Sábado, sabadete, Decreto-ley y….

Escribo hoy en mi columna quincenal de El País Comunitat Valenciana sobre los recortes y cuento algo que es estrictamente cierto. Somos cada vez más los juristas que, con una mezcla de incredulidad, morbo, cierta resignación y espíritu sadomasoquista nos conectamos los sábados por la mañana al Boletín Oficial del Estado, donde con precisión de reloj suizo aparecen, semana tras semana, Decretos-ley de todo pelaje y condición consecuencia de que ahora los Consejos de Ministros del viernes se aprovechan para aprobar normas con rango de ley, semana sí, semana también.

Esto del Decreto-ley como costumbre semanal es una cosa que quizás al no iniciado no llame demasiado la atención, pero a los juristas nos preocupa, cuando no indigna, por muchas razones. Porque el Decreto-ley supone que sea el Gobierno quien redacte una ley, en lugar del Parlamento, que es quien tiene atribuida esa función en un Estado de Derecho normal. ¿Y qué más da algo así en un contexto como el actual, donde el partido que Gobierna tiene una amplia mayoría absoluta en las Cortes que le permite aprobar todo lo que le parezca?, se preguntarán algunos. Pero la verdad es que sí da, sí importa. Y mucho. Porque no es lo mismo hacer las normas sin debate y confrontación de ideas a tener que pasar por un trámite parlamentario donde todo esto se produce. No es lo mismo la publicidad que una norma y sus matices y detalles reciben, por parte de la opinión pública y de los agentes implicados, si se tramita como ha de hacerse a la atención que suscita si se aprueba Decretazo mediante. Y tampoco es lo mismo el incentivo al pacto y la conciliación que supone tener que aprobar la Ley, porque aunque tengas mayoría absoluta siempre queda un poco mal pasar el rodillo una y otra vez, comparado con lo que supone poder decretar cualquier cambio en una rueda de prensa tras un «intenso debate» entre tu partido y tu gobierno. Aunque luego el Decreto-ley deba ser convalidado por el Parlamento o tramitado como ley el efecto provocado por el fait accompli es tremendo. Las normas así aprobadas suelen pasar por las Cortes sin más pena que gloria, suscitando poca atención y menos debate y son enmendadas poco o nada.

Obviamente, esto del Decreto-ley es algo que, por sus características, gusta mucho a los regímenes totalitarios o autoritarios. En España lo importa la Dictadura de Primo de Rivera de Italia, donde el Derecho público mussoliniano se estaba dando un gustazo tras otro tras haber descubierto la potestad legislativa excepcional del Ejecutivo. Y, como cuenta Antonio Baylos,es muy evidente la correlación entre democracias consolidadas, Estados de Derecho que funcionan y sociedades jurídicamente desarrolladas en general, que no hacen uso de estas cosas; mientras que en países como el nuestro, pues eso, año tras año nos superamos y llevamos cuatro meses que ni el Real Madrid de Mou metiendo goles. La figura no existe en los Derechos alemán, francés o inglés, por ejemplo, de nuestros días, donde consideran que si hay que aprobar una ley urgente lo que se hace es… aprobar una ley urgente. ¡Qué cosas más raras que tienen en Europa!

Si en España la figura ha subsistido ha sido gracias a que el artículo 86 de la Constitución los permite, como decía, precisamente para casos de «extraordinaria y urgente necesidad»:

Artículo 86. 1. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general.

Como puede verse, la Constitución aspira a «contener» el uso de este tipo de instrumento. Lo hace limitando las materias en las que puede operar (no puede afectar a derechos fundamentales, ni al régimen de las CCAA, ni al Derecho electoral) pero, además, diciendo que sólo cuando concurra una situación de urgencia puede acudirse a la figura. No obstante, ya hemos visto, una y otra vez, que estos límites son poco o nada tenidos en cuenta. La prueba más evidente es que tenemos situaciones de urgencia, al parecer, todas las semanas (15 en lo que llevamos de año, ritmo de récord, y eso que todavía no se han publicado los ya anunciados sobre Sanidad o televisiones autonómicas). Aunque la reiteración de la urgencia ya es sospechosa todavía puede haber alguien que diga «oiga, es que últimamente las urgencias se suceden, sabusté«. Pero incluso para quienes con tanta generosidad quieran tratar al Gobierno debieran recordar que la exigencia de urgencia va anudada también a que ésta sea «extraordinaria». Y ahí sí que me niego a aceptar que lo extraordinario pueda producirse dos veces o tres por semana. Que ya tenemos suficiente con tener tres o cuatro partidos del siglo al año.

Gran parte de culpa de que se pueda recurrir con tanta alegría a una figura supuestamente excepcional la tiene el Tribunal Constitucional, que sólo muy tardíamente, en la Sentencia 68/2007 (que ya comentamos en el blog en su día por su importancia) o por ejemplo en la reciente Sentencia 1/2012 ha empezado, al fin, a controlar la concurrencia de este requisito y a anular el empleo el Decreto-ley en casos en los que, manifiestamente, la urgencia invocada no era tal y no existía. Ahora sólo falta que estas proclamaciones constitucionales empiecen a hacerse, a su vez, también urgentemente y a que tengan algún efecto concreto sancionador o anulador más allá del oprobio que sufre el Gobierno, varios años después, por el hecho de que se anule una norma… que luego fue convalidada por el Congreso y de cuya nulidad, por ello, no se deriva consecuencia práctica alguna.

Ante el espectáculo reiterado, semana tras semana, de Decretos-ley donde no concurre urgencia alguna e, incluso, donde se contienen normas que es más que dudoso que no empiecen a introducirse de forma clara en materias vedadas por la Constitución a este tipo de legislación de urgencia la comunidad jurídica debería reaccionar. Exigiendo al Tribunal Constitucional que detenga esta locura. Y si ha de reunirse para decidir de urgencia, dado las características de la situación (y como hace para anular candidaturas electorales), que lo haga. Esta semana tenemos dos gloriosos ejemplos más, con las normas publicadas el pasado sábado dedicadas a televisión y a educación. Miguel Presno ha publicado un resumen de sus contenidos y, con lucidez, ha remitido a la teoría del shock respecto de la función que cumplen las medidas del último Consejo de Ministros, que buscan dejar a la ciudadanía cada vez más indefensa, privada de respuestas y sin servicios públicos. Pero más allá del contenido de esos recortes, impresentables, insensibles y poco inteligentes muchos de ellos (de los que tendremos que hablar), me interesa destacar varias cosas estrictamente ceñidas a la corrección de los mecanismos empleados para aprobarlas:

– En primer lugar, esta gente es poco seria y trabaja mal. Por ejemplo, el Consejo de Ministros ha anunciado oficialmente un Decreto-Ley que todavía no ha visto la luz. Textualmente, dedicado a aprobar «medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones». De momento no lo tenemos y nada se puede decir sobre el mismo. Pero dado el tipo de medidas que empiezan a avizorarse y que han sido anunciadas, uno empieza a preguntarse si no debiera el Tribunal Constitucional revisar su doctrina sobre el ejercicio de la competencia sanitaria por parte de las CC.AA., dado que parece que el Estado, al amparo de sus facultades derivadas del art. 149.1 CE de la Constutición parece que puede regular casi cualquier cosa, incluyendo temas de gestión interna. En el apartado de «Legislador de Urgencia Pepe Gotera» tenemos también la chapuza denunciada por Ignacio Escolar, que señala que uno de los decretos tiene párrafos de copy&paste a partir de normas preparadas por el anterior Ejecutivo.

– El Decreto-ley sobre reforma de la legislación en materia de televisión es directamente tróspido. ¿De veras alguien piensa que concurre una «extraordinaria y ingente necesidad» en cambiar el sistema de nombramiento de consejeros de la Corporación RTVE o de su Presidente? ¿Y en reducir el número de consejeros que se sientan ahí representando a los sindicatos? Parece obvio que es más que dudoso que así sea, como el retraso en cubrir estas (y otras muchas vacantes) pone de manifiesto dado la cantidad de veces que se ha producido (y por períodos de tiempo mucho más prolongados en ocasiones).

– Más antológica si cabe es la parte referida a la reforma de la Ley Audiovisual para que las radios, al amparo del «derecho a la información», puedan no sólo informar de los resultados de fútbol sino retransmitir partidos enteros y garantizando, con este fin, su derecho a acceder a los campos (aunque sea a cambio de sufragar el coste que ello suponga). Si pretender justificar la urgencia de la medida en este caso es lisérgico, y quizás sólo explicable porque el día de publicación y entrada en vigor de la norma había un Barça-Madrid, ¿qué no decir, además, de la supuesta no interferencia con derechos fundamentales y su regulación? ¡Si la propia norma apela al derecho a la información del art. 20 para hacer lo que hace! Este Decreto-ley no sólo es que regule el ejercicio de derechos fundamentales. Es que, con toda la tranquilidad del mundo, se ampara explícitamente en esta necesidad para aprobar un tipo de norma… que prohíbe regular el desarrollo de derechos fundamentales. Así, dice la Exposición de Motivos:

La retransmisión de acontecimientos deportivos llevada a cabo por prestadores del servicio de comunicación audiovisual radiofónica constituye una clara manifestación del derecho a comunicar y recibir información reconocido en el artículo 20.1.d) de la Constitución Española.

Y continúa, unos párrafos más allá, para justificar la urgencia:

Por lo que se refiere a la modificación de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, se justifica en la necesidad de garantizar el ejercicio del derecho fundamental a comunicar y recibir información que consagra el ya citado artículo 20 de la Constitución.
Desde que se inició el conflicto por el acceso a los estadios y recintos para la retransmisión en directo deportivos a través de la radiodifusión sonora, no se ha logrado llegar a un acuerdo que ponga fin al mismo, lo que está impidiendo ejercitar un derecho fundamental. Por este motivo, se hace imprescindible reconocer expresamente el derecho de acceso a los prestadores del servicio de comunicación audiovisual radiofónica estableciendo un mecanismo para el ejercicio del mismo con el fin de que puedan comunicar libremente información.

– Por último, el Decreto-ley sobre educación es también un compendio de todos los males que uno pueda imaginar y alguno más. Por enunciar sólo algunos: aprovecha para modificar el impuesto de sociedades (¡que hace dos meses que ya había sido reformado!, por supuesto, por Decreto-ley), reforma cosas (Universidad) que se supone que estaban siendo analizadas por un comité de sabios nombrado apenas hace una semana (en el Consejo de Ministros del viernes anterior), mete como «urgentes» modificaciones de dedicación horaria de profesores que empezarán a aplicarse en septiembre (¡eso es urgencia preventiva!) e interfiere en algunas de sus cláusulas, sin duda, con competencias autonómicas. Pero, además, dado el grado de la agresión a los enseñantes y que se vincula al tipo de cosas que hagan o dejen de hacer como «investigación» su régimen de dedicación, es dudoso que estemos ante una regla que no afecta a derechos fundamentales como la libertad de cátedra. En todo caso, sobre este tema, mejor escribir largo y tendido dentro de unos días, porque la reforma de la Universidad tiene tela que cortar.



17 comentarios en Sábado, sabadete, Decreto-ley y….
  1. 1

    Es bastante alucinante lo torpes que son los del PP en el tema de los recortes. Seguro que sabían desde casi antes de ganar todo lo que iban a hacer, y seguro que, desde que subieron el IRPF, que tenían todo esto también pensado.

    Si es así, ¿por qué no hacen todo de golpe? Me parece absurdo que se quieran autodesangrar cada semana con algún decreto nuevo, y siempre se ha dicho que «más vale una vez rojo que ciento amarillo».

    Pero supongo que son tan torpes como parecen, la prueba está en Andalucía, donde Arenas sigue siendo «el cambio».

    Saludos

    Comentario escrito por asertus — 23 de abril de 2012 a las 11:27 am

  2. 2

    ….Y un polvete. Deben pensar que es así. Es el momento más antidemocrático de la historia reciente. Increíble, con todo lo que presumen y se lo creen

    Comentario escrito por jose — 23 de abril de 2012 a las 1:24 pm

  3. 3

    El que vinculen el número de horas lectivas del profesorado a la calidad de su investigación no tiene nada que ver con la libertad de cátedra. No seré yo quien se atreva a afirmar que no se recortará ésta última en algún momento (libertad de cátedra <<< libertad de información, sobre todo si información = fútbol, desde luego), pero a priori cuantas más horas de clase, más tiempo para ejercer tu libertad de cátedra.

    Lo que sí va a repercutir sobre la calidad de esa cátedra impartida (o sobre la existencia de investigación alguna en absoluto) es el aumento en el número de horas lectivas de la mano del incremento de la presión investigadora. Por que explíquenme cómo consigue un profesor que acaba de empezar su carrera (no puede evaluar su investigación hasta que pasan 6 años) impartir todas esas horas y al mismo tiempo ser excelente. Yo se lo digo: no se puede.

    Comentario escrito por _luara_ — 23 de abril de 2012 a las 2:11 pm

  4. 4

    Laura, lo argumentaré con detalle en unos días, porque creo que hay que hacerlo. Pero que los resultados de tu investigación, la manera en que la orientes, el tipo de sesgo que tenga… cuestiones todas ellas que en no pocas materias y áreas de conocimiento (incluso podría decirse que en cualquiera) es imposible juzgar objetivamente y dependen de una valoración necesariamente subjetiva y, con el actual modelo de evaluación que tenemos, con un margen de indeterminación e imprevisibilidad notable, supongan «penalizaciones» para ciertos profesores se acerca, a mi juicio, peligrosamente a lo que es una interferencia en la libertad de cátedra (entendida como libertad, sobre todo, para investigar sin haber de seguir criterios, posiciones y postulados previos determinados por el Estado).

    Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 23 de abril de 2012 a las 2:25 pm

  5. 5

    1# Cierto, Sr. Asertus. Pero algo me dice que usted no es votante del Partido Popular, porque si lo fuera, nada de lo que dice el artículo de Don Andrés le escandalizaría. Es más, lo viviría con gran satisfacción, ya que tendría la impresión de vivir en un país con un gobierno fuerte y eficaz, que se deja de tanta pamplina legal en un parlamento que, desgraciadamente, hay que soportar que exista (si no, pregunte a la gente de su entorno que se declare de derechas, a ver lo que le dicen). A diez millones de personas ésto les gusta así. Y las medidas impopulares, pues mejor que lleguen a golpe de decreto, símbolo de la eficacia gubernamental (pactar es de maricones), ahora que dentro de tres años, cuando empiece la verdadera batalla electoral. Así que no creo que en el fondo sean tan torpes. Y si a un Estado totalitario y populista del tercer mundo le da por expropiar sus recursos naturales anteriormente gestionados por una élite de directivos de una empresa «nuestra» y echarlos de sus oficinas así de malas formas, pues mejor que mejor, que eso alimenta mucho el espíritu patrio. Si hay algo que une en su sentimiento de comunidad a las clases medias españolas, gente decente, es ver sufrir a esos pobres directivos viendo cómo los vejan y los expulsan de sus merecidas oficinas estropeándoles el peinado, a pesar de la gomina. Las cotas de sensibilidad entre los lectores de El Mundo se disparan, y aparcan durante un momento su individualismo para apoyar a quien lo merece. En ese sentido hay que decir que nuestro Gobierno no decepciona en absoluto a sus votantes naturales. Es experto en revolver en los corazones y que afloren los sentimientos patrióticos: habráse visto tamaña insolencia, tratar así a «nuestros» directivos, igual que los franceses a nuestros deportistas Y es que la envidia es lo que tiene. Y si no me cree, le reto a una apuesta: para las próximas elecciones adelanto en la porra electoral, que el Partido Popular obtendrá un mínimo de 9,8 millones y un máximo de 10,2 millones de votos. Es decir, los mismos que viene obteniendo desde hace más de una década. La cuestión es, sencillamente, a cuánta gente de no derechas le disgusta todo esto lo suficiente como para ir a votar a Rubiacalva cuando, dedazo mediante, sea el elegido para presentarse como candidato oficial del otrora Partido Socialista Obrero Español. Insisto, ¿qué se apuesta?

    Comentario escrito por Oliveral — 23 de abril de 2012 a las 2:42 pm

  6. 6

    No te olvides de un Decreto-ley fundamental (siendo irónico) como es el de la mediación civil y mercantil, donde la extraoridnaria y urgente necesidad se justifica… tachán… porque va a finalizar el peridodo de transposición de una norma europea que dab un plazo de 3 años, si no recuerdo mal. Un escándalo. Lo que pasa es que la norma no le importa ni al Tato, pero no deja de ser un uso torticero del art. 86 CE…

    Comentario escrito por fast_edi — 23 de abril de 2012 a las 2:47 pm

  7. 7

    Una aclaración importante es que, aunque el Gobierno de Rajoy lleva ritmo de récord, esto del abuso del Decreto-ley no es un invento suyo. La pasada legislatura fue también un espectáculo dantesco en este tema. Bueno, y en otros, como es sabido.

    Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 23 de abril de 2012 a las 3:04 pm

  8. 8

    nº7: siempre están comparándose con el gobierno anterior. Lo que está mal ahora no tiene ninguna justificación, ni es motivo de alegría el ser guinness

    Comentario escrito por jose — 23 de abril de 2012 a las 4:25 pm

  9. 9

    Teniendo en cuenta que pueden modificar la constitución sin referéndum y la inexistencia formal de división de poderes esto me parece una mera cuestión de forma. Les bastaría con cambiar ése artículo que mencionas y punto.

    Comentario escrito por pablo — 23 de abril de 2012 a las 4:35 pm

  10. 10

    Vaya ingenuidad… como si no supiéramos que todo lo que no está acotado hasta el último detalle( por ejemplo, los criterios de la ley SINDE tampoco lo están) lo van a usar para su propia ventaja. En la constitución se habla tan genéricamente del Decreto-Ley que todos los partidos que han gobernado han aplicado la receta del «tonto el último».

    Pero eso lo vemos todos los días en el BOE con los dedazos en la Administración de la tan gloriosa para los partidos políticos «libre designación», ¿porque no es esto una noticia de indignación?.
    Con el bipartidismo galopante y la nula participación real de la ciudadanía en la política( sólo puedes participar recibiendo porrazos de policías en manifestaciones), no necesitan guardar las formas( que antes al menos algunos lo hacían), mientras unos socavan la separación de poderes, otros en comisión inventan como puentear la justicia( comisión de propiedad intelectual de la ley Sinde) de igual manera a la que un chorizo se pone a puentear tu coche por la noche mientras duermes.
    No tenemos estado de bienestar porque ellos( y los bancos) piensan que ya no les es útil permitirnoslo. Ellos necesitan una lección, la cual no vamos a ver nunca en el parlamento.

    Comentario escrito por Julk — 23 de abril de 2012 a las 4:35 pm

  11. 11

    Increíblemente estos son los mejores entre los mejores?…. deben de ser los mejores para el desarme jurídico de la cosa constitucional… y ya se sabe como acaban estas cosas.

    Comentario escrito por AngelMiguel — 23 de abril de 2012 a las 4:49 pm

  12. 12

    Espero impaciente su artículo sobre la reforma universitaria, para ver cómo se ven las cosas desde su Facultad y desde su tribuna afilada. Yo escribiría el mío propio, la verdad, después de haber leído en las últimas semanas distintos artículos sobre la remuneración del profesorado en distintos países, estadísticas de aquí y allá, etc.
    Un detalle divertido para empezar: un titular con tres sexenios que se convierte en catedrático es ‘penalizado’, pues automáticamente pasaría de un techo de 16 a un techo de 24 ECTS. Y para aquellos que acaben de llegar a ser titular, con dos sexenios o menos, pues a dar clase, hala, no sea que se les ocurra investigadr…

    Comentario escrito por Baturrico — 23 de abril de 2012 a las 9:46 pm

  13. 13

    […] INCREDULIDAD EN LOS JURISTAS Son cada vez más los juristas que se conectan los sábados al BOE, donde con precisión aparecen, semana tras semana, decretos-ley de todo pelaje y condición.  Esto tiene su miga, porque un decreto-ley supone que el Gobierno es quien redacta una ley, no el Parlamento (que es quien tiene atribuida esa función, al menos en los Estados de Derecho normales, claro). Más información:  http://www.lapaginadefinitiva.com/aboix/?p=448 […]

    Pingback escrito por El nido del kuko « Bolsacanaria — 24 de abril de 2012 a las 9:59 am

  14. 14

    Siempre he sido un firme defensor de la conveniencia (por no decir necesidad) de que el Gobierno y los altos cargos de la Administración sean ejercidos por personas con una adecuada preparación y formación académica e intelectual, para lo cual considero imprescindible poseer un título universitario (como mínimo ético y ejemplo para la sociedad) y aconsejable una oposición pública ganada (como garantía de conocimiento de la estructura y funcionamiento de la Administración y de perfil personal e intelectual).

    Pero hoy miro este Gobierno formado por personas de brillante formación, sólida experiencia y demostrado conocimiento de la Administración y veo que mis «exigencias» no sirven de nada. Al menos, desde el punto de vista del respeto a las normas, principios y procedimientos de nuestro Estado constitucional.

    «Lo» de los Decretos-Leyes, sin ser ciertamente exclusivo de este Gobierno, es una burla en toda regla al art. 86 CE cometida por todos los Ejecutivos que he conocido y consentida por los demás partidos y por el TC. Los dos Decretos Leyes del sábado pasado son inconstitucionales en fondo y en forma. ¿Va a pasar algo? ¿Alguien va a presentar recurso alguno, a hacer valer ese edificio constitucional democrático con el que tanto se llenan la boca con aire vacío?

    Otro, que creo no ha sido mencionado en el post: la llamada «amnistía fiscal». ¿Pero no habíamos quedado en que las amnistías no son legales en nuestro ordenamiento? ¿Pero la CE no es la Norma Fundamental que, al referir el derecho de gracia, sólo menciona el indulto, y además lo limita a los particulares, prohibiendo los indultos generales? ¿Tampoco va a decir nadie nada? ¿Nadie?

    Brillante post, Profesor.

    Comentario escrito por piterino — 24 de abril de 2012 a las 10:37 am

  15. 15

    Decreto ley y vuelta al pasado…

    http://alturl.com/4dh54

    Que se repite obstinadamente

    http://alturl.com/oixxf

    Y tan solo han pasado 37 anyos…

    Comentario escrito por (InVino)Veritas — 24 de abril de 2012 a las 7:59 pm

  16. 16

    Excelente artículo que pone de manifiesto la situación límite a la que nos están llevando los que nos gobiernan a ritmo de decretazo. Para ellos es muy cómodo; para nosotros supone el fin de la democracia.
    Si los gestores de lo público, los que ocupan puestos en el gobierno, se apresuran a dejar su responsabilidad en manos privadas porque, según ellos, gestionan mejor -habría que ver quiénes son los que asumen la privatización de lo que tanto nos ha costado conseguir, en Sanidad, por ejemplo- ¿no están poniendo en evidencia su ineptitud, al no ser capaces de gobernar?

    Comentario escrito por Taronja — 28 de abril de 2012 a las 6:41 am

  17. 17

    El recorte en la universidad probablemente se ha hecho mal. Es, en todo caso, mucho menos duro que en primaria y en secundario. Ahora bien, todos los rectores sabían que debían subirse las tasas, especialmente a los repetidores; pero no se atrevieron. También sabían que convenía distinguir una carrera del profesor docente y del investigador; pero no lo hicieron. Y saben que debe ponerse coto al caos que ha traído consigo los planes de bolonia, con más de 2600 títulos (grados); pero no se atreven. Este pésimo uso (o desuso) de la autonomía universitaria da lugar a que luego nos reformen y no nos guste.

    Comentario escrito por settembrini — 22 de mayo de 2012 a las 5:18 pm

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