este señor, un profesional de esos que según Cardenal y demás propagandistas del retorno a "los que saben" debiera representar lo más granado de las garantías y de la seguridad jurídica, se encarga de trabajar con la policía, se supone, y de encuadrar la investigación dentro de un marco jurídico de garantías para los ciudadanos incursos en la causa. La experiencia dice que, habitualmente, es más bien la policía y sus métodos de toda la vida la que acaba contaminando al juez. Por otra parte, como "profesional" "que sabe" es asimismo responsable de valorar los hechos y el derecho aplicable, de manera que puede detener un procedimiento si entiende que no hay, por ejemplo, pruebas para determinar la culpabilidad de un acusado. Conviene recordar esto porque, en el caso de Dolores Vázquez, este "profesional" formado, entrenado, experto y que dedicó (es de suponer) muchas horas a la causa, estaba encantado con todo lo que le decía la Guardia Civil. Encausó a Dolores Vázquez, la mandó a juicio y, mientras tanto, acudiendo a la justificación de la manida "alarma social", la mantuvo en prisión provisional durante un añito. El "profesional", más papista que el Papa, no pareció diferenciarse mucho en su ceguera y ganas de venganza y reconocimiento social que el "jurado". Que, insistimos, seguía a estas alturas del procedimiento sin haber aparecido ni tener participación alguna. Vamos, que Dolores Vázquez no pasó ese añito de oprobio y cárcel como consecuencia del "error de un jurado popular", por mucho que se empeñe la derecha judicial.

Luego, en el juicio ya, al fin, interviene el jurado. Sin embargo quizá convenga recordar antes que, además, para que haya causa y ésta pueda llegar a fase juicio, se precisa además una acusación. O sea, que no sólo basta el empecinamiento de un "profesional entrenado y especialista" (juez) sino que son necesarios los de dos de ellos (juez instructor y fiscal). No se preocupen, porque nuestra maquinaria judicial, tan profesional y entrenada, los proporciona gustosa. Y si fueran precisos 3 ó 40, tampoco habría nada que temer. Aunque en el caso "Vázquez" (madre trastornada y abogado aprovechado mediante) había además una acusación particular que acusaba desaforadamente (por lo que ni siquiera una valoración por parte del fiscal de no culpabilidad de la encausada hubiera parado el juicio, pero ésta siempre habría podido llegar, con demoledores efectos, lo que no ocurrió), es obligada siempre, en cualquier caso, la presencia de un representante del Ministerio Fiscal, cuya misión, no se olvide, no es acusar sino defender los intereses generales. Es decir, que los subordinados de Cardenal han de velar porque las acusaciones tengan una base, han de enjuiciar si en el asunto concreto que se juzga así es y están obligados, en caso de que entiendan que no hay pruebas que sustenten una acusación, a retirar los cargos y pedir la absolución. Huelga decir que Cardenal, jefe y responsable del fiscal que actuó en el caso, bajo sus instrucciones directas desde un punto de vista jerárquico, contó en la vista con jurado como fiscal con un "profesional" de esos que debiera garantizar la seguridad jurídica. Y, de acuerdo con él (que es otro sabio profesional) no sólo prosiguió con la acusación sino que elevó incluso la petición de pena tras el juicio. De lo convencido que estaba, y guiado por su conocimiento técnico depurado y la prudencia de la que suelen hacer gala en España los fiscales. Así de persuadidos estaban todos los "profesionales". Así de entregados a la causa de pedir venganza y ejemplarizante condena. Ya que así de vergonzoso es el funcionamiento de nuestra Justicia. Porque todo ello se hizo, por cierto, como ya fue denunciado en su momento, a pesar de la absoluta falta de pruebas incriminatorias mínimamente sólidas. Pero cuando la Justicia española desea demostrar eficacia no hay quien la pare. Sobre todo, por el empeño de sus profesionales, que nunca olvidan ante quién han de responder y qué se espera de ellos.

A pesar de que los "profesionales" (policía, juez de instrucción, fiscal…) ya habían puesto al toro en suerte, y habrían rematado la faena tranquila y gustosamente ellos solitos (estén seguros de ello) de la forma deseada por todos, todavía quedaba un escollo, molesto por "no profesional". Por fin, ya, nos encontramos con el malvado jurado al que tanta inquina tienen los profesionales. ¿Justificadamente? Creemos, la verdad, que tampoco ha de preocuparse en demasía el gremio, pues estos ciudadanos ejercen funciones muy limitadas y encuadrados siempre por otro "profesional". Porque, a pesar de lo que se suele contar, incluso el jurado es ya en la actualidad "supervisado" de alguna manera por un juez de carrera, con todo lo que ello supone. En concreto, este profesional ha de velar porque el jurado no cometa errores groseros en la valoración de la prueba, porque argumente correcta y sólidamente sus decisiones y, en general, es el encargado de guiarle en todo el proceso. En el caso que nos ocupa lo hizo con toda la profesionalidad del mundo. Recordemos sus últimas palabras antes de despedir a las buenas gentes que componían el jurado popular que sentenció a Dolores Vázquez para que se retirasen a deliberar, que fueron algo así como "recuerden que lo que les pide la sociedad y la ley es QUE HAGAN JUSTICIA", con ese tonillo de acusador particular entregado a la causa.

Un jurado, en estos casos, ha de responder a unas preguntas previamente preparadas por el juez (que para algo es un profesional), y justificar sus respuestas. Las cuestiones están teóricamente llamadas (si están bien hechas) a ir despejando todos los interrogantes fácticos de las actuaciones juzgadas: Que si creen que pasó tal o cual cosa o no y porqué. Que si tal o cual indicio permite concluir tal o cual cosa…


Cosas sencillitas, para cuya respuesta se requiere de simple sentido común. El jurado, a estos efectos, es bastante garantista (y por supuesto, mucho más que un tribunal tradicional) por varios motivos. A saber:

- Porque nueve pares de ojos necesariamente han de acabar obteniendo una visión más ponderada de lo que ocurrió que sólo uno (o tres, como mucho).
- Porque, en su condición de seres "no formados", carecen del conocimiento jurídico previo que puede actuar como interferencia. Es sabido que los jueces, muchas veces, a la hora de decidir la concreta concurrencia de unos hechos se guían en muchas ocasiones más por la necesidad de que así sea para justificar finalmente su simple voluntad de condenar (formada por otros motivos, como le ocurre a un jurado también, pero con la diferencia de que éste desconoce la importancia de que "disimule" cómo ha llegado a esta convicción en la parte probatoria de su actividad) que en un ejercicio de análisis cuidadoso sobre los hechos.
- Porque en España, en caso de duda, se absuelve. O así debería de hacerse. Lamentablemente suele ocurrir lo contrario, debido a que nuestro sistema no cree en la presunción de inocencia, y se basa en, una vez uno ha sido encausado, la probabilidad de ser condenado a no ser que uno demuestre su inocencia. Pero la idea teórica de presunción de inocencia opera con más facilidad en un jurado, donde si la duda aparece conduce a la absolución simplemente por cuestión numérica (a Dolores Vázquez la condenaron por siete de los nueve votos; habría bastado que dos ciudadanos más expresaran un veredicto de no culpabilidad o de dudas para que no se la hubiera podido condenar), que en jueces profesionales.
- Porque un ciudadano se toma más en serio la idea de enviar a alguien a la cárcel, y es por ello más cuidadoso, que un juez, muy habituado a ello (con la consiguiente y humana "relajación").
- Porque los jueces, estos sacrosantos "profesionales", son como son y están acostumbrados a trabajar con la policía y sus colegas (jueces de instrucción, fiscales…). Como ellos mismos dicen, haciendo feliz a Cardenal, absolver es trabajo de obreros (pues requiere argumentar y construir una nueva tesis que desbarate la labor de meses de uno o varios colegas -jueces de instrucción, fiscales-), mientras que condenar es misión de obispos (ya que sólo supone confirmar el trabajo previo de otros "profesionales").
- Porque los jurados son menos influenciables por la presión popular y mediática. Pasado el juicio no dependen sus carreras ni sus vidas de su decisión, que puede ser por ello más libre que la de los "profesionales".
- Por último, porque los jurados no son jueces. Y es que estos últimos, como hasta el mismísimo Berlusconi es capaz de intuir (en uno de sus escasos arrebatos de lucidez), son gente peligrosa por definición. No es preciso ser un especialista en psicología freudiana para sospechar de gentes que tienen por vocación juzgar a los demás y condenarles cuando "son malos". Yo, la verdad, he preferido siempre ser enjuiciado en todos los órdenes de la vida por personas normales, elegidas al azar, que por tipos que se sienten investidos de la capacidad para hacerlo y cuya vocación es, precisamente, dedicarse a desarrollarla.

Estas características más garantistas del jurado se pusieron justamente de manifiesto en el proceso de Dolores Vázquez, a pesar de lo que sostienen los miembros de la caverna. En primer lugar, en todo el proceso, ni uno sólo de estos "profesionales" (policía, juez de instrucción, fiscal, juez sentenciador y guía del tribunal popular) expresó duda ninguna respecto de la culpabilidad de la acusada. En cambio, dos ciudadanos que formaban parte del jurado podrán sentirse orgullosos por haber sabido resistir la presión de los "profesionales" (que tanto es sentida por el jurado, junto a la presión popular y mediática de quienes exigen sangre) y votar a favor de la absolución. Fueron los únicos que así se manifestaron en todo el proceso y conviene recordarlo. Y además lo hicieron dando un disgusto a los "profesionales", que se encargaron de resaltar en su momento que a ambos les habían aparecido dudas por su "bisoñez", "inexperiencia" y falta de hábito (esto sirvió en su día para poner de manifiesto lo peligroso que podía ser un jurado, lleno de gentes influenciables capaces de dejar en libertad a evidentes asesinos, pues ya había un precedente que fue así tratado por todo el mundo de forma unánime).

Pero es que, además, como el jurado desconoce las argucias procesales y técnicas tan del gusto de los juristas y tan ínsitas al Derecho (porque no es "profesional") condenó, sí, que era lo que le pedían, pero lo hizo a la vez que determinaba unos hechos probados y una argumentación francamente insuficiente cuando no contradictoria con este veredicto. Dado que no eran "profesionales" respondieron con bastante libertad y sinceridad a preguntas que entendían "poco importantes" (pues de lo que se trataba era de condenar y punto) pero que, jurídicamente, son imprescindibles para sustentar cualquier fallo. Y justamente por este error, sólo posible con "no profesionales" (a un juez avezado que desee condenar no se le escapa vivo un acusado por falta de motivación y contradicciones entre los hechos probados y el fallo, ya que se cuida de adecuar los primeros a éste), acabó siendo anulada la condena, liberada provisionalmente Vázquez y encargada la repetición del juicio. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, "profesionales" que al menos demostraron serlo también (afortunadamente) en su exquisito respeto a estas quisquillosidades jurídicas, adoptó esta decisión y puso la única nota de cordura en este proceso, gracias a la aparición de unas contradicciones internas en la sentencia que sólo son posibles en (y que son manifestación de las garantías de) un proceso con jurado.

Por si todo lo dicho fuera poco para poner en evidencia a Cardenal, sus voceros y sus lamentables declaraciones, conviene recordar, para concluir, que otro "profesional" tuvo todavía tiempo de volver a meter la pata. Dado que se trata de un fiscal del Tribunal Supremo, que también depende directamente del ínclito Fiscal General del Estado de la Segunda Transición y además en este caso ya en grado de cercanía notable, sorprende la ligereza con la que este sujeto osa pretender cargar a un jurado popular con un error que no sólo fue posible gracias a su directa y errada actuación sino que, además, batalló por consolidar hasta el último momento. En efecto, la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía fue recurrida por la Fiscalía del Tribunal Supremo, que no veía con buenos ojos que se le pudiera "escapar" la presa por la que tanto había luchado. Y es que, a fin de cuentas, era el propio Cardenal el primero en ser consciente de que, aunque a Vázquez la iban a volver a juzgar, las posibilidades de que su inocencia reluciera (lo que debía ser evitado a toda costa) eran mucho mayores en un nuevo proceso con jurado que en una "profesional" y preocupada "por la seguridad jurídica" corte de probos funcionarios públicos especializados en sentenciar sin piedad a los ciudadanos que les ofrecemos entre todos como sacrificio en aras de la estabilidad del sistema.

ABP (València)
 
La Radio Definitiva