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Por lo visto, en España hay dos millones de mujeres que padecen violencia machista. Es la razón que mueve a todos los partidos políticos a vivir instalados en un cenagoso consenso que quedó plasmado en la Ley integral contra la violencia de género. Los resultados logrados por la norma son tan espectaculares que los apologetas del texto están teniendo que revisar el discurso: cada vez hay más casos de violencia de género. Y no puede alegarse que la ley haya hecho aflorar las denuncias (es obvio que lo ha hecho, muchas de ellas denuncias falsas). Porque de lo que estamos hablando es, además, de asesinatos. Ahora, sencillamente, hay más que antes. No se trata de que estén apareciendo cadáveres que antes, por miedo a qué dirán los vecinos, se guardasen en el ámbito doméstico por eso de lavar los paños sucios en casa. No, se trata de que, a pesar de la ley (o gracias a ciertos efectos colaterales de todo el show jurídico y mediático que tenemos ahora montado), el número de asesinatos no para de crecer. Es tanto más sorprendente cuanto que hace unos años estaba estabilizado.
Cualquier sociedad sana tiene un índice de crímenes. También de asesinatos. En una frase antológica, el ya ex-secretario de Defensa estadounidense Donald Rumsfeld lo definió, por una vez, a la perfección: «Freedom is untidy« dijo (se refería a los desórdenes que se produjeron en Irak a gran escala tras la «liberación). Tenía, en sentido amplio, toda la razón. Porque pretender la paz y tranquilidad absolutas, si acaso hay alguien que crea que es posible, sólo podría conseguirse por el directo expediente de apelar a la paz de los cementerios. Por eso tienen toda la razón en exculpar a la ley del aumento de los crímenes quienes han señalado, con acierto, que no porque siga habiendo robos se deroga el Código penal, que en absoluto que siga habiendo asesinatos demuestra que éstos son algo aceptable y que hay que revisar las normas que los prohiben.
Lamentablemente, sin embargo, en el caso que nos ocupa, siendo todo lo argumentado cierto tampoco constituye toda la verdad. Hay más. Hay más elementos de juicio que han de ser tenidos en consideración. No podemos despachar el asunto así, sin más. Porque la Ley integral contra la violencia doméstica contiene derogaciones del principio de igualdad ante la ley penal, supuestos de agravación de penas que dependen de la condición subjetiva del agresor o del agredido y, en general, una vocación represiva inaceptable en un Estado de Derecho que, más allá de lo que sentencie en su momento el Tribunal Constitucional, conforman un panorama preocupante. Esta vocación represiva, plasmada en la eliminación de garantías tanto procesales como materiales para cualquier acusado de estos delitos, en el aumento de penas, en la recompensa económica que reciben los diveros agentes del Estado cuando logran condenas, incluso en el ¡incentivo económico a los abogados de oficio para que acepten penas para sus clientes! (en algunas Comunidades Autónomas un abogado de oficio cobra más por una conformidad -que además le supone mucho menos trabajo- que por trabajarse una defensa que llegue a la vista oral), es lo más cercano a matar moscas a cañonazos, a olvidar la condición de ultima ratio del Derecho penal, a dejarse llevar por la nefanda lógica de la paz de los cementerios, que puede verse en España. O quizás no, pero sí la realización más lamentable que, en esta dirección, se ha realizado con el acuerdo de todos los partidos politicos.
La lógica que inspira esta Ley integral contra la violencia doméstica supone llevar al paroxismo los mismos errores de orientación que en la mas reciente política criminal han supuesto notables mermas de garantías (incluyendo la presunción de inocencia), así como un atasco tremendo de nuestros tribunales penales, llamados a actuar ante casi cualquier incidente. Un servidor, que ni personal ni familiarmente puede decirse que provenga del lumpen social más habitualmente asociado a tener problemas con el Derecho penal, está en la actualidad rodeado de personas (lo que incluye también, por cierto, a respetables jueces, abogados, fiscales, profesores de instituto o Universidad) con causas penales abiertas. Normalmente por chorradas alucinantes. En algunos casos, también, por violencia de género. El anecdotario al respecto podría ser eterno y, más allá de permitir echar unas risas, en el fondo desolador (denuncias falsas alentadas por los equipos de psicólogas pagados para obtener «resultados», expulsiones de extranjeros denunciados por mujeres engañadas que no tienen medios propios de subsistencia y que quedan en situacion de desamparo porque nadie les informó de las consecuencias de su denuncia, parejas de ancianos que pactan la denuncia y acuden juntos a recibir la «paga» que corresponde a la mujer, supuestos en los que caídas en un local público cuando un hombre está ayudando a su cónyuge a levantarse del asiento a la vista de decenas de testigos comportan la retirada de la patria potestad al padre y a la madre que supuestamente le encubre por no denunciarle como responsable de la torcedura de tobillo subsiguiente…). Pero así están las cosas. La Ley integral contra la violencia doméstica, en esta misma línea, sigue la política de criminalización, eliminación de garantías e hipertrofia de la respuesta punitiva que, por lo visto, tan buena prensa logra. De aplauso de la opinión pública en aplauso de la opinión pública, hemos perdido de vista qué ha de ser un proceso penal, a qué fines sirve y qué riesgos sociales está llamado a conjurar. Pero, además, la ley de marras ahonda en estos defectos con la previsión de medidas, si cabe, más aberrantes, como las conocidas (e inconstitucionales, algo que puede decirse tranquilamente incluso aunque el Tribunal Constitucional no se haya pronunciado aún) discriminaciones por razón de géneros (de sexo, que decía la Constitución). Y no vale que se me diga que junto a estos casos la ley está logrando también condenas justas. ¡Faltaría más! El problema es que las normas penales han de lograr condenas justas sin suponer el sínnumero cuadro de aberraciones que están dibujándose todos los días por los juzgados de violencia doméstica de España. Un solo caso de los señalados ya sería suficiente para alertar de que algo falla. ¡Qué no habrá que decir de los efectos de una norma que avergüenza a cualquier jurista responsable que haya tenido contacto con su aplicación práctica! ¿O acaso nos olvidamos del viejo adagio referente a la gravedad de condenar a un solo inocente?
Y cabe recordar, es de hecho pertinente, que todas estas aberraciones las consentimos, han de ser soportadas, en aras a lograr, nos dijeron en su momento (aunque no aceptáramos es lógica, no tuvimos más remedio que tragárnosla legislación mediante) una mayor eficacia. Las salvajadas jurídicas que contenía la ley de violencia de género, se nos decía, bien estaban porque ayudarían a resolver el problema, a paliarlo al menos. Y es aquí donde hemos de retornar lo que comentábamos antes porque, en efecto, una ley no ha de ser derogada porque no sea eficaz, porque siga habiendo crímenes. Incluso aunque haya más tras su aprobación. Pero sí ha de serlo cuando es una mala ley que ni resuelve ningún problema ni tiene visos de lograrlo en el futuro y que, para más inri, acaba creando otros, adicionales, y también muy graves.
A la vista está la incapacidad de la Ley integral de resolver el problema. Porque, como muchos dijimos en su día, no son ésas las medidas adecuadas para afrontarlo. Por eso, y porque era en potencia generadora de importantes quiebras a la seguridad jurídica y las garantías (como se ha demostrado), no tendría nunca que haberse aprobado. Nadie pareció querer darse por enterado, al amparo del argumento de la eficacia. Así que, por repugnante que sea tener que emplearlo, dado que es lo único que nos queda (si apelamos a principios somos tachados de peligrosos moralistas, de ingenuos biempensantes, de cómplices de los delincuentes), encomendémonos en esta hora a la Diosa de la eficacia y preguntémonos por los motivos que avalarían la continuidad de una norma que ha demostrado no servir para atajar el problema, que ha probado fehacientemente que es como mínimo un instrumento igual de ineficaz que el modelo represor anterior. Volvamos, pues, a las viejas normas, al tradicional sistema de represión anterior a estos engendros discriminadores, establezcamos una misma pena para cualquier persona que mate a otra (con sus correspondientes agravantes si concurre una situación de superioridad, o alevosía, o lo que sea) y, al menos, ahórremonos la vergüenza de las condenas que, si no actúa el Tribunal Constitucional, nos lloverán en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
15 comentarios en Dos millones de maltratadas
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En La Red desde septiembre de 2006
La causa de la violncia de género es principalmente de educación y eso en dos días no lo va a solucionar una ley.
Para luchar contra cualquier persona que maltrata,en el ámbito de la familia u otros, ya hay instrumentos. Que la discriminación positiva no tenga que llegar al ámbito penal…, quizás.
Que cada vez hay más casos de violencia de género…, es llamativo, ¿tienen las noticias de sucesos un efecto llamada?
Que sea porque antes se guardaban los muertos en casa, me extraña.
Que las medidas sociales que adoptan los gobiernos muchas veces están vacías de contenido real, sí. Volvemos lo de la venta. Hoy se habla de lo de la ley de dependencia. Más de lo mismo. ¿Para cuando un comentario complaciente con alguna medida que se adopte en una comunidad autónoma o en el estado o en otro país?.
Comentario escrito por maría — 23 de noviembre de 2006 a las 6:01 pm
¿Discrimación positiva? Será negativa, más bien. Discriminación, vamos. Constitucionalmente vedada ex art. 14. Y no digamos si es para aumentar las penas de prisión o reducir las garantías. Ya puestos, trasladando mutatis mutandis los argumentos que se dan para justificar este trato diferencial a los varones, habría que agravar las penas a los gitanos en los robos de gallinas y de naranjas o en los delitos contra la salud pública. Por no hablar del necesario agravamiento de penas para los homosexuales en los delitos contra la libertad sexual de menores.
El ideario que subyace en los apologetas de la ley está excelentemente bien reflejado en el artículo que enlazaba más arriba de la tal Inmaculada Montalbán Huertas:
– La ley es un éxito porque ha incrementado el número de denuncias (esto se juzga como algo bueno en sí), con el solo pero de que todavía queda camino por recorrer hasta lograr que haya unos 2 millones, que es lo que la tipa en cuestión entiende como positivo (meter a 2 millones de personas en la cárcel supondrá bastante problemas, además de lo que implicará para el sistema penitenciario, sociales, porque de alguna parte habrá que sacar a esos 2 millones de presos, que tendrán sus familias, sus trabajos… afortunadamnete jueces como la que escribe el artículo están encontrando una excelente solución en las bolsas de inmigración, a quienes se está aplicando la ley de manera rutilante -a fin de cuentas son moros o sudacas, oiga; han de conformarse con los abogados de oficio; nadie se preocupa demasiado de ellos…).
– La ley es un éxito porque aporta culturea anti-violencia. A la vista está. Que cada vez haya más asesinatos no se entiende muy bien qué tendrá que ver con estos notables avances culturales para erradicar la lacra de la violencia machista. Pero tampoco es algo que parezca inquietar en exceso a la jueza.
– La ley es un éxito porque logra muchas condenas. Este criterio es fantástico. Si nos ponemos a ello con voluntad seguro que podemos lograr un gran éxito aplicando no ya esta ley sino muchas otras. Probablemente una solución sería, como se hace ahora en estos casos, que siempre los jueces se vieran económicamente recompensados cuanto más condenaran. Otra cosa es, como ciudadano, qué pensaríamos de un sistema (cuando estemos frente al juez como acusados) que le da beneficios laborales y económicos si nos condena. O de un sistema donde los inspectores de hacienda cobraran más si nos acusan de defraudar (¿ah, que esto ya pasa?, ¡qué bien!), los agentes de tráfico cuantas más sanciones impusieran o los psicólogos cuantos más abusos sexuales a menores «intuyeran».
– La ley es un éxito porque ha creado juzgados especializados y tal. La pega es que faltan todavía más. Esta argumentación desconoce los terribles efectos de las jurisdicciones represoras especiales, que en todo el mundo aconsejaron su supresión.
Lo siento mucho, pero mientras sigan apareciendo maravillas de este tipo tardaré en dedicarme a jalear medidas oportunas de gobiernos o legisladores autonómicos, estatales, europeos… Esto es más importante y más divertido.
Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 23 de noviembre de 2006 a las 6:48 pm
Andrés, ¿por qué unes en una misma frase la palabra «homosexual» con la expresión «libertad sexual de menores», dando a entender que todo homosexual atente contra la libertad sexual de algún menor en su vida? Aunque sea un ejemplo puesto expreso para que derive al absurdo, me parece desarcertadísimo. Algo que por otra parte se da de bruces con su acertado post original.
Comentario escrito por Rubén — 24 de noviembre de 2006 a las 7:48 am
I la violència psicològica i emocional que (algunes) dones exerceixen sobre els homes? La violència de gènere és molt més que l’agressió física d’homes contra les dones, encara que aquest sigui el fenomen més greu.
Comentario escrito por Xman — 24 de noviembre de 2006 a las 9:40 am
Hola Rubén, pretendo señalar únicamente que ya puestos, la misma visión tiene una parte de la sociedad, al amparo de mayores tasas de relativas de comisión de ciertos delitos (que es lo que ocurre con los hombres y los maltratos a mujeres) respecto de gitanos (y ciertos delitos socioeconómicos) u homosexuales (en relación a delitos de abusos a menores). De la misma manera que el hecho de que más hombres que mujeres peguen a sus parejas no creo que informe en absoluto sobre el carácter de un hombre en concreto ni deba suponer la adopción de leyes penales especiales, restrictivas de derechos o que impliquen la enervación de la presunción de inocencia y la adopción de todo tipo de medidas cautelares con la simple denuncia del presunto ofendido, tampoco creo que haya de hacerse lo propio con los gitanos por el simple hecho estadístico de que hay un mayor porcentaje de gitanos que de payos que estén implicados (según las estadísticas oficiales disponibles) en delitos de tráfico de drogas. O con los homosexuales, por mucho que también las estadísticas oficiales den cuenta de un mayor porcentaje de abusos a menores de tipo pedófilo del que corresponderia en proporción al número de homosexuales de nuestra sociedad.
Ponía el ejemplo para dar una idea de cuán repugnante es basar en desviaciones de la norma estadística como las señaladas procesos de criminalización de todo un colectivo. Y más todavía si de ello se derivan disposiciones penales especiales. Y empleaba el término de comparación de gitanos y homosexales porque son colectivos con los que, afortunadamente, la sociedad ha entendido que no ha de permitirse discriminaciones ni generalizaciones injustas.
Lamento la confusión, dado que mi mensaje al parecer la propiciaba.
Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 24 de noviembre de 2006 a las 11:19 am
Por eso de poner bien a quien lo merece, acabo de leer un impecable artículo de Nicolás García Rivas en la edición de hoy de El País, criticando con toda la razón y con formas exqusitas pero la dureza en el fondo que merece, la sentencia de la Audiencia nacional que condena a De Juan Chaos.
Es la misma lógica, siempre, trasladada a otro supuesto: un Derecho penal de excepción (en este caso no por el texto legal, aunque en algunas cosas también, sino por la interpretación judicial) que se aplica más duro y con menos garantías a ciertas personas (en este caso, los miembros de ETA) por lo que son, no por lo que hacen. Derecho penal del enemigo, lo llaman los que lo justifican dogmáticamente. Con el enemigo, a saco, dirían en la calle, en plan bruto. El problema es que se empieza con los enemigos y luego se sigue con los conflictos como haya quien tenga poder para definir enemigos de manera que ya no sea de nuestro gusto.
Un Estado de Derecho merece un Derecho penal de la acción, no del sujeto que la comete.
Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 24 de noviembre de 2006 a las 7:31 pm
Hola:
Bien por Andrés. Probablemente la ley anti-macho fue el momento en el que se me qeudó más cara de tonto de todo lo que llevamos de legislatura, por el apoyo de todos los partidos al tema.
Mal por Andrés por la disculpa por la frase que relacionaba homosexualidad y pederastia, que están tan relacionadas estadísticamente como masculinidad y violencia de sexo-que no de género- o renta per cápita y delincuencia, si comparamos pueblos y ciudades.
Saludos,
pep
Comentario escrito por popota — 25 de noviembre de 2006 a las 1:00 am
Andrés, eres un homófobo.
Bromas aparte, creo que los ejemplos que has puesto son aparentemente muy acertados (digo aparentemente porque desconozco si hay estadísticas fiables que indican que la ratio abusos pedófilos cometidos por homosexuales/población homosexual es mayor que la ratio abusos pedófilos cometidos por heterosexuales/población heterosexual, pero si dices que existen, no lo pongo en duda). Si nos parece repugnante castigar más duramente a un gitano que ha traficado con drogas que a un payo que ha hecho exactamente lo mismo, también debería repugnarnos el imponer una pena mayor al hombre que ha maltratado a una mujer que a la mujer que ha dado el mismo maltrato a un hombre. El pertenecer a un grupo social que, según las estadísticas, tiene una tasa especialmente elevada de comisión de determinados delitos no debería ser una causa de agravación de la pena, me parece.
Estoy convencido de que hay buenas razones que justifican esta tesis, aunque ahora mismo no me apetece tratar de encontrarlas. Además, mis conocimientos de Derecho penal son muy precarios. Seguro de que sabrás rociarnos una vez más con tu sabiduría jurídica y explicarnos el fundamento de este principio del Derecho penal moderno.
Comentario escrito por Gabriel — 25 de noviembre de 2006 a las 1:47 pm
Aún hay más, el Gobierno promoverá el ostracismo.
http://www.elmundo.es/elmundo/2006/11/25/espana/1164468466.html?a=2e60d818a30354e5e8eba6b3262c40bc&t=1164471855
Un saludo
Comentario escrito por Jesús Ll. — 25 de noviembre de 2006 a las 4:26 pm
Uhm…no estoy de acuerdo. Lo que se podría decir es que la ley falla al pronosticar y tener en cuenta otros factores, como por ejemplo que los medios de comunicación den demasiada publicidad a ciertos sucesos, posiblemente llegando a influenciar, o que la picaresca no es cosa del pasado, sino que sigue a la orden de día. Lo que esto refleja es que es muy difícil aplicar leyes a una sociedad cada vez más heterogénea. A no ser que las variables de todos los ciudadanos sean tomados en cuenta. Me atrevería a decir que una ley perfecta es un sueño de la era de los ciber-humanos, cuando todos tengamos un chip controlado centralmente, que nos diga cómo y lo que pensar. Aunque no habrá mucho de libertad entonces.
Lo que se dice arriba, y lo que considero una aberración, es que el aumento de asesinatos esté causado por una ley. No creo que una ley de estas características incite a alguien a matar. Otra cosa son los efectos indirectos no deseados, como que haya gente que abuse de la ley, o el morbo de los medios de comunicación. Lo que me gustaría saber es qué ley se sigue a rajatabla por el 100% de la población. Seguramente algún familiar-amigo-conocido vuestro, esté disfrutando el paro mientras trabaja cobrando dinero negro, o evada impuestos, o se salte un semáforo de vez en cuando, o su padre le consiga medicinas con la tarjeta de pensionista, o venda marihuana de producción propia, o se baje pelis y música de internet, o en el puti del vecindario haya una inmigrante ejerciendo contra su voluntad, o alguien venda un piso de protección oficial a precios desorbitados…
Quizás haya algún caso en el que alguien denució a su pareja por maltrato psicológico, cuando él le obligó a tragarse todos los episodios de StarTrek en un domingo soleado, cosa que obligó al gobierno a replantearse lo que se entiende por maltrato psicológico. Aquí culpas a partes iguales.
A ver si crecemos y empezamos a sacar la cabecita de la espiral de expresar nuestra frustración, sin ni siquiera intentar hacer algo para cambiar las cosas, o aportar soluciones. Al parecer lo que más nos gusta ejercitar es el critiqueo masivo desde la comodidad de la silla del ordenador, que es lo fácil y luego se duerme mejor por la noche – ya veréis que bien duermo hoy ;).
Comentario escrito por Stress — 27 de noviembre de 2006 a las 12:05 pm
Constato que han saltado todas las alarmas cuando se apela al prejuicio de que los homosexuales puedan tener estadísticamente una mayor incidencia de prcedimientos penales en ciertos delitos pero que nadie ha osado poner en cuestión que las personas de etnia gitana cometan, a su vez, ciertos delitos en mayor número. Es cuando menos curioso.
Como no tengo ahora mucho tiempo, me permito de momento sólo esta maldad rápida y con más tiempo contesto a vuestros interesantes comentarios. Paso también el comentario de Gabriel al hilo de expropiación, si me aclaro sobre cómo hacerlo. Para responder también allí con más tiempo.
Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 27 de noviembre de 2006 a las 5:37 pm
Lo que yo veo es que equiparas a las mujeres con los menores y …, las gallinas.
La discusión debería plantearse en términos tales como:
– ¿qué bien jurídico se intenta proteger, en este caso, mediante el Derecho Penal?
– ¿a quién se intenta proteger?
– las respuestas a ambas preguntas ¿legitiman un tipo penal autónomo?
– la existencia de un tipo penal autónomo, ¿obliga a que se reduzcan las garantías de los autores?
Comentario escrito por maría — 28 de noviembre de 2006 a las 6:03 pm
Bueno, el bien jurídico que se protege es la vida de la mujer o su integridad física y psíquica. Me resulta difícil argumentar jurídico-constitucionalmente (o a la luz de los tratados internacionales en materia de derechos humanos y protección de la dignidad de la persona) que la vida o integridad física de una mujer tenga más valor que la de un hombre. Así que no lo voy a hacer. Se lo dejo a quienes puedan llegar a creer que así es. O que así pueda ser.
Completando mi comentario anterior, respecto a las tasas de comisión de delitos de abusos a menores entre la población homosexual, hace un tiempo me leí una serie de trabajos de biológos americanos (el famoso libro Sperm Wars y cosas de esas) que daban una serie de explicaciones biológicas sobre el asunto. Yo supongo que tendrá más que ver con la socialización de los homosexuales en sociedades que reprimen esa orientación sexual, que ya de suyo es estigmatizada cuando no criminalizada. Si ya de por sí uno está fuera de la ley las barreras a ir algo más allá son menores y uno ve la norma que prroscribe como menos legitimada, éste tiene menos poder de convicción. Luego, además, sospecho que en las estadísticas hay otro sesgo: sabemos más o menos qué delitos de abusos a menores se persiguen, lo que tiene que ver con cuáles son los que se denuncian. Probablemente hay más tendencia a ver escandalosos y denunciables, todavía, en nuestras sociedades, cuando son realizados por homosexuales. El caso Arny fu un excelente ejemplo de esto que digo. Y luego, también, es cierto que no sabemos exactamente cuántas personas regularmente homosexuales hay en nuestras sociedades. Porque a lo mejor son un 15-20% y entonces todo cuadra con más facilidad.
Con todo, existan o no estos sesgos, lo que me interesaba era resaltar que ciertos datos y percepciones (sean válidos o no) avalarían, aplicando esta misma lógica, aberraciones como las más arriba propuestas.
Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 29 de noviembre de 2006 a las 11:50 am
no consiento esto..es una falta al orden
Comentario escrito por yo misma — 08 de diciembre de 2006 a las 5:57 pm
Les quiero exponer mi caso y opinene Uds. mismos.
Mi nombre es Eduardo Marfil Prats , tengo tres hijos de 7 , 5 y 3 años , el pasado día 6 de Octubre la madre de mis hijos, hasta ese día mi pareja durante 10 años , me denunció a la Guardia Civil por malos tratos físicos , psíquicos , amenazas e injurias , fui detenido el sábado por la tarde e ingrese en los calabozos hasta el domingo a las 11 de la mañana que tuve la 1ª vista , en la que se tomaron medidas previas , pensión alimenticia de 400 euros , mi nómina es de 1.000 euros y ya estoy pasando una pensión de 200 euros a una hija de mi anterior pareja , orden de alejamiento de 500 m. del domicilio familiar y de donde estuviese mi ex pareja.
A mis hijos solo puedo verlos fines de semana intercalados , los sábados de 10 a 20 horas y los domingos de 10 a 20 horas , lo que para ellos , y para mí, representa un cambio brutal de costumbres pues cada día los bañabamos juntos , cenábamos juntos y les leíamos un cuento antes de dormir , ahora cada quince días sufren dos despedidas, la tarde del sábado y la tarde del domingo.
¿Cómo empezó esta pesadilla?
Mis hijos son bastante movidos y dan mucho trabajo , el pasado domingo 30 de Septiembre mi ex se enfadó muchísimo con ellos , tanto que lleno una bolsa de viaje con ropa y nos dijo “Aquí os quedaís” , yo me interpuse en su camino diciéndole que esto no lo podía hacer delante de ellos y de aquella manera , Ella me dió una patada en la pierna y un bofetón y me dijo “No tienes huevos a pegarme” , acto seguido me escupió , yo se lo devolví .
Toda la semana siguiente transcurrió sin apenas hablarnos, hasta que llegó el viernes , los viernes yo acabo de trabajar al mediodía , le comente a mi ex pareja que podríamos hablar con un consultor de parejas o con una psicóloga , ella me ignoro.
El sábado por la mañana , día 6 de Octubre, mi ex salió del dormitorio ya completamente vestida , le pregunte si había pensado en lo que le había dicho , ella me contesto “ Que ni lo había pensado , ni quería hacerlo y que si no me iba ya de casa alguien me partiría la cara “ .
Mi ex suegra , la que no venia a casa hacia mas de 5 meses, vive a 45 m. en tren , venía ese sábado a comer.
Le dije a mi ex que iba a llamar a su madre para que no viniera , pues no era plan con el ambiente que había en casa , en el momento que cogí el teléfono , ella salió disparada de casa , yo me quedé en casa solo con mis tres hijos , llamé a Policía Local diciendo que mujer se había ido a la calle y que me haba amenazado diciendo que alguien me partiría la cara.
A mi casa no vino ningún agente. Al rato volví a llamar a la Policía Local y me dijeron que Ella estaba allí y que cuando se tranquilizara la acompañarían a casa.
Mi suegra llegó a casa , yo le conté lo ocurrido , pero me sorprendió lo poco preocupada que ella se quedó.
Llegó la hora de comer , yo volví a llamar a la Policía Local y me dijeron que tenían mucho trabajo y que de momento no podan acompañarla a casa , que ya me avisarían.´
Mi suegra me dijo que no había nada de postre para los niños y que fuera a comprar tambien algo para la cena al supermercado , eso hice , no tardé ni 45 m. , cuando regresé mi suegra me dijo que le “ habían ” dicho que fuera donde estaba mi pareja , dejé las bolsas de la compra en el suelo de la cocina y fui corriendo a la Policía Local , cuando llegué el policía que estaba allí se sorprendió al verme , y me dijo que no era allí donde tenía que ir , que fuera al Cuartel de la Guardia Civil , eso hice y tal como entre me leyeron mis derechos , fui detenido.
Desde el 7 de Octubre estoy viviendo en casa de mi hermano y gracias a la empresa donde trabajo puedo comer cada día .
El día 10 de Octubre ya tuve que pasar la primera pensión alimenticia , habiéndose quedado toda la nómina de ese mes en casa.
Ahora mismo estaría viviendo en un cajero automático si no fuera por mi familia , mis amigos y la empresa en donde trabajo
El pasado 24 de Octubre tuve el juicio , en el que ya solo se me acusaba de amenazas e injurias , segun su declaracion le dije que la mataria esta es la sentencia .
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SENTENCIA:
«..Condenado como autor responsable de un delito de amenazas leves del articulo 171.4 del CP sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal , a la pena de 55 JORNADAS DE TRABAJO EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD , y asi mismo , privacion del derecho de la tenencia y porte de armas por tiempo de 2 años y LA PROHIBICION DE ACERCARSE a menos de 1000 metros a la victima ; S. R. D. , a su domicilio , lugar de trabajo o cualquier otro por la misma frecuentado , asi como la prohibicion de establecer con ella contacto escrito , verbal o visual por cualquier medio de comunicación , o medio informatico o telematico , por tiempo de 1 año y 6 meses . Y como autor de una falta de injurias la pena de 4 DIAS DE LOCALIZACION PERMANENTE en domicilio diferente y alejado del de la victima..»
PRUEBAS:
La simple declaracion de mi ex, segun la Juez su version es mas creible….
He realizado un recurso de apelacion , pero por el momento soy un CRIMINAL , y solo por la declaracion de mi ex , ademas sigo teniendo el regimen de visitas del Juicio rapido , he realizado una Demanda de guardia y custodia , a ver para cuando me dan el juicio.
REALMENTE CREEN QUE ES JUSTA ESTA LEY..
Eduardo Marfil Prats
Socio de la Asociacion Padres de Familia Separados de Catalunya
http://www.apfscat.org
Comentario escrito por Eduardo Marfil Prats — 17 de enero de 2008 a las 9:19 am