ACTUALIDAD DE ESPAÑA SEPTIEMBRE
DE 2003
26/9/03:
Jueces, cardenales, jurados
De
entre las muchas desagradables y espeluznantes manifestaciones de
esa versión de Puerto Urraco ampliada que es España
que salen periódicamente a la luz y que se han prodigado
estos días vamos a quedarnos, de momento, sólo con
una. Con motivo de la detención de Tony Alexander King, al
que se imputa la comisión de varios asesinatos de jóvenes
andaluzas, se ha desencadenado un lamentable carnaval culminado
con la puesta en cuestión, a manos de los sectores de la
judicatura y de la política que siempre se han opuesto a
la institución, de la reintroducción de los jurados
populares que la Constitución española de 1978 estableció.
Todo ello a cuenta del terrible error judicial que dio con los huesos
de una ciudadana española en la cárcel durante más
de 17 meses, por uno de estos asesinatos, ahora imputados a King,
que parece ya acrisoladamente claro que la primera acusada no cometió.
A pesar de la ausencia de pruebas de cargo, esta señora,
de nombre Dolores Vázquez, pasó una larga temporada
entre rejas porque la Guardia Civil tenía que presentar muestras
de su eficacia, un juez de instrucción consideró suficientes
los indicios para encausarla, un fiscal la entendió culpable
y un jurado popular acabó declarando su responsabilidad criminal.
Aprovechando
esta situación, el actual Fiscal General del Estado (Jesús
Cardenal) ha deslizado que sería conveniente "matizar"
el funcionamiento del jurado, reformar la actual ley y volver a
depositar en manos de jueces de carrera las decisiones importantes,
pues ello redunda en beneficio de una mayor "seguridad jurídica".
Apelando a este mismo argumento, alguna asociación de jueces
y varios miembros del Partido Popular proponen sin más la
eliminación de los jurados populares. Y, por mucho que nos
parezca muy saludable que el Partido Popular empiece a recapacitar
sobre su enfermiza obsesión de que "de la Constitución
no se toca ni una coma", estamos persuadidos de que, justamente,
no es precisamente por el jurado por donde ha de comenzarse una
hipotética labor de reforma. Disculpándonos de antemano
por estas episódicas vueltas a los orígenes adoctrinadores-pontificadores
de LPD, vamos a permitirnos , al hilo de estos desagradables sucesos,
aportar algunas nociones básicas sobre la realidad del proceso
penal en España cuando interviene un jurado.
Nos
lleva a ello el convencimiento de que cierta labor pedagógica
ha de ser desarrollada de vez en cuando. Y de que, en este caso,
la misma comienza a antojársenos, directamente, bastante
urgente. Se mezclan en el debate público sobre este asunto
churras y merinas de manera irresponsable, arrimando todo el mundo
el ascua a su sardina, y especialmente se significan en esta actitud
las elites económico-sociales del país, mientras se
contentan para salvar su conciencia con repetir hasta la náusea
la tradicional invocación ilustrada de ese tierno ideal contenido
en la afirmación de que "más vale tener a un
criminal en la calle que a un inocente en la cárcel"
y de que en torno a este convencimiento ha de girar nuestro proceso
penal.
Es
sin embargo una desagradable evidencia que tal declaración
de intenciones suele ser un grueso ejercicio de hipocresía
cuando quien la emite pertenece a la judicatura o la clase política
españolas, pues ambas tienen muy claro que, justamente, el
recto funcionamiento de la Justicia y del Estado en España
exige obrar de acuerdo a un ideal que es justamente el contrario.
Que más vale, en efecto, tener a un inocente en la cárcel
que a un criminal suelto. De la veracidad de este aserto están
convencidas las elites económicas y sociales del país,
que a la hora de organizar nuestro sistema judicial y policial han
puesto en la práctica históricamente (y siguen haciéndolo)
tal tesis con indudable éxito. La afirmación contraria,
la que se hace en los medios de comunicación (ya se sabe,
"más vale tener a un criminal en la calle que a un inocente
en la cárcel"), vale únicamente para salvar la
buena conciencia de raíz nacional-rancio-católica
y, muy especialmente, para apelar a ella en las contadas ocasiones
en las que algún miembro de esta cuadrilla de gentes que
controlan el país tuviere algún apurillo judicial.
Sólo en estos casos asistimos a un delicioso y garantista
ejercicio de prudencia por parte de todos: medios de comunicación,
clase política, jueces, fiscales
En
LPD hemos sido siempre extraordinariamente cuidadosos con todo lo
que se refiere a la presunción de inocencia. Consideramos
que el respeto y la consideración que se ha deparado a importantes
personajes de las elites sociales y económicas españolas,
cuyas causas penales (por importantes que hayan sido o estén
siendo) ni siquiera han aparecido en prensa (o lo han hecho en ridículos
breves perdidos en la sección de economía), han sido
cuidadosamente estudiada por fiscales y jueces de instrucción
antes de proseguir adelante con ellas y que sólo cuando estaban
sustentadas en más que sólidos indicios incriminatorios
han obtenido luz verde para pasar a la fase de juicio oral debiera
ser extensivo a todos los ciudadanos. Por ello hemos alertado siempre
del riesgo e irresponsabilidad de los linchamientos a los que la
opinión pública española, azuzada por medios
de comunicación, policías y políticos, es tan
dada en casos, por ejemplo, de sentencias absolutorias o simplemente
consideradas "blandas" y carente de contenido "ejemplarizante".
Por este mismo motivo siempre defendimos como más que razonables
las razones que sustentaron la anulación del esperpéntico
juicio a Dolores Vázquez que, muy acertadamente, sentenció
el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
No
obstante lo triste y lamentable de la situación descrita,
ninguno de estos problemas reside en o tiene que ver con la institución
del jurado. Ni siquiera se agudizan con ella. Es más, todo
lo contrario. La única virtud de este modelo de proceso es
que conlleva alguna (pequeña) garantía adicional.
Precisamente por este motivo es positiva su reintroducción.
El jurado, más allá de zarandajas justificadoras de
su existencia tales como que supone "devolver la justicia al
pueblo" o "hacer al pueblo partícipe de la Administración
de Justicia" es un instrumento garantista, lo que en un proceso
penal es de gran importancia. Y más en un país como
España, en el que la Justicia no pertenece al pueblo sino
a una elite que la maneja a su antojo y de acuerdo a sus intereses.
Intereses que, cuando se trata de asuntos de repercusión
mediática y popular, quedan perfectamente identificados,
al contrario de lo que se dice como criterio general (pero que sólo
se practica con los miembros del clan), con el leit-motiv del funcionamiento
real de la justicia criminal en España, donde policías
y jueces profesionales, amparados por la clase política y
la opinión pública, se empeñan en hacer verdad
que "más vale tener a un inocente en la cárcel
que a un criminal suelto". Porque hay que dar de comer a la
fiera, buscar un chivo expiatorio en el que el "populacho"
(que así somos considerados los ciudadanos por esta gente)
se cebe y aparentar que los sabios y poderosos guardianes de la
paz social están ahí, eficaces y activos, para proteger
a los ciudadanos de bien.
El
caso Dolores Vázquez que nos ocupa es un perfecto ejemplo
de esta tesis y de su funcionamiento. Ante un asunto dramático
y que conmociona a la opinión pública (otro asunto
interesante es analizar someramente los motivos de que así
se desee e incite) el engranaje profesional de respuesta al crimen
que tenemos en España necesita como el respirar un culpable
mínimamente creíble. Y punto. Si no hay, se inventa.
Y si hay un pobre desgraciado al que un par de indicios circunstanciales
puedan conducir, con independencia de que haya pruebas fehacientes
o no, se le endilga el asesinato. La indecencia de este segundo
caso, aun siendo también absolutamente escandaloso, palidece
en comparación con las verdaderas aberraciones que se llegan
a cometer cuando, sencillamente, no hay nadie a quien encausar,
en asuntos como el que nos ocupa. No sólo el populacho, vilmente
alentado a ello, clama(mos) sangre y venganza. También la
maquinaria estatal se pone a ello porque, infame e ineficaz como
es, se juega en el envite el poco prestigio que todavía conserva
entre la población y que si desapareciera haría insostenible
el vergonzoso y corrupto tenderete de las mafias socioeconómicas
españolas. En tales casos cualquier cosa vale, incluso seguir
a pies juntillas, creer y amparar las alucinaciones acusatorias
de una madre lógicamente transida por el dolor (pero, también,
y en esto Lombroso nos daría la razón, evidentemente
malvada), de un abogado impresentable (a cualquier espectador razonable,
incluso sin saber nada de Derecho, se le parece esta evidencia a
los cinco segundos de escucharle), y de los prejuicios de la población.
De
estos desmanes tienen gran culpa en su fase inicial nuestros Cuerpos
y Fuerzas de seguridad del Estado, de profesionalidad (digámoslo
de una vez) más bien escasa y de formación verdaderamente
indigente. Porque, entre otras cosas, así se ha querido.
En tal estado de (de)formación no es de extrañar que
sean fáciles de manejar (que es lo que se pretende) y respondan
raudos a las exigencias de "eficacia" que les vienen impuestas.
Que hay que entregar a alguien a la fiera, pues se detiene al primer
desgraciado mínimamente creíble como acusado principal
y ya tenemos un caso más resuelto. La eficacia, imagen pública
y prestigio del cuerpo queda protegida, los políticos se
alegran, la población se calma y da gracias a Dios y sus
gobernantes
Todos contentos, aun a costa de las garantías
y el trabajo bien hecho. Nuestras policías y cuerpos semejantes
son tan dóciles como poco profesionales, en absoluto respetuosos
con una cultura de la presunción de inocencia. Así
son porque así los queremos los españoles. O quienes
mandan aprovechándose de nuestra permisividad.
Mención
aparte merece la Guardia Civil, encargada de esta investigación
en concreto, institución armada donde se recrudecen estos
males debido a la voluntad política de mantener un cuerpo
eminentemente tosco debido al convencimiento de quienes nos mandan
de que, en la España rural, "conviene la expeditiva
manera de hacer las cosas de toda la vida". Y nada mejor para
ello que recurrir a un cuerpo que depende del Ministerio de Defensa.
Este mismo reflejo mental es el que hace que muchos crean a la Benemérita
idónea para la lucha antiterrorista (básicamente,
así lo creen todos los ideólogos de la conveniencia
de los "atajos" en la materia) o el que, por ejemplo,
hace que todos tengamos tan claro que se trata de un cuerpo idóneo
para misiones policiales en los Balcanes o Irak. O sea, en todos
aquellos lugares donde es evidente que no rige eso de "mejor
un culpable en la calle que un inocente en la cárcel"
sino más bien todo lo contrario. Que no están las
cosas como para andarse con miramientos ¿Es posible que con
este sistema nos sorprendamos de errores y desmanes? Pues no, lo
cierto es que no. Menos aún si a Dolores Vázquez la
metieron entre rejas los mismos Guardias Civiles que habían
resuelto brillantemente el secuestro de la farmacéutica de
Olot: cuatro delincuentes de poca monta y sin infraestructura, que
dejaban pistas del tamaño de un elefante y alardeaban de
sus peripecias en los bares, fueron capaces de prolongar la cosa
más tiempo del que incluso la banda terrorista ETA se atreve,
por prudencia, y a pesar de su infraestructura, a emplear en sus
secuestros. Eso por no comentar otros grandes éxitos recientes
de la Benemérita en tanto que cuerpo. Indeleble en nuestra
memoria quedará para siempre el espectacular ridículo
policial en el "caso Alcàsser", con una fuga del
principal implicado que, si creemos la versión oficial de
la misma, confirma que las películas de acción estadounidenses
no exageran lo más mínimo sobre las posibilidades
de que un superhéroe burle a 500 efectivos de un cuerpo de
seguridad que rodean una vivienda de 80 metros cuadrados.
En
esta fase de desmanes, sin embargo, conviene recordar a Fiscales
Generales y analfabetos de su especie, nada es achacable a jurado
alguno, pues no tiene intervención de ninguna clase (que
sepamos) en las labores de detección y detención de
delincuentes, por el momento. La única interferencia a manos
del Derecho viene de la labor del Juez de Instrucción. Este
señor, un profesional de esos que según Cardenal y
demás propagandistas del retorno a "los que saben"
debiera representar lo más granado de las garantías
y de la seguridad jurídica, se encarga de trabajar con la
policía, se supone, y de encuadrar la investigación
dentro de un marco jurídico de garantías para los
ciudadanos incursos en la causa. La experiencia dice que, habitualmente,
es más bien la policía y sus métodos de toda
la vida la que acaba contaminando al juez. Por otra parte, como
"profesional" "que sabe" es asimismo responsable
de valorar los hechos y el derecho aplicable, de manera que puede
detener un procedimiento si entiende que no hay, por ejemplo, pruebas
para determinar la culpabilidad de un acusado. Conviene recordar
esto porque, en el caso de Dolores Vázquez, este "profesional"
formado, entrenado, experto y que dedicó (es de suponer)
muchas horas a la causa, estaba encantado con todo lo que le decía
la Guardia Civil. Encausó a Dolores Vázquez, la mandó
a juicio y, mientras tanto, acudiendo a la justificación
de la manida "alarma social", la mantuvo en prisión
provisional durante un añito. El "profesional",
más papista que el Papa, no pareció diferenciarse
mucho en su ceguera y ganas de venganza y reconocimiento social
que el "jurado". Que, insistimos, seguía a estas
alturas del procedimiento sin haber aparecido ni tener participación
alguna. Vamos, que Dolores Vázquez no pasó ese añito
de oprobio y cárcel como consecuencia del "error de
un jurado popular", por mucho que se empeñe la derecha
judicial.
Luego,
en el juicio ya, al fin, interviene el jurado. Sin embargo quizá
convenga recordar antes que, además, para que haya causa
y ésta pueda llegar a fase juicio, se precisa además
una acusación. O sea, que no sólo basta el empecinamiento
de un "profesional entrenado y especialista" (juez) sino
que son necesarios los de dos de ellos (juez instructor y fiscal).
No se preocupen, porque nuestra maquinaria judicial, tan profesional
y entrenada, los proporciona gustosa. Y si fueran precisos 3 ó
40, tampoco habría nada que temer. Aunque en el caso "Vázquez"
(madre trastornada y abogado aprovechado mediante) había
además una acusación particular que acusaba desaforadamente
(por lo que ni siquiera una valoración por parte del fiscal
de no culpabilidad de la encausada hubiera parado el juicio, pero
ésta siempre habría podido llegar, con demoledores
efectos, lo que no ocurrió), es obligada siempre, en cualquier
caso, la presencia de un representante del Ministerio Fiscal, cuya
misión, no se olvide, no es acusar sino defender los intereses
generales. Es decir, que los subordinados de Cardenal han de velar
porque las acusaciones tengan una base, han de enjuiciar si en el
asunto concreto que se juzga así es y están obligados,
en caso de que entiendan que no hay pruebas que sustenten una acusación,
a retirar los cargos y pedir la absolución. Huelga decir
que Cardenal, jefe y responsable del fiscal que actuó en
el caso, bajo sus instrucciones directas desde un punto de vista
jerárquico, contó en la vista con jurado como fiscal
con un "profesional" de esos que debiera garantizar la
seguridad jurídica. Y, de acuerdo con él (que es otro
sabio profesional) no sólo prosiguió con la acusación
sino que elevó incluso la petición de pena tras el
juicio. De lo convencido que estaba, y guiado por su conocimiento
técnico depurado y la prudencia de la que suelen hacer gala
en España los fiscales. Así de persuadidos estaban
todos los "profesionales". Así de entregados a
la causa de pedir venganza y ejemplarizante condena. Ya que así
de vergonzoso es el funcionamiento de nuestra Justicia. Porque todo
ello se hizo, por cierto, como ya fue denunciado en su momento,
a pesar de la absoluta falta de pruebas incriminatorias mínimamente
sólidas. Pero cuando la Justicia española desea demostrar
eficacia no hay quien la pare. Sobre todo, por el empeño
de sus profesionales, que nunca olvidan ante quién han de
responder y qué se espera de ellos.
A pesar
de que los "profesionales" (policía, juez de instrucción,
fiscal
) ya habían puesto al toro en suerte, y habrían
rematado la faena tranquila y gustosamente ellos solitos (estén
seguros de ello) de la forma deseada por todos, todavía quedaba
un escollo, molesto por "no profesional". Por fin, ya,
nos encontramos con el malvado jurado al que tanta inquina tienen
los profesionales. ¿Justificadamente? Creemos, la verdad,
que tampoco ha de preocuparse en demasía el gremio, pues
estos ciudadanos ejercen funciones muy limitadas y encuadrados siempre
por otro "profesional". Porque, a pesar de lo que se suele
contar, incluso el jurado es ya en la actualidad "supervisado"
de alguna manera por un juez de carrera, con todo lo que ello supone.
En concreto, este profesional ha de velar porque el jurado no cometa
errores groseros en la valoración de la prueba, porque argumente
correcta y sólidamente sus decisiones y, en general, es el
encargado de guiarle en todo el proceso. En el caso que nos ocupa
lo hizo con toda la profesionalidad del mundo. Recordemos sus últimas
palabras antes de despedir a las buenas gentes que componían
el jurado popular que sentenció a Dolores Vázquez
para que se retirasen a deliberar, que fueron algo así como
"recuerden que lo que les pide la sociedad y la ley es QUE
HAGAN JUSTICIA", con ese tonillo de acusador particular entregado
a la causa.
Un
jurado, en estos casos, ha de responder a unas preguntas previamente
preparadas por el juez (que para algo es un profesional), y justificar
sus respuestas. Las cuestiones están teóricamente
llamadas (si están bien hechas) a ir despejando todos los
interrogantes fácticos de las actuaciones juzgadas: Que si
creen que pasó tal o cual cosa o no y porqué. Que
si tal o cual indicio permite concluir tal o cual cosa
Cosas sencillitas, para cuya respuesta se requiere de simple sentido
común. El jurado, a estos efectos, es bastante garantista
(y por supuesto, mucho más que un tribunal tradicional) por
varios motivos. A saber:
- Porque
nueve pares de ojos necesariamente han de acabar obteniendo una
visión más ponderada de lo que ocurrió que
sólo uno (o tres, como mucho).
- Porque, en su condición de seres "no formados",
carecen del conocimiento jurídico previo que puede actuar
como interferencia. Es sabido que los jueces, muchas veces, a la
hora de decidir la concreta concurrencia de unos hechos se guían
en muchas ocasiones más por la necesidad de que así
sea para justificar finalmente su simple voluntad de condenar (formada
por otros motivos, como le ocurre a un jurado también, pero
con la diferencia de que éste desconoce la importancia de
que "disimule" cómo ha llegado a esta convicción
en la parte probatoria de su actividad) que en un ejercicio de análisis
cuidadoso sobre los hechos.
- Porque en España, en caso de duda, se absuelve. O así
debería de hacerse. Lamentablemente suele ocurrir lo contrario,
debido a que nuestro sistema no cree en la presunción de
inocencia, y se basa en, una vez uno ha sido encausado, la probabilidad
de ser condenado a no ser que uno demuestre su inocencia. Pero la
idea teórica de presunción de inocencia opera con
más facilidad en un jurado, donde si la duda aparece conduce
a la absolución simplemente por cuestión numérica
(a Dolores Vázquez la condenaron por siete de los nueve votos;
habría bastado que dos ciudadanos más expresaran un
veredicto de no culpabilidad o de dudas para que no se la hubiera
podido condenar), que en jueces profesionales.
- Porque un ciudadano se toma más en serio la idea de enviar
a alguien a la cárcel, y es por ello más cuidadoso,
que un juez, muy habituado a ello (con la consiguiente y humana
"relajación").
- Porque los jueces, estos sacrosantos "profesionales",
son como son y están acostumbrados a trabajar con la policía
y sus colegas (jueces de instrucción, fiscales
). Como
ellos mismos dicen, haciendo feliz a Cardenal, absolver es trabajo
de obreros (pues requiere argumentar y construir una nueva tesis
que desbarate la labor de meses de uno o varios colegas -jueces
de instrucción, fiscales-), mientras que condenar es misión
de obispos (ya que sólo supone confirmar el trabajo previo
de otros "profesionales").
- Porque los jurados son menos influenciables por la presión
popular y mediática. Pasado el juicio no dependen sus carreras
ni sus vidas de su decisión, que puede ser por ello más
libre que la de los "profesionales".
- Por último, porque los jurados no son jueces. Y es que
estos últimos, como hasta el mismísimo Berlusconi
es capaz de intuir (en uno de sus escasos arrebatos de lucidez),
son gente peligrosa por definición. No es preciso ser un
especialista en psicología freudiana para sospechar de gentes
que tienen por vocación juzgar a los demás y condenarles
cuando "son malos". Yo, la verdad, he preferido siempre
ser enjuiciado en todos los órdenes de la vida por personas
normales, elegidas al azar, que por tipos que se sienten investidos
de la capacidad para hacerlo y cuya vocación es, precisamente,
dedicarse a desarrollarla.
Estas
características más garantistas del jurado se pusieron
justamente de manifiesto en el proceso de Dolores Vázquez,
a pesar de lo que sostienen los miembros de la caverna. En primer
lugar, en todo el proceso, ni uno sólo de estos "profesionales"
(policía, juez de instrucción, fiscal, juez sentenciador
y guía del tribunal popular) expresó duda ninguna
respecto de la culpabilidad de la acusada. En cambio, dos ciudadanos
que formaban parte del jurado podrán sentirse orgullosos
por haber sabido resistir la presión de los "profesionales"
(que tanto es sentida por el jurado, junto a la presión popular
y mediática de quienes exigen sangre) y votar a favor de
la absolución. Fueron los únicos que así se
manifestaron en todo el proceso y conviene recordarlo. Y además
lo hicieron dando un disgusto a los "profesionales", que
se encargaron de resaltar en su momento que a ambos les habían
aparecido dudas por su "bisoñez", "inexperiencia"
y falta de hábito (esto sirvió en su día para
poner de manifiesto lo peligroso que podía ser un jurado,
lleno de gentes influenciables capaces de dejar en libertad a evidentes
asesinos, pues ya había un precedente que fue así
tratado por todo el mundo de forma unánime).
Pero
es que, además, como el jurado desconoce las argucias procesales
y técnicas tan del gusto de los juristas y tan ínsitas
al Derecho (porque no es "profesional") condenó,
sí, que era lo que le pedían, pero lo hizo a la vez
que determinaba unos hechos probados y una argumentación
francamente insuficiente cuando no contradictoria con este veredicto.
Dado que no eran "profesionales" respondieron con bastante
libertad y sinceridad a preguntas que entendían "poco
importantes" (pues de lo que se trataba era de condenar y punto)
pero que, jurídicamente, son imprescindibles para sustentar
cualquier fallo. Y justamente por este error, sólo posible
con "no profesionales" (a un juez avezado que desee condenar
no se le escapa vivo un acusado por falta de motivación y
contradicciones entre los hechos probados y el fallo, ya que se
cuida de adecuar los primeros a éste), acabó siendo
anulada la condena, liberada provisionalmente Vázquez y encargada
la repetición del juicio. El Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía, "profesionales" que al menos demostraron
serlo también (afortunadamente) en su exquisito respeto a
estas quisquillosidades jurídicas, adoptó esta decisión
y puso la única nota de cordura en este proceso, gracias
a la aparición de unas contradicciones internas en la sentencia
que sólo son posibles en (y que son manifestación
de las garantías de) un proceso con jurado.
Por
si todo lo dicho fuera poco para poner en evidencia a Cardenal,
sus voceros y sus lamentables declaraciones, conviene recordar,
para concluir, que otro "profesional" tuvo todavía
tiempo de volver a meter la pata. Dado que se trata de un fiscal
del Tribunal Supremo, que también depende directamente del
ínclito Fiscal General del Estado de la Segunda Transición
y además en este caso ya en grado de cercanía notable,
sorprende la ligereza con la que este sujeto osa pretender cargar
a un jurado popular con un error que no sólo fue posible
gracias a su directa y errada actuación sino que, además,
batalló por consolidar hasta el último momento. En
efecto, la decisión del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía fue recurrida por la Fiscalía del Tribunal
Supremo, que no veía con buenos ojos que se le pudiera "escapar"
la presa por la que tanto había luchado. Y es que, a fin
de cuentas, era el propio Cardenal el primero en ser consciente
de que, aunque a Vázquez la iban a volver a juzgar, las posibilidades
de que su inocencia reluciera (lo que debía ser evitado a
toda costa) eran mucho mayores en un nuevo proceso con jurado que
en una "profesional" y preocupada "por la seguridad
jurídica" corte de probos funcionarios públicos
especializados en sentenciar sin piedad a los ciudadanos que les
ofrecemos entre todos como sacrificio en aras de la estabilidad
del sistema.
ABP
(València) |