Creo que (desgraciadamente) toca seguir hablando de los diversos procedimientos que tiene abiertos Baltasar Garzón a la vista de los comentarios al anterior y primer intento de aproximación al follón [1] y de que los acontecimientos se suceden. Lo haré, de nuevo, sin meterme en analizar los procedimientos judiciales en cursos porque, sencillamente, es una temeridad y una irresponsabilidad hacerlo. En este caso y en todos. O se tiene la información al completo (por ejemplo, por haber asistido a la vista) o me da la sensación de que es muy aventurado hablar simplemente a partir de las informaciones de prensa. En cualquier asunto. Pero más todavía en estos que son objeto de batalla mediática.
No obstante lo cual, sí se pueden comentar algunas cosas que tienen importancia, creo, a la luz del tipo de debate público en que nos movemos. Se trata de cuestiones que tienen que ver con «lo» de Garzón pero que, además, son extensibles a otros muchos temas y que sí ponen de reflejo algunos de los problemas de la Justicia española. Los trato a continuación con mucha brevedad, y siempre sin profundizar demasiado en el caso concreto, dado que creo que respecto de los juicios en proceso mejor ser prudente. Son todas, ellas, además, ideas muy básicas.
1. No es lo mismo hacer algo discutible que cometer un delito. Hay cuestiones socialmente muy discutidas y debatidas, y no tiene mucho sentido que sea delito estar en un u otro lado. Tampoco es lo mismo cometer un delito que desarrollar una conducta mayoritariamente rechazada. Porque en una sociedad civilizada hay mucho comportamientos que pueden merecer un generalizado repudio, sin que ello signifique que deban estar tipificados como delitos. Algo es delictivo cuando, como mínimo se da un consenso más o menos generalizado sobre dos aspectos:
– la indeseabilidad de la conducta;
– la gravedad social de esa conducta que, además de indeseable, ha de ser juzgada de forma amplia como particularmente nociva para todos.
Las razones de exigir el cumplimiento de estos dos elementos son muy evidentes a poco que uno se detenga a reflexionar sobre el tema. Dado que el Derecho penal supone el mayor castigo de que una sociedad civilizada se dota para disciplinar comportamientos, bien está que sea empleado sólo como ultima ratio y que, en consecuencia, no se criminalicen conductas sobre las que dista de haber consenso social en cuanto al juicio que merecen (véase el caso del aborto voluntario, ya comentado en este blog [2]) y bien está también que, incluso cuando todos estamos de acuerdo en que una conducta no es buena, reservemos el castigo penal para las quiebras más graves (el resto pueden contenerse con el mero reproche social generalizado en algunos casos, y en otros bastará con un sistema de sanciones administrativas -multas o sanciones disciplinarias- para castigar y desincentivar esos comportamientos).
En el fondo, al actuar así nos protegemos un poco a todos (pues a nadie le gustaría poder ser castigado penalmente por cosas nimias y menos todavía que una actuación sobre la que hay controversia social en cuanto a su bondad nos costara la cárcel). Resulta importante recordarlo cuando nos lanzamos a pedir ejemplaridad, penas de cárcel y cuando aflora la tentación de pretender que el Derecho penal resuelva todos los problemas. Es esencial tenerlo presente, también, cuando analizamos todas las garantías que rodean un proceso penal y que explican que los juristas exijamos siempre que se sea muy estricto. Por ese motivo, teniendo como tenemos claro que las escuchas que ordenó Garzón son ilegales [1], decíamos que no necesariamente eso tiene que conducir a que sean delictivas (pues habrá que probar con todo tipo de garantías que fueron ordenadas por el juez siendo éste consciente de la ilegalidad de las mismas o, al menos, con una manifiesta irresponsabilidad). Para eso hay un procedimiento en curso y no soy capaz de juzgar, pues desconozco los detalles del caso y sería irresponsable, ya digo, decir nada al respecto, si efectivamente esa parte del tipo penal (el elemento subjetivo) se dio o no en el caso de Garzón.
2. Los jueces pueden equivocarse y, sin embargo, no ser penalmente responsables por ello. De hecho, es lo más normal del mundo. Sólo son penalmente responsables cuando se equivocan dolosamente (es decir, cuando lo hacen «queriendo») o cuando su equivocación es demostración de una falta de rigor y competencia tal que no es en modo alguno excusable que haya errado (imprudencia grave). El Código penal hila tan fino para poder condenar a alguien por prevaricación porque, en atención a lo que hemos comentado antes, no sería bueno criminalizar el simple error o la diferencia de criterio. Las opiniones diferentes de jueces y juristas, lejos de ser malo que existan, son muy importantes. Y, además, si son erróneas o claramente mal fundadas ya son «sancionados» sus autores por vías difusas equivalentes al «reproche social» del que hablábamos antes: esas sentencias serán recorridas y rectificadas, el prestigio del juez que las dicta decaerá… La propia dinámica judicial de recursos y controles hace de garantía, de elemento de control, de manera que el debate y la discrepancia, que es sano, se mantiene, pero las opiniones claramente erradas o mal argumentaras van desapareciendo. No hace falta para ello meter en juego al Derecho penal.
En casos de reiteración en el error, o de exhibición por parte de un juez de una manifiesta incapacidad técnica reiterada para hacer su trabajo, de nuevo, tampoco tiene sentido recurrir al Derecho penal. El Consejo General del Poder Judicial tiene, y debe usar, los mecanismos disciplinarios correspondientes para, caso de que se detecte que un juez se eleva de manera reiterada y obstinada de conceptos e ideas jurídicas muy claras y consolidadas, iniciar la correspondiente depuración de responsabilidades de tipo interno y disciplinario. Bien está, existiendo estas vías para controlar los problemas nimios o de tipo medio, que la persecución criminal se reserve sólo para aquellos casos en que hay una clarísima actuación contraria a Derecho. Para lo cual es importante tanto la demostración de que la actuación es clara y abiertamente contraria a la doctrina ya asentada y a lo que establece la ley como, además, ese elemento subjetivo en el juez: habrá que probar su mala fe o su gravísima irresponsabilidad, pues si no, si se tratara de un mero error, aun muy evidente, es más sensato acudir a la vía disciplinaria. Esta es la razón por la que hay diferencias entre un caso como el de las escuchas ilegales, donde la comunidad jurídica no tiene dudas sobre la ilicitud de las mismas [3] (restaría sólo determinar el elemento subjetivo); y el caso de la llamada «memoria histórica», donde hay una enorme discusión sobre cuestiones relacionadas con la prescripción o no de ciertos delitos, la vigencia de la Ley de Amnistía y su alcance, discusión reflejada incluso en el apoyo a las tesis de Garzón de una parte de los jueces de la sala que anuló sus actuaciones (sobre el particular es fantástico el trabajo de Enrique Anarte en El Cronista del que ya hablamos cuando se inició este procedimiento [4] y su lectura pone de manifiesto la endeblez de algunas acciones de Garzón pero también el hecho de que no carecen totalmente de base o de respaldo, siquiera parcial, en nuestro Derecho, al menos según como es entendido por una parte no desdeñable de la doctrina). He ahí una de las razones por las que el llamado «caso de la memoria histórica» es muy distinto al de las escuchas. En el segundo de ellos hay cosas importantes en juego (el derecho de defensa, la intimidad de procesados y sus abogados, ciertas garantías básicas) y una doctrina consolidada (por mucho que a veces la Audiencia nacional la quiebre, como quiebra otras muchas) sobre cómo han de hacerse las cosas. En el primero estamos hablando más bien del reproche que deba merecer una «patochada jurídica», dado que el proceso iniciado por Garzón era, sobre todo, una tontería publicitaria (al dirigirse contra personas fallecidas, como todo el mundo sabía) pero respaldada en parte por la moderna manera en que se entienden esas cosas de los delitos contra la humanidad y las modas en materia de imprescriptibilidad. Pues bueno, las patochadas, en su caso, se castigan sobre todo con la imagen pública de patochada. Y con eso debiera bastar. El Derecho penal poco debería tener que decir en estas cosas, la verdad.
3. Probar las cosas es importante. Nadie duda de que el hecho de que a un juez un banquero importante le pague dinero o le haga regalos o le facilite ayudas para montar saraos a su mayor gloria es abiertamente delictivo si se hace a cambio de que ese juez. Ahora bien, conviene diferenciar entre que algo así haya pasado y otras muchas situaciones que, pudiendo ser parecidas en apariencia, son en el fondo muy diferentes. Por ejemplo, y como es sabido, muchos jueces participan en cursos financiados con dinero de entidades muy variopintas. Y ello no significa que no puedan luego conocer de asuntos que afecten a esas entidades (porque si así fuera, directamente, lo que habría que hacer es prohibir la participación en todo acto financiado privadamente, pues estaríamos generando unos riesgos de contaminación enormes). Como es obvio, para terminar, entre un extremo y el otro hay un amplio abanico de situaciones posibles. Para que algo sea delito tendríamos que estar sólo en algunas de las concretas situaciones posibles. Y hay que probar que así ha sido.
Ello no quita para que la conducta, aparentemente, de Garzón, sea de lo menos edificante. A Garzón no le pagan unos cursos que imparte, sino que le financian unos cursos que él dirige y que son de una entidad considerable. Es él quien, además, va pidiendo financiación, por lo que es él quien entra en contacto con los que ponen la pasta (que, además, es mucha). El asunto no es muy edificante si se combina con el archivo de causas penales que afectan al principal financiador. De hecho, es bastante feo y grotesco (como es casi más fácil constatar leyendo las dantescas defensas de esa actuación que hacen algunos, que son de vergüenza ajena [5]). Ahora bien, de ahí a que eso permita entender probado el delito hay un trecho larguísimo. En este caso deberíamos estar más bien ante una investigación seria y en profundidad del CGPJ para dilucidar si el no haberse abstenido en un caso así es motivo o no de infracción disciplinaria. Como ya se produjo una (otra cosa es que no pareciera muy exhaustiva ni atenta) hace unos meses.
En ausencia de pruebas de que hubo connivencia alguna entre los pagadores y Garzón para lograr orientar alguna resolución o de que efectivamente el dinero fue entregado con esa intención y Garzón luego obró en consecuencia (y parece complicado probar algo así a la vista de que las pruebas parecen indicar que, en efecto, el dinero se pidió para un mega-sarao en honor a la Justicia universal y demás, organizado con tarifas propias de Urdangarin, es verdad, pero recordemos que en los años ye-ye que no hace mucho vivimos todos las cosas eran como eran) conviene ser prudente a la hora de entender que estamos frente a un caso con sustancia penal. Es más, la imputación por la que finalmente se procesa a Garzón (el hoy universalmente conocido delito de cohecho pasivo impropio) es muestra de la debilidad probatoria de la acusación: si se tuviera pruebas de que se influyó en Garzón o de que éste dictó la resolución influido por los regalos se habría entendido que teníamos indicios de otro delito: el cohecho de toda la vida. Cuando de todo el revuelo generado acaba apareciendo un tipo delictivo como el del cohecho pasivo impropio (además, ¿se puede calificar de «regalo» que te subvencionen la organización de un congreso?) es que no hay muchas pruebas de nada. Porque no tiene sentido sospechar que el Tribunal Supremo, teniendo elementos que permitan atestiguar que hubo algo más, decida ir por esa vía y no por otra. Aunque, eso sí, mucho mejor ir por cohecho impropio que por el cohecho ordinario en un aspecto: los pagadores, esas benefactoras entidades financieras y sus responsables, en este segundo caso tendrían también responsabilidad penal, mientras que en el primero no.
4. Si todos lo hacen… ¿por qué me imputan a mí? Ya hemos señalado que este argumento, que jurídicamente no tiene ningún valor (el TC tiene declarado una y mil veces eso de que no hay aplicación del principio de igualdad en la comisión de ilegalidades), sí parece, en cambio, ser un indicativo fiable que permite detectar cuándo pasa algo raro. Si todo el mundo aparca siempre en doble fila y nunca se llevan su coche y yo aparco ahí un día y la grúa actúa puede ser casualidad. Si la gente sigue aparcando como si tal cosa sin problemas y yo vuelvo a hacerlo encontrándome una vez más con un especial esmero sancionador de la policía en mi caso, la cosa empieza a ser mosqueante. El tribunal constitucional nos diría que a él tanto le da y que la sanción es perfectamente regular, pero cualquier persona sensata empezaría a cuestionarse qué ocurre con el funcionamiento de la grúa y la policía local. Cuando nos encontramos con delitos absurdos y marginales que casi nunca se aplican y que de repente se pretenden usar para condenar a alguien a partir de comportamientos perfectamente sólitos e incluso muy extendidos entre la población, es obvio que las alarmas de la gente con dos dedos de frente empiezan a sonar.
En los casos que nos ocupan, sin embargo, es cuestionable que «todos lo hagan». Resulta evidente que, más allá de episodios marginales y muy raros (se ha mencionado hasta la náusea el caso del juez de instrucción del asesinato de Marta del Castillo, quien desesperado por no encontrar el cadáver de la víctima hace la salvajada de, muy presionado por la opinión pública, grabar al abogado del reo, un letrado de oficio), lo de escuchar las conversaciones entre abogados y clientes no es nada normal. Ni siquiera en el peculiar ecosistema en materia de garantías que es la Audiencia Nacional. Otra cuestión es que pueda ser llamativo que de entre las muchas y muy diversas tropelías en materia de derechos de defensa y garantías que se llevan produciendo en ese órgano sea precisamente ésta la que degenera en el follón que tenemos montado. Pero en este sentido importa que unos letrados se sintieran ofendidos (porque lo fueron particularmente) e iniciaran el procedimiento. En cuanto a la «memoria histórica», probablemente es una cuestión de grado. Resoluciones y procedimientos extravagantes hay muchos. ¿Tanto como iniciar un proceso penal contra muertos? Pues no lo sé. Es cuestión de grado. Por último, que «todos los jueces» (como es obvio, no son todos, pero probablemente sí todas las estrellas instructoras de la Audiencia Nacional) dan conferencias y asisten a cursos es verdad. Sinceramente, desconozco con qué frecuencia se da (si es que se da) que se encarguen ellos de organizarlos y buscar la financiación. Y tampoco tengo noticias sobre los usos en materia de retribución y honorarios, gastos e indemnizaciones, en esos casos. A estos efectos, además, vivir en «provincias» (como dicen en Madrid) y en la Universidad pública probablemente condiciona la percepción que uno pueda tener sobre lo normal o anormal que es organizar saraos a varios cientos de miles de euros la broma. Así que parece sensato dejar que cada cual, en este punto, llegue a sus propias conclusiones. Porque, en efecto, si «todos lo hacen» y a nadie le pasa nada menos a Garzón, en efecto, algo raro hay (lo cual, por otro lado, tampoco tendría por qué significar que no hubiera que actuar en ese caso, sino perfectamente que sería obligado hacerlo en todos los demás también).
5. Las cacerías no son Derecho penal… y no son nada bonitas. Frente a un clima social que pide sangre, que exige que la gente pague con cárcel y con escarnio público, que demanda condenas penales y ejemplaridad… alguien tendría que empezar a decir que el Derecho penal no sirve para eso. Y que una sociedad sana no debiera necesitar de sentencias ejemplares ni de juicios sumarios ante el tribunal de la opinión pública. Es muy obvio, pero me temo que habrá que recordarlo muchas veces en los años que vienen. Cuando perseguimos a alguien penalmente, que se haga con sumo cuidado, con todas las garantías y cuando haya todo tipo de pruebas, perfectamente aquilatadas. Mientras tanto, por favor, sírvamonos abstenernos de usar a la Fiscalía y a los jueces para resolver problemas de organización administrativa, de responsabilidad política o de mala gestión de dineros públicos. Que en estas derivas se entra pronto y fácil, pero luego es difícil salir y traen más disgustos que otra cosa.
Comments Disabled To "«Lo» de Garzón (II)"
#1 Comment By John Constantine On 30 enero 2012 @ 7:50 pm
Disculpe ud que no aplauda a dos manos el artículo, D. Andrés, primero porque con una sujeto el bocadillo y con otra esrcibo, y segundo porque no se oirían las palmadas…. Pero , después de todo…¿Se apuesta ud. algo a que terminarán condenándole por al menos dos de las 3 causas? ¿Y que una de ellas será la del cohecho impropio en plan prácticamente de provocación?
Porque, al final y en la práctica (está demostrado) a los jueces -y mas aún al CGPJ- se la suda lo que digan el resto de los estamentos, mientras mantenga sus puestecillos. Y llevamos ya unos meses que me parece detectar en muchos de los casos de trascendencia mediática ese tufillo de «hacemos lo que nos sale de la polla y los de abajo os odeis». Porque después de todo lo visto y lo oído, que en la sentencia del caso Marta del Castillo aconsejaran tomar medidas legales contra los familiares de la misma por sus declaraciones es ya el equivalente a poner el pene encima de la mesa y soltar «la banca gana». Provocación pura y dura porque podían -opino que debían- ahorrarse eso.
#2 Comment By Andrés Boix Palop On 30 enero 2012 @ 9:33 pm
Bueno, en el de cohecho impropio a lo mejor no son jueces sino un jurado. Intuyo que el Supremo se agarrará a lo que sea para evitarlo, pero ese delito corresponde a un jurado popular. Y la ley solo excluye a los aforados recogidos en la Constitución (diputados y senadores) a priori de ser juzgados por este sistema. Los magistrados no forman parte de ese grupo.
#3 Comment By varo On 31 enero 2012 @ 7:46 am
No sé si ya se habrá comentado en otras entradas, pero, si se puede preguntar, ¿el hecho de que Garzón fuera condenado por cohecho no debería relanzar automaticamente los procedimientos que éste archivó? (no tengo ni idea de si «procedimientos» es la palabra correcta aquí, pero suena muy de la prensa) Muy didácticos los artículos.
#4 Comment By Andrés Boix Palop On 31 enero 2012 @ 9:55 am
Si efectivamente queda probado que un juez ha archivado un asunto a cambio de dinero es obvio que hay que reabrir esa investigación. Otra cosa es que se pueda (por ejemplo, caso de que haya pasado demasiado tiempo y haya prescrito ya no se podría).
#5 Comment By josé luis On 31 enero 2012 @ 10:46 am
Querido Emilio/Amiguito del alma.
Dos frases para enmarcar.
#6 Comment By josé luis On 31 enero 2012 @ 10:51 am
Por cierto, ¿cuando Garzón estudió aquello de «el juez ordinario predeterminado por la Ley» no pensaría que el legislador se refería a él mismo?.
Igual hasta se tomó a mal lo de ordinario.
#7 Comment By josé luis On 31 enero 2012 @ 10:52 am
Él mismo Garzón, digo.
#8 Comment By gus On 31 enero 2012 @ 12:53 pm
Encomiable su fe en el «reproche social» como forma de «sanción» para las conductas no merecedoras de someterse al orden penal. Encomiable y digna de mejor causa, porque está uno harto de ver al respetable aplaudir a políticos y demás ralea detenidos a las puertas de sus respectivos feudos. Ya me gustaría a mi tener esa fe en mi sociedad.
Respecto a lo de los cursos solo una anécdota: en cierta isla funcionan unos cuantos hoteles declarados (su construcción) ilegales por sentencia judicial, no se si firme. Pues después de dictarse sentencia se realizó, gastos pagados, un curso para miembros de la judicatura y la fiscalía, incluidos los que conocieron el asunto, en uno de esos hoteles, porque aún están todos funcionando. ¿Vergüenza? ¿Reproche social? No me toque la judicatura por el amor de Baal, que me los veo en amable compañía de poderosos imputados degustando las viandas del lugar día si y día también.
Yo creo que los tipos sufren un desajuste entre el prestigio y el trato social que piensan que merece su profesión y el que realmente reciben, porque con curritos no me los suelo encontrar.
Para mi que no iría la cosa mucho peor si sustituimos las leyes de enjuiciamiento por ordalías.
#9 Comment By Juan Carlos On 31 enero 2012 @ 6:53 pm
Si se me permite haré varias observaciones a todo lo escrito tanto en la parte primera como es esta segunda:
1) Dices que es una temeridad y una irresponsabilidad analizar los procedimientos judiciales en curso… No acabo de ver el motivo… Bajo esa regla de tres deberíamos callarnos todos en todos los procesos judiciales hasta que estos hayan acabado y nadie debería hablar ni de Garzón, ni del caso Camps, ni del caso Marta del Castillo ni de ninguno. Eso sí que me parece a mí una temeridad… me recuerda mucho a ese argumento de «como no vives en el País Vasco no puedes hablar de lo que aquí pasa». Pero es que además, ¿qué has hecho tú sino hablar de los procesos en curso a Garzón? Las dos entradas están llenas de cosas concretas sobre el proceso judicial, que supongo habrás leído por la prensa, porque no te hago en la sala del TS, y en algunos casos lo haces con un desconocimiento absoluto de lo sucedido, como cuando dices: «Más todavía si es verdad lo que el propio juez comentó. A saber, que como no tenía mucho tiempo encargó al fiscal que fuera él quien coordinara las escuchas con la policía, lo que es una barbaridad de enorme calibre» Eso sencillamente es mentira, Garzón dijo que él coordinaba junto a la fiscal, pero que en todo momento el responsable era él, así que al menos a ver si lees prensa que te informe correctamente, para poder valorar procesos judiciales en curso, eso que no te gusta hacer, pero que en este caso no has parado de hacer.
2) Un comentario más personal: tu tono es pedante, parece que partes de la sabiduría absoluta, cuando es obvio que cometes fallos garrafales (como el anterior y como otros en los que más adelante entraré). Haces ver que dices verdades inalterables, cuando son cosas que están sometidas a debate y son muy discutibles. Deberías ser más humilde en tus apreciaciones
y no hablar como si fueras la persona que más sabe de derecho del mundo. Luego está el asunto de la equidistancia, que a mí la verdad es que me molesta bastante en todos los ámbitos: en general defiendes la inocencia de Garzón, pero para que se vea que eres objetivo y neutral tienes que arremeter contra el juez de una manera injustificada en más de una ocasión, como cuando dices que Garzón ha practicado cacerías (¿Cómo? ¿Dónde? ¿Cuándo? ¿Contra quien?) o cuando calificas de patochada o tontería publicitaria el proceso de las decenas de miles de víctimas del franquismo, a mí ese lenguaje tuyo me parece un tanto repulsivo. Pero el colmo es que concluyas que ante una patochada de un juez el derecho penal no deba entrar, decir eso sí que me parece una patochada… Sí un juez hace algo que sea a todas luces una patochada para su gloria personal, ese es precisamente el caso en el que debe entrar la justicia para sancionar a ese juez, eso sí sería una claro caso de prevaricación, ya que el juez realiza una «patochada» a sabiendas de que la está cometiendo, y eso inadmisible. Lo que sucede que ese no es el caso que nos ocupa.
3) Las escuchas: buena parte de lo que dices es falso y estás bastante mal informado. Por ejemplo, el caso Marta del Castillo no es el único en el que se graban las conversaciones preso-abogado. Hay más, por ejemplo, el de Pablo Vioque, pero es que hay más… En todos estos años de democracia, la jurisprudencia refleja varios casos similares, al menos eso es lo que argumenta la fiscalía en su recurso al procesamiento de Garzón y no creo que la fiscalía se lo haya inventado. De nuevo la rotundidad con la que hablas te pierde: «¿Se puede hacer lo que hizo Garzón? La respuesta a esta primera pregunta es sencilla: no», «…un caso como el de las escuchas ilegales, donde la comunidad jurídica no tiene dudas sobre la ilicitud de las mismas». A no ser que tú te erijas en la totalidad de la comunidad jurídica, el tema sí que genera controversia y no es blanco o negro, como lo demuestra el hecho de que varios jueces han hecho cosas parecidas a las de Garzón y como lo demuestra la posición de la fiscalía, que digo yo que formara parte de la comunidad jurídica (y Garzón también, ¿no?). De hecho las escuchas fueron prorrogadas por un juez del TSJM, Antonio Pedreira, y el Tribunal que finalmente las ilegalizó tomó esa decisión por dos a uno, lo que demuestra que el asunto si genera debate y no es tan claro como tú lo quieres pintar. De hecho esa es la prueba definitva de que no hay prevaricación en lo hecho por Garzón, ya que la prevaricación debe ser algo, según la doctrina del Supremo, que carezca por completo de juridicidad, algo esperpéntico e inasumible desde cualquier perspectiva jurídica. Y eso no sucede es este caso. Si fuera tan cristalino como tú dices, sí que constituiría prevaricación. Así que es obvio que tu argumentación no es muy brillante que digamos, te contradices por todas partes, aunque no te des cuenta o no te quieras dar cuenta.
4) Seguiría explicando más errores (algunos garrafales) de tus escritos, pero no tengo mucho más tiempo, igual en otra ocasión, pero no me resisto a decir dos cosas más generales, al margen de la argumentación jurídica. A) es sorprendente la cantidad de defensores que han salido de repente de la intocabilidad del derecho a la defensa. Vamos a ver, los abogados de esta panda de chorizos de la Gúrtel era también unos chorizos y se reunían en la cárcel para delinquir (es cierto que algunos de ellos, no todos). A mí me parece perfecto que un juez intervenga todas las comunicaciones de un preso si tiene indicios suficientes de que desde la cárcel sigue deliquiendo. Para eso está el juez, para decidir en qué casos lo debe de hacer y en qué casos no, siempre en función de los indicios racionales que tenga y en el caso que nos ocupa los indicios eran más que evidentes. Por cierto, hay que recordar que eso es lo que hace Garzón, intervenir todas las comunicaciones de los miembros de una banda criminal, no las comunicaciones entre esos delicuentes y sus abogados. Logicamente estas últimas están incluídas en las primeras, pero es un matiz que conviene destacar. B) El Tribunal Supremo está cercenando la independencia judicial: ¿Cómo actuará el próximo juez que pretenda destapar las actividades de una banda mafiosa? tendrá que ir con mucho cuidado porque se puede ver ante la tesitura de que esa banda mafiosa acabe jodiéndole la vida, simplemente porque el juez, ingenuo él, quiso luchar contra el crimen organizado con todos los medios que el Estado de derecho pone a su disposición y con la más absoluta colaboración de la fiscalía y la policía. ¿Y el próximo juez que esté convencido de que es competente para asumir un caso que pueda generar controversia? ¿Lo hará? Tal vez piense que sea mejor dejarlo correr, vaya a ser que a un grupo de tres imbéciles que nada tienen que ver con el caso decidan cuestionar su competencia y acaben procesandole por prevaricación. Y es que el mensaje del Supremo es demoledor: una panda de criminales puede procesar al juez que los destapó y la derecha fascista puede sentar en el banquillo al juez que pretendió investigar los crimenes que esa derecha fascista cometió. Alucinante.
Un saludo.
#10 Comment By Andrés Boix Palop On 31 enero 2012 @ 8:33 pm
Juan Carlos, muchas gracias por el comentario y las críticas.
– Tienes toda la razón en la primera de ellas. Está muy mal expresado lo que quería decir con eso de «no comentar procedimientos judiciales en curso» y sólo refería a aspectos generales en torno a ellos. A lo que me refería, y creo que se puede llegar a entender a pesar de lo mal expresado que está en el texto, es a que me parece irresponsable y temerario pronunciarse sobre el fondo de un asunto penal, la inocencia o culpabilidad de alguien, sin conocerlo en detalle y profundidad. Porque la visión que nos dan los medios e comunicación suele estar sesgada y es muchas veces parcial. Y siempre es por definición incompleta. A eso me refería. A que creo que se puede hablar a hilo de tema de Garzón sobre si ese tipo de escuchas son legales o no pero a que, en cambio, me parece irresponsable emitir un juicio sobre qué debería hacer el Supremo en este tema sin tener más información y preferiblemente de primera mano. Gracias por la crítica, que me permite aclarar un poco más lo que pienso y, de paso, ponerlo por escrito.
Por este motivo, asemás, tengo cierta tendencia (pero esto ya es muy personal) a desconfiar de la gente que exige condenas y que considera por defecto y a priori que tal o cual ciudadano es culpable y debe ser ejemplarmente condenado. Ya digo, de todos modos, que esto es un asunto más de feeling y obsesión personal que nada com pretensión de valer como clave analítica exportable para nadie más. Lo menciono solo por si sirve para desencriptar mejor mi texto a partir de mis obsesiones.
– Tú mismo me das un ejemplo muy preciso de la razón por la que creo prudente mantener ese cierto distanciamiento sobre la emisión de juicios referidos a un caso concreto: vi un corte en un informativo donde Garzón declaraba lo de delegar en la final (aunque diciendo que él era siempre el responsable, claro, com por otra parte es obvio). Si el corte estaba hecho para dar una impresión errónea de lo declarado, si era incompleto, si va y resulta que la fiscal no paticipó del control de las escuchas… eso es la mejor demostración de que la información que obtenemos vía medios es muy insuficiente. Por eso escribía «si es verdad que» al principio de esa frase. Aaí que si en el caso de Garzón no ocurrió, perfecto. Lo que no quita, como decía, que si en algún caso se diera esa circunstancia me parecería extremadamente grave. Supongo que estamos de acuerdo en que el control de las escuchas ha de ser de juez, que éste no lo puede delegar en eñ fiscal, ni compartir com él. Vamos, que un fiscal no pinta nada encargándose de coordinar las escuchas y de ordenar a la policía cómo llevarlas a cabo.
– Lamento que mi lenguaje te parezca pedante o repulsivo, pero creo que sobre eso hay poco que hacer a estas alturas. Tomo nota, en todo caso. Pero sobre los temas de fondo que comentas, sí me parece que se puede decir que Garzón y el entorno de la AN han realizado cacerías en no pocas ocasiones: cierres de periódicos, gente en prisión provisional varios años no ser pareja de alguien acusado de terrorismo con la tesis del «entorno» contra los que luego no se presentan ni cargos, prohibiciones de manifestaciones preventivamente… Si a ti te parece fenomenal ese modelo de justicia e instrucción penal sólo puedo desearte que no te tengas que dar cuenta de sus peligros en carne propia o de algún conocido.
– A mí iniciar un procedimiento penal contra alguien cuya muerte es un hecho notorio me parece una patochada. Entiendo tu argumento sobre la nadmiaibilisad de que un juez se ponga a hacer esas cosas conscientemente. Supongo que cualquier juez penal español sabe que la muerte extingue la responsabilidad penal. Así que según tu tesis aquí tendríamos una prevaricación de libro. Personalmente, aun reconociendo la solidez de tu argumento, prefiero quedarme con el hecho de que, en ausencia de perjudixados concretos, mejor aplicar cierta generosidad y no acudir al D. Penal para resolver estos temas. En todo caso, sí, es un argumento débil muy conectado con el entendimiento de la prevaricación como un delito de resultado que ha de concretarse en una decisión injusta y lesiva para alguien.
– Como bien sabes, desee que el TC aclaró el tema (en línea com el TEDH) los casos de escuchas a abogados han sido ¿dos? Uno, el de Marta del Castillo. Otro, en un caso donde había muchas evidencias de delito previas sobre la colaboración abogado-cliente para cometer un crimen. Ignoro si en el ecosistema de la AN puede haber habido algún caso, pero sería en abierta contradicción con la doctrina de TC, como sabes. Por otra parte, las escuchas de este caso fueron indiscriminadas, generales y afectaron a abogados respecto de los que no había un solo indicio de delito. El argumento de que eran parte de la trama es sencillamente ridículo si tenemos en cuenta que varios de ellos eran abogados recién designados para representar a sus clientes. No había justificación alguna para ordenar las escuchas en esos locutorios. De hecho, ni siquiera habrían pasado esas escuchas el filtro habitual necesario para poner escuchas a alguien (sin ser abogado representando a alguien bajo nvestigacion), pues es siempre exigible para pinchar a alguien que haya alguna evidencia probatoria previa mínima.
– Por último, te gustará más o menos lo que yo he dicho sobre esto, pero me parece ridículo que aludas a una supuesta repentina atención al derecho de defensa. Este blog lleva ya varios años en marcha y puedes revisar que las críticas al modus operandi de la Audiencia Nacional y a la minoración de garantías y su puesta en cuestión por consideraciones de eficacia pueden ser muchas cosas (infundadas, como tú piensas, o ingenuas, como creen muchos), pero no son ni mucho menos nuevas. Tienes todos los posts sobre el tema en el archivo. Personalmente, por ello, nada me alegra más que pensar que pueda producirse eso que dices de que a partir de ahora los jueces se lo piensen dos veces antes de intervenir todas las comunicaciones de un grupo de personas sin haber hecho los deberes antes de modo que esas escuchas queden justificadas.
Gracias de nuevo por tus comentarios. Un abrazo.
#11 Comment By Andrés Boix Palop On 1 febrero 2012 @ 8:46 am
Por cierto, disculpen por la infinidad de erratas. Desde el móvil esto es un infierno.
#12 Comment By Juan Carlos On 1 febrero 2012 @ 12:33 pm
Muchas gracias Andrés por tu respuesta y por lo exhaustiva de la misma. Algunas cuestiones breves antes de rebatirte un par de cosas:
– Nada que objetar a lo que dices en el primer párrafo, me parece una explicación válida y por lo tanto poco que añadir, aunque no comparta parte de tu postura ( Por ejemplo, yo tengo muy claro que Garzón es inocente y que Camps es culpable, lo decía antes, lo digo ahora y lo diré siempre y creo que tengo sobrados elementos de juicio para defender esas posturas)
– He de aclarar, aunque creo que estaba claro, que con lo de repulsivo me refería exclusivamente a tus calificativos sobre el caso de la investigación de los crímenes del franquismo (patochada, tonteria publicitaria) y no a la totalidad de lo que escribes. Si en algún momento se ha podido entender que calificaba de repulsivo el tono general de tus artículos pido pedón por ello, no era mi intención. Lo de pedante lo mantengo por lo que ya expliqué anteriormente, aunque bueno, tampoco es aplicable a todo.
– Cacerías de Garzón. No dices ni una, insisisto ¿Cuál? ¿Dónde? ¿Cuándo? ¿Contra quién? Y yo me refiero a Garzón y no a la AN ni al entorno de la AN (que tampoco sé qué es eso del entorno de la AN). Hablas del cierre de periódicos, supongo que te referirás a Egunkaria, caso que me parece gravísimo y vergonzoso, de lo peor que hemos visto en estos últimos años, pero en eso Garzón no tuvo nada que ver. De hecho si mal no recuerdo, el caso pasó previamente por las manos de Garzón y él lo desestimó… Tiempo después llegó a las manos del juez ¿Del Olmo? (hablo de memoria, pero creo que fue este el instructor del caso) y ese fue el que empezó a hacer barbaridades. Es de esperar que no te refieras con cacerías a la persecución de ETA y de todo su entorno político (si hoy queda lo que queda de ETA es en gran parte gracias a que Garzón empezó a hacer lo que nadie se atrevió a hacer), al procesamiento de Pinochet (sería el colmo hablar de cacería a Pinochet), a las cuentas secretas del BBVA en Jersey, a la persecución a gran escala de los grandes narcotraficantes (cosa que nadie había hecho hasta que llegó Garzón a hacerlo), al procesamiento de toda la cúpula del ministerio del Interior por hacer cosas que repugnan a cualquier demócrata o a los casos en los que Garzón ha denunciado la tortura a la que eran sometidos determinados presos. No sé, podría seguir, pero ya que has sido tú el que ha dicho que Garzón ha realizado cacerías en contra de alguien estaría bien que lo especificaras, más allá de vaguedades y generalidades. En mi opinión Garzón habrá podido cometer errores (como cualquier juez o cualquier ser humano), pero no son muchos y su balance en general me parece admirable, un juez de una independencia a prueba de bombas y que ha hecho cosas por las que cualquier demócrata le debería estar eternamente agradecido (eso no quita que yo considere que jamás tuvo que pasarse a la política y que tengas mis dudas sobre la jurisdicción universal, pero explicar ambas cosas me llevaría a que este comentario me quedara mucho más largo e insoportable de lo que ya me va a quedar)
– Cuando hablaba de los múltiples defensores del derecho de defensa que habían salido de repente, hablaba en general y no de ti, que ya había visto que era una posición argumentada y defendida anteriormente en este blog. Es por eso que hablaba en plural y no me refería a ti personalmente. Pero si se ha entendido que te consideraba un advenedizo en esto del derecho de defensa, vuelvo a pedirte excusas. El resto de mi argumentación sobre la cuestión la sigo considerando válida frente a ti y frente a cualquiera…
Cuestiones de fondo:
1) Las escuchas: sinceramente creo que o no te enteras o no te quieres enterar, porque sigues manipulando y tergiversando lo hecho por Garzón. Él ordenó que se se grabaran las conversaciones de una panda de (presuntos) delicuentes, es decir Correa, Crespo y cia, que estaban en la cárcel. No ordenó que se intervinieran las comunicaciones de sus abogados ni los móviles de estos, se intervinó las comunciaciones de Correa ¿por qué? pues muy sencillo, porque la polícía considera que se sigue delinquiendo desde la cárcel (lo cual parece que es bastante evidente) y que Correa utiliza a sus abogados en el blanqueo de dinero (vuelves a faltar a la verdad, ya que hay abogados de la trama que se encuentran imputados y que obviamente participaban en actividades delictivas). La fiscalía también considera que hay que interceptar dichas conversaciones y Garzón las autoriza. Obviamente, ahí se graban todas las conversaciones que mantiene Correa, las que tiene con su madre o con su tía y las que tiene con abogados que nada tienen que ver con la trama (el incalificable Ignacio Peláez va a hablar con Correa sin ser su abogado y logicamente esa conversación queda grabada, como todas las que mantiene Correa).Esto es como si un juez decide interceptar mis comunicaciones porque tiene indicios de que soy un narcotraficante, pues ahí graba todas las conversaciones que yo mantengo por mi móvil, hable con quien hable, no se puede hacer de otra manera. Así que hazme el favor de dejar de decir cosas absurdas como que «No había justificación alguna para ordenar las escuchas en esos locutorios»… «pues es siempre exigible para pinchar a alguien que haya alguna evidencia probatoria previa mínima» ¿No había justificación ni evidencia para grabar a Correa? ¡Por favor! Y permiteme que en eso de las justificaciones y evidencias le de mucho más valor a lo que defiende la policía, la fiscalía y al menos dos jueces (Garzón y Pedreira) que a tu opinión, que al menos en este aspecto me parece bastante absurda, porque repito por enésima vez, aquí no se ordena grabar las comunicaciones de Peláez ni de Choclán ni de ningún picapleitos de semejante calibre (Como es evidente mi respeto por Peláez y por Choclán es nulo, me parece vergonzoso y muy significativo que se pase de ser fiscal o juez a abogado de criminales), se ordena grabar las conversaciones de Correa.
Eso de que el TC aclaró el tema de las escuchas, no es, ni mucho menos, tan claro como tú dices, porque la doctrina del TC no dice lo que tú dices que dice. Te vuelvo a decir que dejes de hablar con esa rotundidad de sabelotodo, porque es que además haces el rídículo. Como ya he dicho es un tema de controversia jurídica y como no me voy a poner aquí a explicarlo, mejor te enlazo el escrito de la fiscalía en el que se explica perfectamente. Logicamente la fiscalía no es Dios, ni nada que se le parezca y puede que esté equivocada, pero es obvio que sus argumentos son de peso y sus explicaciones más que correctas.Con ello lo único que trato de evidenciar que no es un tema zanjado como tú tratas de hacer ver, más bien sucede todo lo contrario. Aquí te dejo un enlace a un post de Ignacio Escolar donde podrás encontrar un enlace al documento íntegro de la fiscalía, que es muy interesante de leer en su totalidad (más allá de que Escolar exponga algunas partes del mismo) [6]
2) Los crímenes contra la humanidad perpetrados por el franquismo: Vuelves a manipular y a decir cosas sin sentido. Ayer en el juicio Garzón lo explicó perfectamente (y viene recogido, por ejemplo, en El País de hoy). ¿Qué se supone que tenía que haber hecho Garzón? ¿Desentenderse del tema? Vayamos por partes, un juez recibe varias denuncias en las que se le explica que hay miles de muertos y de desaparecidos que según dichas denuncias están enterrados en fosas comunes repartidas por toda España y a eso se le añade el caso de miles de niños robados, delito que obviamente es continuado en el tiempo. ¿Qué puede hacer el juez, sino investigar eso? Después de dos años de investigación abre un procedimiento contra los responsables penales de esos horrendos crímenes y cuando comprueba de una manera legal (la única manera de hacerlo que tiene, un juez no puede decir porque lo ha leído en la prensa que alguien está muerto) que toda esa gentuza está muerta (creo recordar que era Franco y 35 generales asesinos) y por lo tanto su responsabilidad penal extinguida, el juez decide inhibirse y mandar el caso a los distintos juzgados de los lugares donde están esas fosas comunes con objeto de que se encuentren los cuerpos. Porque hay que recordar que Garzón se inhibe antes de que la Sala de lo Penal de la AN le declare incompetente. En mi opinión, Garzón actuó de la única manera en la que lo podía hacer y haberlo dejado pasar hubiera constituido una clara dejación de funciones, cuando no, ahora sí, un posible caso de prevaricación.
Este país vive con una anomalía atroz y es que hay más de cien mil personas tiradas en fosas comunes repartidas por todas partes y calificar de patochada o de tontería publicitaria los actos del juez que ha cumplido con su obligación de investigar unos crímenes tan salvajes, me parece totalmente repulsivo.
Por lo demás, sólo decir que gracias a los ínclitos magistrados del TS los delicuentes de todo tipo que habitan en este país llevan dos años viviendo más tranquilos porque el juez que con más ahínco, perseverancia y éxito les perseguía lleva todo ese tiempo fuera de su juzgado. Y más tranquilos vivirán cuando le expulsen de la carrera judicial, ello constituirá uno de los episodios más negros de la historia de España, que mira que tiene episodios negros.
Se me quedan cosas en el tíntero, pero yo creo que esta perorata ya es suficientemente larga e infumable y con ella respondo a buena parte de lo que has comentado…
Un cordial saludo.
#13 Comment By Andrés Boix Palop On 2 febrero 2012 @ 9:23 am
Juan Carlos, creo que estamos de acuerdo en bastantes cosas. De hecho, incluso estamos de acuerdo en algunas de las cosas que, desde lejos, nos inspira la figura de Garzón. A mí no me parece un mal tipo ni me cae antipático, creo sinceramente que las cosas que hace las hace porque las cree justas, pero también (y en esto es donde quizás sí discrepamos) me parece peligroso que desde un juzgado de instrucción penal un juez considere que debe (y puede) hacer Justicia con mayúsculas y cambiar el mundo a golpe de instrucción penal. El camino al infierno está empedrado de buenas intenciones y no dudo ni un ápice de las de Garzón, pero desde un punto de vista garantista y de cómo ha de funcionar un Estado de Derecho me da miedo esa dinámica. Me preocupa y me inquieta. El mero hecho de que un tipo pase dos décadas de juez de instrucción en la AN creo que es, por definición, malo.
Yo no creo que tenga mucho sentido valorar los distintos casos de Garzón y hacer una lista en el haber y el debe. Pero coincido contigo en que lo del GAL es algo que dignificó a la justicia española (aunque es cierto que no era precisamente Garzón, tras su paso por el Gobierno al que luego investigó, quien era el más indicado para hacerlo) o en que lo de Pinochet, cómo no, nos llenó de satisfacción a todos (satisfacción no jurídica, pues a mí, como jurista, me pareció por muchas razones un precedente inquietante y una acción que podía tener consecuencias que no me gustan, pero es que yo no soy nada fan de la justicia universal ni de la generalizada imprescriptibilidad de los delitos). No estoy de acuerdo en valorar positivamente su acción contra ETA, por muchas razones que es largo detallar. Simplificadamente, diría que un juez de brazo ejecutor de la política antiterrorista del gobierno en sede judicial es algo que me da mala espina. Y la tan alabada «dureza», «valentía» o lo que sea contra ETA ha sido, a mi juicio, un espectáculo jurídicamente poco edificante de liquidar garantías e instaurar pautas, como la de las escuchas a presos, que son muy peligrosas y que, además, han acabado «contaminando» la acción de la AN en otras materias. Como, de hecho, hemos visto con Gürtel. Por último, en materia de cierres de diarios y demás, es cierto que Garzón no cerró Egunkaria. Olvidas que quizás lo hizo tras haber hecho años antes la misma barbaridad con Egin y los sucesivos revolcones judiciales posteriores. Pero no me interesa, insisto, juzgar a Garzón y sus acciones pasadas. Más que nada porque empieza a darme la sensación de que, con matices, no discreparíamos en tantas cosas.
Respecto de las escuchas, muy brevemente, dos apuntes (más allá de que en mi primer post puse varios enlaces que creo que lo explican fenomenal):
– no me parece sensato emplear, en un caso como éste, los argumentos exculpatorios de la Fiscalía (que además estuvo en el ajo de las escuchas, como el propio Garzón reconoce) a efectos de demostrar que las escuchas eran legales; sería como si yo te pusiera como demostración suprema de la ilegalidad de las mismas el argumento de autoridad del auto del juez de instrucción abriendo juicio oral;
– creo que yerras cuando explicas las intervenciones diciendo que se intervino a Correa y Crespo y que, como se intervenían todas sus comunicaciones telefónicas, pues claro, también pillaron a los abogados; básicamente porque las escuchas a abogados fueron en los locutorios de la cárcel, de modo que cuando deciden escucharlas lo hacen con pleno conocimiento y conciencia de intervenir conversaciones cliente-abogado, no se trata de que estén grabando y revisando todas las charlas de alguien e inevitablemente se cuelen conversaciones con su abogado, no, se trata de que expresamente se quiere controlar, y se controla, lo que hablan unos acusados con sus abogados, lo que me parece algo diferente a lo que explicas y muy importante (y grave, a mi juicio).
No me parece, por último, que tenga sentido apelar a la «calidad» profesional, personal o de trayectoria de los abogados escuchados/espiados. Pero si entramos en el juego de nombres me parece importante señalar que has olvidado a Rodríguez Morullo y su hijo. Las explicaciones de Garzón y la prensa que lo viene apoyando diciendo que las escuchas estaban justificadas porque los abogados eran parte de la trama, conocidos letrados turbios y gente sobre la que había muchos indicios delictivos a sus espaldas lo que justificaría la intervención, sinceramente, me parece abracadabrante cuando uno sabe que alguna de las personas espiadas fueron estos abogados.
Por último, respecto de los crímenes del franquismo, como he dicho desde un primer momento hay opiniones jurídicas diferentes al respecto y pueden fundamentarse. Pero un procedimiento penal contra un muerto es una patochada. Y la LEC y la LECrim han dicho siempre que los hechos notorios no requieren de prueba. Que el Caudillo y sus generales estaban muertos y enterrados era, como es a su vez notorio, un hecho de esas características. Luego montar todo el show y estar haciendo cosas durante meses cuando sabes que no van a llegar a nada por esta razón no me parece, la verdad, muy acertado. De hecho, caray, cuando explico en clase eso de los hechos notorios solía poner ejemplos («que en Valencia en 1957 hubo una riada es un hecho notorio y por ello no requiere de prueba») entre los que estaba la típica broma de hablar en plan coña de que el hecho de que «el invicto Caudillo de España murió en 1975» también era notorio. ¡Y por culpa de todo este asunto he tenido que eliminar la siempre agradecida cita al Generalísimo! Porque, claro, a ver quién dice que es un hecho notorio sí o sí cuando hay un procedimiento penal abierto contra él.
De nuevo gracias por las críticas y comentarios. Un placer poder discutir así de estas cosas.
#14 Comment By josé luis On 2 febrero 2012 @ 10:02 am
Garzón, el nuevo Charles Bronson. Yo soy la justicia.
Hay algo peor que Garzón: las hordas garzonitas que le aplauden con las orejas.
Será que Muñoz Machado también es un fascista.
¡Cuánta razón tenía Gustavo Bueno cuando decía que tenía complejo de Jesucristo!.
Menudo espectáculo el de sus feligreses.
A quien le pueda interesar:
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#15 Comment By Juan Carlos On 2 febrero 2012 @ 11:52 am
Querido Andrés, intentaré ser más breve en esta ocasión y me limitaré a hacer algunas apreciaciones sobre lo que dices en tu último comentario.
– Yo creo que esa imagen de Garzón que han construido entre unos y otros de alguien que intenta «cambiar el mundo a golpe de instrucción penal» es falsa. Él es un juez que ha actuado en función de las denuncias que ha ido recibiendo, no ha buscado nada, lo que pasa que como buen juez que es ha ido hasta el final y con toda la fuerza de la ley de los asuntos que le han ido tocando. Eso de llevar 20 años en el puesto como algo malo, pues hombre, no sé, es posible, pero él ha intentado en alguna ocasión «ascender» de puesto y no se lo han permitido… Lo que no va a hacer es dimitir o volver a ser juez de primera instacia en Cuenca o en Móstoles.
Has sido tú el que ha hablado de cacerías iniciadas por Garzón y no yo, por eso pretendía saber de qué estabas hablando. Y lo poco que explicas sobre el tema lo sigues haciendo faltando a la verdad e inventándote cosas. Garzón nunca ha sido «el brazo ejecutor de la política antiterrorista del gobierno», más bien al contrario, él siempre ha ido por delante del gobierno de turno en la lucha contra ETA y en destapar las evidentes y notorias relaciones entre el aparato político y el aparato militar de la banda terrorista. A mí siempre me pareció que era mucho más lógico ilegalizar batasuna por la vía penal en base a pruebas y a hechos (lo que hizo Garzón) que inventarse una esperpéntica ley de partidos con tal fin como hizo el gobierno de Aznar.
Garzón era el juez indicado para investigar el GAL porque fue él el que llevo el caso antes de pasarse a la política y no lo reabrió cuando volvió al juzgado por revancha o por todo lo que se ha dicho. Lo reabrió simplemente porque fue entonces cuando Amedo va a verle y le cuenta todo.
En lo de Pinochet, pues bueno, está muy bien que a ti como jurista no te guste, pero a la justicia británica, nada más y nada menos que la justicia británica, sí que le gustó, porque le dio la razón a Garzón. Por cierto, en el caso de los crimenes del franquismo Garzón actuó de la misma forma que en el caso de Pinochet.
En lo de Egin, pues el Supremo dijo lo que dijo, pero no me parece en absoluto comparable lo de Egin con lo de Egunkaria. Sería como decir que se ha actuado de manera arbitraria contra Camps por el hecho de que ha sido declarado no culpable. Los indicios estaban ahí y eran más que razonables. Aunque bueno, sin conocer mucho el caso (mi memoria es limitada) sí que es un tema más discutible. Pero me resulta obvia la dificultad de luchar contra todo un engranaje político, social y económico que se había construido por parte de ETA en el País Vasco durante muchos años de cuasi impunidad absoluta.
– A mí lo que no me parece sensato es despachar los argumentos de la fiscalía con el argumento de que es parte interesada en el caso. No hombre, no, eso no vale. En ese escrito se dan argumentos, se cita jurisprudencia y se demuestra que la doctrina del TC no dice lo que tú dices que dice. Aunque entiendo que ante esa evidencia tengas que recurrir a cualquier cosa para despacharlo. Es obvio que la cosa no es tan clara como tú piensas.
Claro que se escuchan las conversaciones de abogados con sus clientes y que esa era la intención, porque es que aunque tú no lo quieras ver hay abogados corruptos y algunos de ellos están imputados en la trama. Había indicios de sobra de que Correa utilizaba a sus abogados para blanquear dinero y eso era lo que se estaba investigando. No tienes razón en esto y lo sabes: lo que tú estas pidiendo es que no se pueda investigar a un delicuente que utiliza a su abogado delicuente para seguir delinquiendo. Vamos, la impunidad. Lo explica claramente un catedrático de derecho constitucional al que creo que debes de conocer bien, ya que he visto que impartes clase en el máster que él dirige (por cierto, espero que el máster haya mejorado en estos años, lo que tampoco es muy díficil)
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Y precisamente hoy y con un carácter mucho más general [10]
Y si no que Balaguer te lo explique personalmente. Insisto en que puedes discrepar de Garzón, de Pedreira, del magistrado discrepante del TSJM, de la fiscalía, de Balaguer y de otros tantos juristas que tienen posiciones similares, pero lo que no puedes hacer es decir que la comunidad jurídica no tiene dudas sobre el tema. Y es mucho más feo y más grave inventarse doctrina del TC para intentar avalar tus argumentos, sobre todo es de especial gravedad que eso lo haga un jurista como tú.
Respecto a Rodríguez Morullo y su hijo pues es que vuelves a caer en el mismo error de siempre. Nadie espió ni ordenó espiar a Rodríguez Morullo ni a su hijo (por cierto, la actuación del hijo en el juicio a Garzón fue lamentable.Se ve que su padre no le ha enseñado muy bien a ser un buen abogado). Se espíaba a unos delicuentes que estaban en la cárcel y que utilizaban a otros abogados para blanquear dinero. Lo que es imposible es que el juez hiciera que se parara la cinta cuando entrara en acción Rodríguez Morullo o su abuela o su hijo.
– Los crímenes del franquismo. Obviamente creo que no tienes razón en lo que dices, pero no voy a volver sobre lo mismo. Basta ver y escuchar el testimonio de esa honorable anciana que compareció ayer ante el TS, María Martín se llama, que lleva 75 años buscando a su madre y en todo ese tiempo absolutamente nadie le ha ayudado a encontrarla… Sólo el juez Garzón y por eso le han sentado en el banquillo de los acusados. Es una vergüneza de dimensiones estratosféricas. Eso de que «no se iba a llegar a nada» es mentira, se iba a llegar a recuperar los miles y miles de cuerpos esparcidos por las cunetas de este lamentable país, por eso Garzón se inhibió en favor de los juzgados locales. Y se iba a llegar a algo mucho más imortante: amparar a María Martín y a miles de personas como ella. Como dijo Garzón ahí no había ideología ni nada que se le pareciera, lo que había eran miles y miles de víctimas que llevaban más de 70 años totalmente desamparadas.
Es evidente que no he cumplido mi premisa inicial de ser breve, lo siento. Mejor lo dejo aquí y doy por zanjada la discusión a la espera de una posible respuesta tuya, la cual leeré con mucho gusto, pero no responderé, entre otras cosas porque me parece lógico y natural al ser este tu blog y al haberme permitido discrepar de ti, que seas tú el que tengas la última palabra y cierres nuestra entretenida disputa, si quieres, claro está.
Ha sido un placer. Hasta la próxima…
#16 Comment By Andrés Boix Palop On 2 febrero 2012 @ 5:47 pm
Juan Carlos, yo lo voy a dejar aquí porque, la verdad, creo que a estas alturas está más o menos claro en qué coincidimos, en qué hemos podido medio conevencernos uno al otro y en qué no estamos de acuerdo y las razones por las que pensamos diferente. Para mí ha sido muy enriquecedor poder contrastar opiniones sobre este asunto de una manera tan civilizada e instructiva. Muchas gracias por los comentarios.
Un último apunte, a modo de personal conclusión. Me da la sensación de que, en el fondo, nos separan concepciones distintas de lo que ha de ser un proceso penal y su función en la sociedad. Creo que tú confías más que yo en la posibilidad de delimitar, identificar y señalar con el dedo ciertos comportamientos como especialmente chungas, y por eso te cuesta menos dudar de su existencia, prueba y de la conveniencia de que sean castigados. Yo soy más escéptico con todo eso. Por ese motivo doy importancia a las garantías, porque no me preocupa tanto que se escape algún sujeto con comportamientos chungos (ya que, de hecho, asumo que la propia definición de éstos a cargo de la sociedad y las mayorías dominantes del momento se encargan de dejar fuera muchas cosas, por no mencionar la inevitable arbitrariedad/discrecionalidad en la persecución) como que un supuesto consenso apriorístico sobre lo que supone (o quién es) el mal pueda desencadenar condenas penales sin frenos.
En fin, que un abrazo. Y gracias de nuevo por los comentarios.
#17 Comment By Horacio M LYNCH On 2 febrero 2012 @ 7:58 pm
Desde Argentina siempre vi a la figura de GARZON como la antítesis del arquetipo del juez – bajo perfil, ajustado a la ley y al procedimiento – y como una persona que, sin juzgar las intenciones, intenta transformar a la judicatura en su trampolín a la fama o a la carrera política (que intentó con menos suerte que DI PIETRO en Italia). Es claro que por más simpática o antipática que nos resulte, no es la misión que debe cumplir intentar ejercer la justicia universal y atemporal. Pienso cuán distinto se lo juzgaría si no tuviera posiciones afectas al progresismo, y que en vez de PINOCHET, se metiera con Fidel CASTRO y sus presos políticos. Sigo el juicio desde TVE y EL PAIS, y su pretensión de declarar con la toga de magistrado (que correctamente se la ordenan retirar) me pareció coherente con esa visión equivocada de lo que implica ser juez
REFLEXIONES SOBRE EL JUEZ Consejos de un viejo juez a su hijo que acaba de ser designado magistrado – Balanza de Astrea, o recta administración de la Justicia – (En Carta de un Togado anciano a un hijo suyo recién elevado a la Toga), [11]
#18 Comment By Andrés Boix Palop On 3 febrero 2012 @ 9:19 am
Caray, la carta. No es que me parezca mal gran parte de lo que dice o que no entienda el exceso de sentimentalismo que la hace no apta para diabéticos, pero es que, sobre todo, ¡es muy larga! Si un papá quiere que su hijo atienda a lo que dice y le pueda llegar a hacer algo de caso se impone más brevedad.
Comparto contigo, InVino, eso del mal rollo de sentirme en una pequeña comandita de españoles que, aislados a derecha e izquierda, te acaba encamando con gentes muy extrañas con las que no resulta estéticamente agradable estar. Siempre me queda la esperanza de que César y esa gente, tarde o temprano, asomen la patita como buenos españoles cualquier día y se cisquen en la Justica y el Estad de Derecho cuando afecte a sus amiguitos. Seríamos todavía menos, ¡Pero más puros!
#19 Comment By (InVino)Veritas On 3 febrero 2012 @ 12:54 am
Habra a quien todo esto le parezca una caceria filofascista y una salvajada, dado que los acusadores son una panda de gurtelianos corruptos y el acusado es el arcangel San Miguel de la justicia nacional (el unico que hace justicia, dicen algunos, como el zorro o batman). Pero conviene recordar que Garzon ordeno escuchas en el caso Necora, y estas fueron declaradas ilegales; cerro Egin acusando a todo cristo de terrorismo, pero luego aquello resulto que no, que muy terrorista no es que fuera… Vamos que ciertos antecedentes de pasarse los derechos de sus acusados por el arco del triunfo, digamos que nos constan. En ambos casos (sobre todo en el primero) Garzon se ha quejado publicamente de como funciona la justicia en Espanya. Y probablemente tenga mucha razon (aunque yo no comparto su aficion a las escuchas indiscriminadas en plan The Wire a las que nos acostumbra). Yo creo que el problema es que, como apuntan por ahi arriba, un juez no esta para eso, para eso estan (o deberian estar) los politicos.
Por cierto, el filofascista juez del caso y recusado por Garzon supuestamente por tener un «interes particular en la causa» (cual?, me pregunto yo…) fue fundador de Jueces para la Democracia, pero se ve que los oscuros contactos de la Falange llegan a todos lados. Lo cual me recuerda mucho a otra cancion. No se si la conoceran, se llama » Eso es ETA, tu eres ETA, ETA son los Demas». Al final va a ser verdad que uno tiene que escoger entre la ETA y la Falange. Lo de las dos Espanyas debe ser eso.
A mi , personalmente, lo que mas me fastidia no es el justicialismo de los fans de Garzon. Al fin y al cabo son coherentes con la vision redentora de la justicia que tiene su idolo. Lo que mas me jode de este asunto es coincidir con Cesar Vidal, cuando dice que en Espanya ni la izquierda ni la derecha han interiorizado del todo eso tan extranjero del «Imperio de la Ley». Sera que soy de la Falange??? Jesus que mal rollo.
#20 Comment By Juan Carlos On 3 febrero 2012 @ 10:10 am
Coincidís con César Vidal por las mismas razones que Luciano Varela coincide con la falange y los jueces conservadores. Si yo coincidiera en algo con César Vidal me lo haría mirar. Por cierto «César y esa gente» llevan toda la vida ciscándose en la justicia y el Estado de Derecho, quien no lo vea es que esta ciego…
Y bueno, basta ya de mentiras, mentiras y mentiras, que ni siquiera el ministro Wert miente tanto. Garzón jamás pidió ni pretendió declarar con la toga puesta. Eso es mentira.
Aunque es lógico que haya que mentir y decir chorradas, vaguedades y manipulaciones… A falta de argumentos jurídicos que argumenten la prevaricación de Garzón en cualquiera de los casos.
¡Que os vaya bien con César Vidal! A ver si le ayudáis a descubrir a los autores del 11M…
#21 Comment By (InVino)Veritas On 4 febrero 2012 @ 1:20 am
Dudo que la Falange coincida en las valoraciones del juez Varela, cuando escribe en su auto eso de «los horribles crimenes del franquismo». Es un fascista peculiar este juez. Supongo que podriamos llamarlo un Amigo de los Fascistas. Curiosamente a raiz del caso de Juana Chaos tambien le llamaron Amigo de los Terroristas. Que juez tan sociable.
En cualquier caso que conste en acta que yo no creo que Garzon sea culpable de prevaricacion, -para eso hace falta cierta intencion delictiva- y no me cabe ninguna duda de que Garzon consideraba que estaba obrando con justicia. Es mas, no me cabe duda alguna de que el mismo se considera la Justicia.
Lo que me resulta mucho mas inquietante es la posicion de los exegetas de Garzon, dispuestos a decir que si las escuchas del caso Necora fueron avaladas por Garzon y luego rechazadas por el tribunal, pues claramente el problema esta en el tribunal que las anula. Que si el Supremo no ve delito en Egin, donde Garzon lo vio tan claro (seguramente en algun amanecer de los que hablan sus hagiografas literarias); pues entonces el problema esta en el Supremo (claramente filoterrorista). No se a ustedes, pero a mi me preocupa bastante que el garzonismo no solo sea incapaz de la mas minima critica, sino que se dedique a colgar sanbenitos de fascista a quien muestren publica discrepancia de las obras del profeta. A mi, personalmente, que alguien que aplaude con las orejas a un juez que cerro injustamente un periodico, me diga que es cosa de fachas eso de ser estrictos con el derecho de defensa…que quieren que les diga, me da un poco de risa.
Lo triste del asunto es que, en el fondo, lo que transluce es el Volkgeist y la teoria del contagio. Hay unos buenos y lo que hacen es bueno, del mismo modo que hay unos malos y lo que hacen es malo. Un ejemplo de lo terrible del contagio es lo que apunta arriba Juan Carlos. Si Cesar Vidal dice que tanto la izquierda como la derecha espanyolas no acaban de interiorizar la idea del imperio de la ley, entonces necesariamente: a) tiene que ser mentira, porque lo dice Cesar Vidal, y b) si usted mantiene esa opinion durante cierto tiempo, automaticamente se le contagiaran (real o imaginariamente) el resto de ideas del sujeto. Es por eso, que Juan Carlos, si coincidiese en algun asunto con la opinion del citado Vidal, se lo haria mirar con urgencia, tiene miedo de contagiarse. Esto no es nada nuevo (ya decia Torquemada que el que anda por ahi con Judios acaba cortandose el pito y leyendo la Torah) y curiosamente era una de las teorias favoritas del ilustre Dr. Vallejo-Nagera, al que Garzon alude muchas veces en su auto sobre los crimenes del franquismo. Yo me andaria con cuidado, no vaya a ser que por la via de la exegenesis exagerada de un juez, acabemos pensando que todos los de enfrente son una banda de fascistas, incapaces de hacer el bien, incultos y adoctrinados, a los que mejor seria quitarles los ninyos, antes de que los contaminen de su perfidia. Curioso dia en el que, por evitar opiniones coincidentes con un fascista, acabemos actuando como uno.
#22 Comment By Marta Signes On 4 febrero 2012 @ 7:51 am
Plas, plas, plas…
Señor (InVino)Veritas, me ha alegrado Usted el día.
#23 Comment By Juan Carlos On 4 febrero 2012 @ 11:06 am
Es increíble como se pueden escribir tantas tonterías en tan poco tiempo.
La Falange, Varela, algunos otros jueces del Supremo, César Vidal y personas como tú coincidís en vuestro odio a Garzon. No en que seáis fascistas. Aquí el único que ha empleado el calificativo fascista has sido tú, en repetidas ocasiones y encima para acabar concluyendo que todos los que pensamos que Garzón es inocente y en general un buen juez, nos comportamos como fascistas y por supuesto todos somos la misma mierda, no ha lugar ni a pequeños matices. Cuando en verdad el único que utiliza lo del Volkgeist eres tú y gente como tú, eres tú el que distingue entre buenos y malos cuando metes en el mismo saco y hablas con ese desprecio de los «exegetas de Garzón», del «garzonismo», antes se hablaba de «hordas garzonitas», y te pones a hablar de torquemada, de fascismo… tú te lo guisas y tú te lo comes… en una actitud que ni mucho menos calificaré de fascista, pero que muy demcorática no es.
El que no acaba de interiorizar el imperio de la ley es César Vidal, que lleva años diciendo barbaridades y locuras sobre el caso del 11M e insultando a diestro y a siniestro a todo el que no le gusta. Un personaje execrable y repugnante donde los haya. Esa frase de que ni la izquierda ni la derecha ha aceptado el imperio de la ley es una gilipollez, aparte de una banalidad y una generalización absurda y sin sentido, muy típica de un discurso populista y barato. Pero eso es lo que tiene el populismo, que luego los papagagallos lo tienen muy sencillo para ir repitiéndolo por ahí, pensando que están diciendo algo muy profundo, cuando en verdad están diciendo una chorrada, otra más.
Por cierto, esa hagiografía literaria a la que haces referencia la escribió una importante periodista de El Mundo e ilustre miembro del Opus Dei.
#24 Comment By josé luis On 4 febrero 2012 @ 8:54 pm
«Aquí el único que ha empleado el calificativo fascista has sido tú, en repetidas ocasiones».
Pues debimos leer mal lo de: «Y es que el mensaje del Supremo es demoledor: una panda de criminales puede procesar al juez que los destapó y la derecha fascista puede sentar en el banquillo al juez que pretendió investigar los crimenes que esa derecha fascista cometió».
Es sorprendente a lo que hace llegar el fanatismo.
#25 Comment By Juan Carlos On 5 febrero 2012 @ 9:56 am
He de reconocer que lo de manipular se os da bien. En ese párrafo citado estaba hablando de los fascistas, porque Franco era un fascista asesino y la falange es la derecha fascista. Quien piense que ahí me estaba refiriendo a Varela es que está muy mal de la cabeza. Yo el término fascista se lo aplico a los que son fascistas y no lo utilizo alegremente contra cualquiera que discrepe de mí o contra los que piensen que Garzón es un mal juez o incluso contra aquellos que piensan que es un juez prevaricador y tampoco lo utilizo contra los que me meten en el saco de las «hordas garzonitas» o en el «garzonismo» y me acusan de comportarme como un fascista…
Pero en fin, ya digo que lo entiendo y me parece lógico que tengáis que mentir, manipular, hablar de lo fascista que somos los defensores de Garzón, de Egin, del caso Nécora, de Torquemada y de no sé cuantas chorradas más, porque claro, argumentos jurídicos sobre la posible prevaricación de Garzón ni uno solo. Rebatir los argumentos del documento de la fiscalía que enlacé mucho más arriba ¿Para qué?. Es mucho más divertido hacer una causa general contra Garzón y citar para ello a César Vidal. ¿Y vosotros sois los defensores de las garantías procesales y de la Justicia? ¡Válgame Dios!
#26 Comment By Rejota On 7 febrero 2012 @ 5:07 pm
Este post ya lo he leído anteriormente, a ver, ya me acuerdo, era Juego de Togas…
#27 Comment By Andrés Boix Palop On 9 febrero 2012 @ 12:02 pm
Muy bien visto, Rejota, muy bien visto.
#28 Comment By josé luis On 9 febrero 2012 @ 1:58 pm
La primera sentencia y por unanimidad, dicen.
#29 Comment By pepito71 On 9 febrero 2012 @ 3:32 pm
Ya hay sentencia por Gürtel: 11 años de inhabilitación.
#30 Comment By Mini On 9 febrero 2012 @ 7:28 pm
Leida la Sentencia es absolutamente demoledora. Sería de recomendable lectura por el Sr. Juan Carlos, pues se motiva la prevaricación más que sobradamente.
#31 Comment By josé luis On 10 febrero 2012 @ 10:07 am
Contra el fanatismo no caben argumentos. Es un esfuerzo en vano.
#32 Comment By Juan Carlos On 10 febrero 2012 @ 12:07 pm
Ya que se me nombra, diré que la sentencia del Supremo es una barbaridad y un cúmulo de despropósitos uno detrás de otro. No repetiré todos los argumentos dados con anterioridad (que siguen siendo plenamente válidos), me limitaré a enlazar un artículo de José Yoldy, alguien que cuenta con la simpatía del autor de este blog, en el que se demuestra que los abogados no hablaban en prisión de lo azul que estaba el cielo ni de cual iba a ser su estrategia de defensa, hablaban de cómo mantener a salvo el dinero de sus delicuentes defendidos… [12]
El mismo Yoldi escribía un artículo hace casi tres años que leído hoy en dia es estremecedor [13] ya que ahí anticipaba lo que le iba pasar a Garzón por el mismo TS que absolvió del delito de prevaricación al juez de Urquía, un tiparraco que cobró 73.000 euros de Roca por hacer que se prohibiera la emisión de un programa de TV, pero claro, eso no es prevaricación y lo de Garzón sí, que ordenó unas escuchas con la anuencia de la fiscalía, escuchas que fueron prorrogadas por el juez Pedreira y consideradas legales por otro juez del TSJM ¿Dónde está ahí la prevaricacíón? ¿Dónde lo inaudito de la resolución de Garzón?. Sobre el derecho de defensa es muy esclarecedor leer el artículo de Mercedes Gallizo en El País de hoy [14]
Pero en fin, da igual, no pasa nada, entiendo que estéis muy contentos porque han echado al juez que tanto odiáis. Vosotros y todos los chorizos y mafiosos de este país, que ahora saben perfectamente que siempre podrán poner su dinero a salvo con la colaboración de sus abogados, el Tribunal Supremo de España les ampara.
#33 Comment By Javier Muñoz On 10 febrero 2012 @ 6:27 pm
La sentencia es durísima, pero se ha dictado por unanimidad, y no lo olvidemos, por el máximo órgano jurisdiccional en España. Aquí está en pdf, para quien no la haya leído aún:
[15]
#34 Comment By (InVino)Veritas On 11 febrero 2012 @ 1:13 am
Y los demas que?
Me gusta ese argumento, es muy socorrido. Uno siempre puede acudir a el cuando le pillan haciendo algo inconveniente, porque en Espanta el que grita «y los demas que?» casi siempre suele tener su parte de razon. En el caso Garzon, como en tantos otros, pasa igual.
Pero en esta fiesta que celebramos juntos «nosotros y todos los chorizos y los mafiosos de este pais», junto a unos cuantos fascistas y los magistrados del Tribunal Supremo (que se han pasado a saludar), creo que no todo el mundo esta tan contento. A mi personalmente me duele bastante constatar que la inmensa mayoria de la izquierda mediatica, politica y sociologica del pais arroja la razon por la ventana cuando se trata de defender a uno de «los nuestros» (y mientras escribo esto, caigo en la cuenta de que ese es, precisamente, el titulo de uno de los libros-molotov de Federico Jimenez Losantos, y me entra como un escalofrio del susto).
Arrojar la razon por la ventana es decir, como dice Yoldi, que dado que algunos abogados si que recibian instrucciones para movilizar capitales, las escuchas eran legales. No, no lo eran. Porque, en primer lugar, no todos los intervenidos resultaron ser delincuentes y no puede justificarse el atropello gratuito de los derechos fundamentales de unos, por prevenir los delitos de otros. Incluso aunque alguno de los escuchados hubiese confesado que pertenecia a una secta de pederastas canibales, las escuchas seguirian siendo ilegales. Y porque, en segundo lugar, la ley dice que dado lo excepcional de la medida, para interceptar las comunicaciones abogado-cliente, han de cumplirse unos requisitos excepcionales que aqui no se daban. Nadie ha dudado nunca de que la fiscalia no contaba con pruebas que justificasen las escuchas a priori. El debate en el TSJM se centro en considerar si se anulaban todas las escuchas o solamente aquellas en las que no se habian encontrado indicios de delito. El tribunal considero (yo creo que muy sensatamente) que obtener pruebas a posteriori con procedimientos que no pueden justificarse a priori no es legal. Salvando las distancias, argumentos similares podrian utilizarse para intervenir las comunicaciones de todos los presos, ya que muchos son bastante mala gente y seguramente alguno conspira para cometer delitos.
Prevaricaba Garzon? Yo personalmente creo que no, por los motivos arriba expuestos, aunque creo que existian dudas mas que razonables sobre la legalidad de sus acciones como para llevarlo a juicio. Odio a Garzon? No, creo que no. En realidad me gusta lo que hizo en los GAL, como tambien me gusta, en el fondo, su forma de explotar los recovecos legales para, por ejemplo, declarase competente y perseguir a Pinochet por toda Inglaterra. Se que no es lo que se espera de un juez, pero no puedo evitar sentir cierta simpatia culpable.
Yo creo que en realidad lo que odio es ver como la mayor parte de la izquiera defenestra sus principios en defensa de un santo que no es tal. Odio ver como se sataniza a los jueces que lo tienen que juzgar por el mero hecho de osar a tocarlo. Odio ver como se liquida el debate racional sobre el asunto al grito de «con nosotros o con ellos». Odio que una izquierda que declara sus altos ideales no vea absolutamente ningun problema etico en que Garzon se declarase competente en el caso Botin, cuando Botin mismo financiaba (no me cabe duda que legalmente) los cursos del juez que luego habria que juzgarlo. Odio que cuando alguien recuerda que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condeno a Espanya por la rocambolesca operacion de Garzon contra el terrorismo catalan (por no investigar presuntos delitos de torturas, ni mas ni menos) la respuesta sea que eso fueron todo malentendidos y que ademas las torturas nunca se probaron. Yo lo que odio, Juan Carlos, es constatar lo facil que la razon es aniquilada, los principios ignorados y la ideologia reducida a una estetica y a una hinchada. Yo lo que odio en el fondo, Juan Carlos, es el sintoma que tus opiniones representan y la intima conviccion de que son ilustrativas de lo que es, a dia de hoy, la izquierda en Espanya.
#35 Comment By Andrés Boix Palop On 11 febrero 2012 @ 9:18 am
La verdad es que tras leer lo que dice InVino(Veritas) no tengo nada más que decir porque suscribo punto por punto lo que dices. Como votante muchas veces de Izquierda Unida estoy abochornado escuchando a Llamazares y Cayo Lara. En mi descargo diré que nunca pensé que al votarles estaba respaldando un modelo de escuchas ilegales y de investigación penal propios de regímenes totalitarios.
#36 Comment By Juan Carlos On 11 febrero 2012 @ 10:11 am
InVino(Veritas): No te olvides de sumar a esa fiesta a ETA, a Batasuna, a Bildu y Aralar, que también están tocando la zambomba.
Yo creo que he dado sobrados argumentos para defender que Garzón no prevaricó. Todo lo demás son zarandajas y chorradas. La legalidad de las escuchas es discutible, un tema abierto a controversia jurídica, aunque es obvio que el TSJM las declaró ilegales…
La prevaricación no es discutible. Es cristalino que Garzón no prevaricó. Vosotros confundís ambos planos y lo mezcláis todo, cuando sabéis perfectamente que Garzón no prevaricó y que el Supremo se ha saltado toda su jurisprudencia sobre la prevaricación judicial. Si de verdad os interesara la justicia, los juicios justos y el derecho a la defensa es eso lo único que tendriáis que estar diciendo ahora: que un hombre inocente ha sido condenado injustamente. Y todas vuestras críticas y dicrepancias con Garzón (muy legítimas) dejarlas para otro momento, pero claro, para hacer eso, hay que tener grandeza y a que uno realmente le preocupe la Justica.
#37 Comment By josé luis On 11 febrero 2012 @ 3:31 pm
La prevaricación no es discutible. Está más que cristalino que Garzón prevaricó, que vulneró a sabiendas y de la forma más burda el derecho de defensa.
La condena es absolutamente ajustada a Derecho y servirá de aviso a navegantes para que sepan que no todo vale y que nadie está por encima de la Ley. Por de pronto la Audiencia Nacional deberá poner coto a sus desmanes.
Todo lo demás son zarandajas, feligresía y desprecio a las más elementales garantías de un Estado de Derecho. Eso cualquier estudiante de primero de Derecho lo sabe.
Por otra parte a mí no me sorprende nada que la izquierda apoye un Estado policial. Va de suyo.
#38 Comment By Juan Carlos On 12 febrero 2012 @ 11:43 am
Bravo José Luis, se ve que sacas provecho de ver Intereconomía ¡Sigue así!
Para la prevaricación y demás me remito a mi último comentario (el número 51) en la entrada de «Derecho de defensa»
#39 Comment By josé luis On 12 febrero 2012 @ 7:41 pm
Y yo a la tesis que enlacé, aunque entiendo que es demasiado extensa para alguien que se alimenta de artículos periodísticos.
Lo extraño es que los fieles de Garzón no se den cuenta que repiten los mismos argumentos que en su día expuso Bush hijo para cercenar derechos y garantías constitucionales. Claro que él tenía como excusa el terrorismo, ustedes ni eso.
#40 Comment By Juan Carlos On 13 febrero 2012 @ 6:49 am
Veo que no has leído nada de lo que yo he escrito ni enlazado… Me parece lógico, es otra de las consecuencias de ver tanto Intereconomía. Por lo tanto es absolutamente inútil que yo vuelva a decir aquí que la postura de Garzón es compartida por fiscales, magistrados e insignes catedráticos, lo cual imposibilita por completo la prevaricación. Pero a tí José Luis, como a los espectadores de Intereconomía, todo esto te da igual, por un oído te entra y por otro te sale, como todos los argumentos que contradigan tu prejuiciosa posición: Garzón es prevaricador, Garzón es prevaricador, Garzón es prevaricador, Garzón es prevaricador… Así hasta el infinito.
#41 Comment By Johny Menteré On 17 febrero 2012 @ 10:41 am
Que barbaridad… aunque se empiece con un debate sosegado, contrastando argumentos, pasa el rato y hala!!! las dos Españas y vosotros sois los fascistas, nosotros y ellos… es que por mucho barniz democrático que queramos tener, la cabra tira al monte.
¡¡Como gustan los todo o nada!! No hay resquicio para la duda ni para la divergencia, o estais con los mios o estais enfrente.
Solo tendría una duda, es Garzón y los miembros del tribunal supremo un reflejo de nosotros mismos?
#42 Comment By Andrés Boix Palop On 17 febrero 2012 @ 12:05 pm
Ahí le he visto, Sr. Menteré (Johny) muy acertado. Un abrazo.
#43 Pingback By Maketo power » CT, versión jurisprudencia On 11 marzo 2012 @ 10:22 pm
[…] TS ha decidido absolver al ya felizmente exjuez Baltasar Garzón por el caso de su muy prudente -ni Fraga, ni Martín Villa, ni el Borbón, etc.- investigación […]
#44 Comment By Higinio On 19 abril 2012 @ 8:53 pm
Informar de la conciencia justilosofica con relucia en la practica en conferencia de garzon