Varia. Escuchas, secretitos y surrealismo cum laude.

– Algo de sensatez en el asunto de poner micrófonos a los abogados para saber qué les cuentan sus clientes y cómo pretenden preparar la defensa. Era obvio que una salvajada de tal calibre no podía tener una vida jurídica demasiado larga. Por muchos que haya demasiada gente que se haya querido empeñar en lo contrario. EL TSJ de Madrid va reconduciendo la situación (en el enlace a la noticia tienen los links al auto y voto particular, ambos en PDF), como previsiblemente acabará pasando cuando el asunto llegue al Supremo o, en su caso, al Constitucional. No sólo es que la ley sea clara al respecto, es que, además, cualquier modelo garantista no puede dudar en plantar las barricadas frente a cuestiones de esta índole, por mucho que la tentación del atajo siempre esté presente y que los cantos de sirenas alabando la «eficacia represora contra los delincuentes» siempre cuenten con quien quiera dejarse llevar por ellos. Afortunadamente si este obsceno y turbio asunto de las escuchas ha servido para algo es para comprobar que, al menos entre juristas, sigue habiendo uan mayoría que tiene claro este asunto. No puede decirse lo mismo de políticos y medios de comunicación, desgraciadamente. A día de hoy, la progresía del país y la prensa afín sigue dedicada a justificar la destrucción de las garantías procesales y a exigir la desaparición del derecho de defensa. No pongo enlaces porque la lista sería larga y probablemente injusto cargar las tintas en algunos textos concretos, obviando otros. Hay demasiadas salvajadas sobre este tema, escritas abandonando cualquier pretensión de racionalidad y atendiendo sólo a la trinchera partidista, como para que tenga sentido señalar alguna expresión concreta. Tienen Ustedes donde elegir. Y a buen seguro que se habrán topado con suficientes ejemplos.

– El modus operandi de la Audiencia Nacional, con las técnicas del Juez Campeador en primera línea, como no puede ser de otra manera, va generando una escuela con discípulos prestos a superar al Maestro. El último y surrealista episodio viene de Palma de Mallorca, donde según lo que se deduce de las informaciones periodísticas (lo cual, quizás, obligaría a poner la cosa en duda, pero el grado de deterioro que estamos padeciendo hace temer que no, que la cuestión no se reduce a una mala crónica periodística) un juez ha decidido no sólo grabar a un sospechoso con su abogado (abogado que, como casi siempre, nadie tiene la más mínima duda de que no participa de ninguna trama delictiva más allá de defender los intereses de su cliente) sino, además, en plan «pillo», guardarse las transcripciones como un as en la manga. De esta manera, cuando el cliente estaba declarando, con una medio sonrisa, le ha podido decir algo así como «uy, uy, uy, tengo un secretito, sé que eso no es exactamente lo que Usted le contó a su abogado».

– La reforma de la Universidad y la afección del proceso de Bolonia a la consecución de la excelencia va por buen camino: el Gobierno pretende eliminar a las bravas la tradición de que todas las tesis tengan la misma calificación de «sobresaliente cum laude«. Al margen de la indiscutible sensatez de pretender que, si se supone que hay que calificar más allá de «apto/no apto», en la práctica las calificaciones se correspondan con un mínimo de esfuerzo evaluador, va a ser divertido cómo esta reforma, si se produce, acaba generando, como siempre ocurre en la Universidad en estos casos, el conocido «efecto Pilar del Castillo» (yo he llegado a Catedrática por un sistema que, en cuanto ocupo ese puesto, entiendo demasiado poco exigente pues permite que haya muchos, demasiados -entre los que, por supuesto, no me cuento- en el cuerpo, la mayor parte sin nivel, por lo que hay que cambiar el modelo por otro más duro que, a ser posible, retrase la llegada a la Cátedra de la gente en una década o, al menos, 5 añitos respecto de lo que era habitual antes). Es decir, que me voy a pasar los próximos años de mi carrera académica escuchando a colegas (de mi generación, que hicieron, como yo, el doctorado cuando a todos nos daban la mención de honor) explicar a jóvenes profesores que su tesis fue buenísima y por eso tienen la mención de cum laude. Bienvenida sea la reforma, por las risas que nos vamos a echar.

– He publicado con el Profesor Albert Ituren, un compañero del Departamento, un pequeño comentario sobre la proyectada reforma del urbanismo valenciano. Aquí tienen el enlace. No es que cambie demasiado la cosa, que es lo que tratamos de explicar, a pesar de la habitual fanfarria que suele acompañar todo cambio legislativo. Estaría bien, en este sentido, que algún día apareciera algún jurista que sepa de verdad cómo se cuece en urbanismo en España y contara toda la verdad sobre quién y cómo se queda la plusvalía en este país y con este modelo de urbanismo. Porque la supuesta teoría (contra la que se rebelan eximios urbanistas, por cierto, luchando contra ella con una pasión que a todos los espectadores reafirma en su sensación de que, efectivamente, es una idea que se traduce a la práctica) de que es la sociedad la que ha de quedarse con las mismas y que a los propietarios el suelo se les valora por lo que es antes de cualquier operación urbanísitca es la más parecida metáfora actual del famoso traje nuevo del emperador. Por supuesto, niños y mayores, ancianos y jóvenes, hombres y mujeres, a la hora de la verdad, y en su vida cotidiana bien que lo demuestran, tienen, tenemos, perfectamente claro a quién va a parar la plusvalía. Que ser propietario, a efectos urbanísticos, caray, es lo importante.



21 comentarios en Varia. Escuchas, secretitos y surrealismo cum laude.
  1. 1

    Da la impresión de que el apoyo a las escuchas del Superjuez por parte de sectores de la izquierda, aparte de que venga de posiciones puramente partidistas, tiene que ver también con una devaluación de la consideración que se tiene por la justicia en este país. Los que en derecho somos unos desinformados observamos el funcionamiento del aparato judicial con bastante incomprensión y desprecio. En esta idea supongo que tendrán su parte de culpa, en el porcentaje que se quiera, tanto el poder político como la prensa como la propia carpetovetonia del estamento judicial.

    Al fin se toma la parte por el todo y, en el rechazo al funcionamiento de la judicatura en este país se produce la mentada devaluación de la apreciación por los derechos fundamentales y las garantías procesales.

    Un proceso que, en una comparación un tanto salida de madre, se puede parecer al que tuvo lugar en importantes sectores intelectuales en los años veinte del pasado siglo, cuando se produjo una devaluación de la consideración por la declaración de derechos del hombre al asumirla como parte del sistema capitalista-burgués-liberal que se pretendía superar. Las consecuencias, divertidísimas.

    No ayuda tampoco el que, a vueltas con el terrorismo, vivamos en un permanente estado de excepción de baja intensidad, aceptado mayoritariamente. Y lo que vale para el terrorismo ¿por qué no para los pedrastas, para los violadores, para los asesinos, para los narcos, para los gürtels, para los…?

    Creo que me he soltado un rollo indocumentado y quizás a ratos obvio. Pido disculpas. En cualquier caso, enhorabuena por tu blog y por lpd, honra y prez del internet.

    Comentario escrito por varo — 26 de marzo de 2010 a las 9:57 am

  2. 2

    Todo lo contrario, Varo. Da gusto leer a alguien que, sin tener nada que ver con este mundo del Derecho, habla del asunto con tanta sensatez, prudencia y, sobre todo, con tanto respeto por la idea de Derecho y la realización de los ideales de Justicia a los que, idealmente, sirve.

    El problema con este tema, lo que hace que dé una pereza infinita hablar del asunto, es que en realidad da la sensación de que prácticamente nadie está mínimamente interesado en dialogar con sentido común, respeto y un mínimo de cuidado en aras a atender a la defensa de valores importantes, como son los derechos, las garantías y el Derecho. Hay contadas excepciones, pero en general los comentarios, ya sea en un sentido u otro, son de un partidista que asusta. Y demuestran un desprecio por las reglas del juego, más allá de que afirman que todo va bien cuando les favorecen y exclamen «tongo» o «conspiración» cuando no les convienen, que da bastante asco.

    Que haya gente que, desde fuera, lo vea tan claro es, la verdad, reconfortante. Así que gracias por devolverme algo de confianza sobre la capacidad de cualquier persona normal para entender qué está pasando.

    Y anímate a comentar sin miedo hombre, que de eso se trata. Esto del Derecho, en el fondo, es poco más que diálogo, respeto a la libertad de los demás y sentido común. Cualquiera que ande servido de esos atributos participará enriqueciéndolo en cualquier debate que aquí se suscite.

    Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 26 de marzo de 2010 a las 9:16 pm

  3. 3

    Andrés, ya puestos a ser de ley, tengo una serie de cuestiones sobre el tema, del que no conozco nada – gracias a la suerte no he pisado el trullo y que llevaba tiempo esperando a que las aclararas, visto lo visto y lo que se viene encima
    ¿Cual es el límite de las comunicaciones cliente-abogado? ¿Tienen un límite ó son ilimitadas en la forma y el tiempo?
    Entiendo que las comunicaciones directas y presenciales entre abogado y cliente es lógico que sean seguras, pero no tengo tan claro que los demás tipos de comunicaciones sean permisibles e inviolables.
    Asi que agradecería, que para legos, nos explicaras en que se fundamenta este derecho a la inviolabilidad de comunicaciones con el EXTERIOR, siempre que al otro lado de la linea, del hotmail ó del correo esté un abogado.

    «La asistencia y defensa letradas deben prestarse por un letrado de libre elección, según disponen los Art..6-3 del Convenio de Roma y el 14-3 b) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Nueva York. El primero de ellos se refiere expresa-mente también al derecho a «comunicarse con un defensor de su elección», en tanto que el segundo reconoce el derecho a obtener «las facilidades necesarias para la preparación de su defensa».
    Pero sigo sin entender que esa inviolabilidad se extienda a comunicaciones con el exterior, porque da una carta blanca absoluta con solo la practica de pequeñas argucias. Otra cosa son las cautelas y limitaciones para no espiar por sistema a todo quisqui.

    Comentario escrito por galaico67 — 26 de marzo de 2010 a las 9:19 pm

  4. 4

    Referente al urbanismo, no hay que más que mirar a otros casos actuales, como es el de Barreiros, en la costa de Lugo. Un señor alcalde concede licencias para tres mil viviendas en un pueblo de 3000 habitantes, contra la ley y el informe del secretario judicial. Lo empura el bipartito y ahora que el poder ha vuelto a su señor natural, fuera denuncias, modificamos la ley y ponemos pasta pública para remendar el estropicio. Sin que nadie denuncie la prevaricación de retirar unas demandas puestas por un gobierno anterior…
    Las leyes urbanisticas no valen nada, pero nada de nada. Todo se puede arreglar a posteriori ó enmerdar hasta que el único arreglo sea legalizar lo ya consolidado por muchos años de infracción continuada.

    Comentario escrito por galaico67 — 26 de marzo de 2010 a las 11:40 pm

  5. 5

    Secretario del Ayuntamiento, quería escribir, no Secretario Judicial..

    Comentario escrito por galaico67 — 26 de marzo de 2010 a las 11:41 pm

  6. 6

    Yo, sin tener ni idea del tema, también tenía la impresión de que no era demasiado lógico que se pudieran usar las conversaciones entre un acusado y su abogado contra el acusado. Lo que me extrañaba era que la izquierda oficial no hiciera mención del asunto. Pero claro, supongo que es más de la misma mierda de siempre; la ración diaria de la batallita electoral que se traen el PP y el PSOE -al estilo del monopoly- para controlar NUESTRO país.

    Y sí, también estoy de acuerdo en que todo esto, a la mayor parte de la gente se la suda. Y si se meten a opinar será tras haber leído en la prensa oficial del partido de sus amores el argumentario correspondiente. And they call it democracy…

    Comentario escrito por l.g. — 27 de marzo de 2010 a las 3:08 pm

  7. 7

    Bueno, la clave es que, como es lógico, a un abogado, si hay indicios suficientes y fehacientes de que está cometiendo delitos, se le puede grabar e investigar. Como a todo ciudadano. Pero lo que no se puede es presumir que cualquier colaboración con la defensa de los intereses jurídicos de un ciudadano sospechoso de haber cometido un delito se incluye en la categoría «cometer delitos» o «ayudar a cometer delitos». Porque, justamente, eso es en lo que consiste el derecho de defensa. Y nada tiene que ver con cometer delitos.

    Lo que no se puede hacer, en consecuencia, es asumir que los abogados de los sospechosos, por ayudarles a defenderse de las acusaciones, les ayudan en realidad a cometer sus delitos y que, por ello, se les puede grabar y así obtener todos los daos que les den sus clientes, a efectos de emplearlos como prueba o para conseguir nuevas evidencias.

    En este caso no había el más mínimo indicio de implicación de la mayoría de los abogados, con un par de excepciones. De hecho, la mayor parte de los abogados no conocían a los miembros de la supuesta trama corrupta antes de que éstos fueran acusados. A pesar de ellos, y solo por el hecho de ser abogados de esas personas, la fiscalía y Garzón entendieron que podían grabar las conversaciones y emplearlas como prueba, procediendo a grabar a todos ellos de modo masivo.

    Por lo demás, respondiendo a galaico67, las conversaciones más conflictivas ni siquiera son conversaciones telefónicas sino grabaciones de las visitas en la cárcel de los abogados a sus clientes. Es decir, que estaba todo montado para grabar específica y concretamente las conversaciones abogado-cliente producidas en prisión para definir y comentar la estrategia de defensa.

    En cuanto a las conversaciones telefónicas, como es obvio, lo que debe hacerse si se interviene el móvil o el fijo de un sospechoso ya encausado y éste se pone en contacto con su abogado para definir estrategias de defensa y hablar sobre el asunto objeto de la imputación, la policía debiera no grabar esas conversaciones o, en su caso, no pasárselas al juez. Si a pesar de todo se las pasan al juez, éste debiera descartarlas y no incorporarlas sin siquiera leer la transcripción. Porque el instructor no tiene derecho a conocer anticipadamente la estrategia de las defensas. Y los fiscales, no digamos.

    Por cierto, creo que esta es una de las pocas reflexiones decentes que estos días se están leyendo sobre este desagradable asunto:

    http://garciamado.blogspot.com/2010/03/ni-con-garzon-ni-contra-garzon-con-las.html

    Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 28 de marzo de 2010 a las 4:16 pm

  8. 8

    Andrés, en el caso 1) está claro que se ataca el derecho de defensa y ese caso no debería haber duda. Lastima que los defensores hayan surgido solo ahora, olvidandose los prejuicios morales en otros casos – vascos, narcos y morisma varia- y sin acabar de definir la situación con claridad. Tampoco deja en muy buen lugar el tema de la ética, pues si bien un abogado no puede delatar a su cliente, tampoco la relación de clientela le obliga a cooperar en sus negocios..
    En el caso 2) dejas un hueco imposible de cubrir desde un punto de vista real. Un imputado/encausado en libertad puede ser escuchado pero si es con su abogado tenemos que dicernir lo que es estrategia de defensa de lo que es cooperación con el delito ¿Como lo hacemos? Una conversación telefónica cualquiera toma multiples variaciones hasta que colgamos el telefono. Aqui asumes una postura irreal, ya que como no tengas a un juez al otro lado de la escucha, a ver quien es el guapo que distingue «estrategia de defensa» de «ocultación de pruebas» ó de «cooperación en el delito». O eso ó eres el hijo pequeño de Dios y eres omnisapiente.
    Un saludo

    Comentario escrito por galaico67 — 28 de marzo de 2010 a las 5:13 pm

  9. 9

    Por cierto, más que reflexión, no deja de ser otra opinión más, muy Perezrevertiana. Lástima que los jueces sean seres humanos con una historia detrás.
    Lo mejor los comentarios y el apunte de las contradicciones que nos hemos tragado, sin ningún conflicto moral, precisamente hasta ahora.

    Comentario escrito por galaico67 — 28 de marzo de 2010 a las 5:28 pm

  10. 10

    Galaico, es que lo alucinante de todo este asunto es que casi todo se produce respecto de escuchas de lo que tú llamas «caso 1» (grabación de las conversaciones mantenidas en prisión). O sea, de algo que tendría que estar más o menos claro y ser más o menos obvio.

    En lo que se refiere al «caso 2», como bien dices, hay siempre zonas grises. Ése es el motivo por el que muchos entienden que, como es inevitable que se produzcan, lo mejor es una norma que prohíba cualquier escucha y punto. A mí, como he dicho, no me parece razonable. Pero sí es obvio que lo que no se puede consentir es autorizar escuchas sin que haya prueba alguna de implicación de un abogado en la comisión de delitos.

    Y ha de quedar siempre claro que dar asesoramiento legal, incluso asesoramiento legal respecto de cómo evitar caer en las redes del Derecho penal, no es cometer delitos. Es asesoramiento jurídico. Que eso permite a abogados faltos de ética, que por supuesto que los hay, un gran margen, es también una obviedad. Pero todo derecho y garantía, cuando una sociedad los reconoce, tiene siempre «costes», en la medida en que siempre habrá casos de abuso o de aprovechamiento más allá de lo deseable que las sociedades no podrán discernir y tendrán que «comerse». Pero esos costes se asumen en aras a un bien mayor.

    Por último, y por supuesto, todo esto tiene, en la práctica, el problema de que, con SITEL, la policía puede grabar casi lo que quiera e incluso pasárselo al fiscal y al juez, sin necesidad de que éstos lo metan luego en el sumario pero permitiéndoles acceder a toda la información en cuestión. Tal posibilidad ha existido siempre, pero ahora la tecnología multiplica las posibilidades. Es decir, y dado cómo está el patio, que a saber cuántas cosas saben policías, fiscales y juez de instrucción de tu estrategia procesal (aunque oficialmente no haya escuchas ni hayan incorporado nada). Pero ahí poco se puede hacer, como pasa siempre con la comisión de delitos, más allá de estar alerta y, cuando se descubra un caso, ser extraordinariamente duros.

    Por último, hay una diferencia entre estos casos y los de terrorismo. Para estos últimos, la Ley de Enjuiciamiento Criminal autoriza expresamente estas escuchas con el abogado. Es decir, en un caso hay una previsión legal expresa, y por eso se puede hacer. En el resto, no.

    Dicho lo cual, no es verdad que esta posibilidad sólo ahora sea criticada. En primer lugar, porque muchos pensaban, y siguen pensando, que es una excepción que bordea la infracción a derechos fundamentales y, por ello, sólo admisible en casos extremos, como terrorismo. Y, sobre todo, porque sí hay mucha gente (por ejemplo, yo mismo) que pensamos que también para los casos de terrorismo es una vergüenza, probablemente inconstitucional (sin que nos valgan justificaciones a base de ponderaciones sobre las terribles consecuencias del terrorismo ni gaitas) y que, además, hemos criticado esta situación desde hace muchos años.

    Lo cual no quita para que también sea razonable que mucha gente se haya enterado de todo esto, de que pasan estas cosas, sólo a raíz de estos casos. Es lógico que ellos sólo hayan criticado a partir de saber lo que pasaba.

    Aunque, como es obvio, todos sabemos que también hay muchos que se llevan las manos a la cabeza coyunturalmente. Al igual que muchos pro-escuchas que si los procesados fueran otros estarían hablando todo el día de violaciones propias de una dictadura franquista. Pero, en el fondo, todos somos capaces de detectar a esta gente y ese tipo de argumentos, espero. Y no hacerles demasiado caso.

    Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 29 de marzo de 2010 a las 9:13 am

  11. 11

    «Y ha de quedar siempre claro que dar asesoramiento legal, incluso asesoramiento legal respecto de cómo evitar caer en las redes del Derecho penal, no es cometer delitos. Es asesoramiento jurídico»
    Creo que la frontera entre el «asesoramiento jurídico» y la «cooperación necesaria» se está difuminando por momentos. No es lo mismo maquillar la realidad para que se vea de una u otra manera – lo que podriamos llamar «crear dudas razonables»- que contribuir a destruir pruebas.

    «Pero sí es obvio que lo que no se puede consentir es autorizar escuchas sin que haya prueba alguna de implicación de un abogado en la comisión de delitos.»
    Aqui partimos de que una de las partes tiene restringidas las comunicaciones. No acabo de encontrar justificación en en la necesidad de mantener el derecho de defensa a que un abogado pueda llamar por telefono a su cliente, ni a que el cliente pueda llamar a su abogado. Para eso estan los locutorios y las visitas. O mantener que el abogado es un dechado de ética y no va a permitir a ninguno de los socios de su cliente estar al tanto de sus conversaciones.
    Aqui , más que un escándalo y un purismo casi sacerdotal – en el sentido bíblíco- sería más de agradecer que un especialista nos aclarase por donde va el derecho comparado.

    «Lo cual no quita para que también sea razonable que mucha gente se haya enterado de todo esto, de que pasan estas cosas, sólo a raíz de estos casos. Es lógico que ellos sólo hayan criticado a partir de saber lo que pasaba.»
    Esto pasa desde hace mucho tiempo. Ya estada Antonio Asunción al mando del cotarro cuando empezaron con el tema de las escuchas en la cárce. Rasgarse las vestiduras casi veinte años más tarde es más que fariseo.

    Del Abogado PerezReverte II:
    «Ya han destruido por las mismas y para mucho tiempo el TC; ahora toca el TS. El descrédito del TS no vendrá por lo que cuenta B. de La Cuadra, sino por artículos como ese suyo, publicados en El País, y por otros perfectamente simétricos, pero de sentido opuesto, publicados en El Mundo. Por eso.
    De lo que unos y otros no se dan cuenta es de las consecuencias tremendas de su frivolidad jurídico-política, de su empeño -de todos- por hacer comulgar a los jueces y tribunales con las ruedas de molino del respectivo partido.»
    No, el prestigio lo destruyen sentencias como las de los Albertos, lo destruyen retrasos en sentencias como al del Estatut, lo destruye el que Consejeros de Justicia pasen a miembros del CGPJ y lo destruye el saber que según quien ha elegido al Juez , tenemos un 90% de posibilidades de atinar en la orientación de sus sentencias en casos en los que lam politica esté por el medio

    Comentario escrito por galaico67 — 29 de marzo de 2010 a las 11:53 am

  12. 12

    Y no se habla mucho, galaico, pero ese porcentaje sube al 102% si en lugar de política por medio son determinados intereses económicos, y cada vez más.

    Comentario escrito por popota — 30 de marzo de 2010 a las 1:38 am

  13. 13

    Lo peor es que si no se pone uno purista con el asunto acaba brindándole a todo, aceptando todo. Sea porque todo se desprecia o porque todo da igual. Igual que la desinformada frase pronunciada alegremente «se tortura más en Las Barranqillas que en Bilbao», que puede razonablemente ser verdad, no sólo justifica o perdona por la cara b las torturas o el maltrato en Bilbao, sino que acaba justificando también, por inacción y hastío, las de las Barranquillas.

    Comentario escrito por varo — 30 de marzo de 2010 a las 10:38 am

  14. 14

    Ya, pero hay que distinguir entre igualdad y una nueva religión laica en la que el abogado defensor se convierte en un sacerdote con secreto de confesión telefónico y en la que los privilegiados por su posición económica ó social se garantizan mejores condiciones de partida, ya que un derecho de defensa de máximos tan crecientes solo beneficia al que puede pagarselo hasta encontrar una grieta en la lectura de la ley ó una interpretación ante un tribunal que desvirtue la interpretación de uno anterior y que le permita escaparse por la puerta falsa.
    Yo, como pringadillo de infanteria, sin posibilidad de abogados online y sin posibilidades económicas ni sociales para practicar el recurso infinito, prefiero que el máximo sea el que podamos alcanzar todos, no el que mi dinero y mis contactos me permitan. Porque todos somos iguales ante la ley, pero unos más iguales que otros.
    Por cierto, poniendose puristas, eso de que ex fiscales y exjueces de la AN esten enredando en estos asuntos ¿No merece un regimén de incompatibilidades? Vamos, digo yo que habrá más de un conflicto en esta situación…

    Comentario escrito por galaico67 — 30 de marzo de 2010 a las 1:53 pm

  15. 15

    «No seré yo quien defienda los usos de la AN ni su autoconcebida como omnímoda competencia siempre que haya casos que estén en las portadas, pero no tengo claro que el juez éste de Palma, un viejecito que sorprendentemente sigue en un juzgado de instrucción a estas alturas, esté haciendo las cosas con demasiada sensatez: impone fianzas brutales a un tipo que ha demostrado que el riesgo de fuga es mínimo viniéndose desde el extranjero a declarar, se permite comentarios insultantes en el auto, e incluso llega a afirmar que, si por él hubiera sido, le habría metido más fianza si cabe. De locos.»
    Andrés, aqui has estado sembrado…
    «un viejecito que sorprendentemente sigue en un juzgado de instrucción» No es el primer caso que conozco de gente que se acomoda en un sitio, vive bien y no aspira a nada más. Y viviendo en islas es aun más frecuente. Remenber Fabra, Carlos, concejal del ayuntamiento de Castellón ( modo ironico)
    «un tipo que ha demostrado que el riesgo de fuga es mínimo viniéndose desde el extranjero a declarar» O un tipo que ha tenido un error de cálculo. Viendo los apoyos que le están quedando, yo de el cogería el avión – o un llaut si fuera posible – ya mismo. Aqui te marcas unas dotes de adivinación importantes.
    «se permite comentarios insultantes en el auto», hombre , insultantes, insultantes…el lenguaje que usa es irónico y toma claramente partido , pero insultar no insulta. Y no te preocupes. Ya habra otro juez que interpretando friamente lso hechos y en lenguaje puramente técnico dictamine que un desfase de 40 millones de euros son «gajes del oficio de gobernar».
    «incluso llega a afirmar que, si por él hubiera sido, le habría metido más fianza si cabe»
    Aqui cabe valorar una cosa, que nunca se tiene en cuenta el el frio «abogadés» ¿Con cuanto se debe penar al que- presuntamente- mete al mano en la caja que le hemos confiado? ¿Cual es la función de la fianza? Si te acusan de terrorismo, de violencia de genero, de agresión sexual… vas a prisión sin fianza y luego te arreglas como buenamente puedes. Y no te dejan unos días libre para buscar la pasta.. Bendito país en el que somos tan cuidadosos con los delitos de guante blanco..

    Comentario escrito por galaico67 — 03 de abril de 2010 a las 12:22 pm

  16. 16

    Hombre, galaico, es que el que hace de adivino es el juez, que presupone, sin ningún elemento que lo avale, la existencia de un enorme (por eso la fianza es enorme) riesgo de fuga. Yo no hago de adivino, aplico la presunción de inocencia: mientras no haya indicios en contrario no cabe presumir que alguien pretende fugarse. E, insisto, de momento el comportamiento de Matas avala esta presunción, como demuestra la diligencia con la que ha acudido a declarar en cuanto ha sido citado.

    Dices que el juez «toma claramente partido» y ése es, precisamente, el problema. Un juez no ha de tomar partido así. Menos todavía afirmando que si por él fuera habría ido incluso más allá de lo que pedía la Fiscalía.

    La función de la fianza es tratar de conjurar el riesgo de fuga. Es para lo que sirve (porque obligas a pagar mucha pasta a alguien que le devuelves si se presenta a juicio, mientras que de otro modo la pierde). Las comparaciones que haces son con asuntos donde se decreta prisión provisional, sin fianza, porque se entiende que concurren otros factores, generalmente de «alarma social», para poder decretarla. Por supuesto, y como ya he escrito aquí otras veces, el extensivo y generalizado empleo de la «alarma social» para mantener a gente en prisión, en ocasiones incluso con la evidente intención de «ablandar» a los sospechosos, constituye una de esas prácticas vergonzosas que hay que combatir.

    Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 05 de abril de 2010 a las 11:35 am

  17. 17

    Y, por Dios, ¡dejen eso del «abogadés»!

    Pero, hombre de Dios, ¿acaso hay por aquí alguien que se crea que quienes alaban en los medios de comunicación algunos autos judiciales por su «claridad», por «estar muy bien escritos», por no estar escritos en «abogadés» (sea eso lo que sea, que me temo que para algunos «abogadés» es cualquier referencia a las garantías y a los derechos fundamentales), etc. se los han leído?

    No digo ya si alguien piensa que saben de qué hablan o que tienen la más mínima idea de Derecho penal (del que yo, por ejemplo, ignoro casi todo y por eso me abstengo de meterme en honduras procesales y me limito a comentar cuestiones más de corte esencial, constitucional). No. Pregunto si alguien de verdad se cree que, al menos, se hayan leído el auto o resolución en cuestión.

    Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 05 de abril de 2010 a las 11:39 am

  18. 18

    Ya que hablas de bienes mayores, males menores y respeto a los fundamentos del sistema yo me planteo si no es la impunidad rampante la que poco a poco se esta comiendo el sistema por las patas y extendiendo la falta de confianza en el mísmo. Tómalo si quieres como postura populista y partidaria, incluso retrógrada, del que prefiere pisotear derechos a permitir impunidades; yo no creo que sea así, no quiero que se restrinjan mis libertades y derechos, tampoco los tuyos, pero aún deseo menos que desaparezcan del todo porque lleguemos a un estado de podredumbre que desemboque en situaciones que la historia ya nos ha mostrado, y nos muestra actualmente (forza Italia, que te va a hacer falta). Y si los atajos son malos que el legislador construya autopistas por las que todos podamos transitar y el juzgador las use cabalmente.

    Comentario escrito por gus — 05 de abril de 2010 a las 1:18 pm

  19. 19

    Andrés, fundamentalmente estamos de acuerdo, aunque el cristal con el que miramos varía un poco la tonalidad.
    Solo recordar que tomar partido no es lo mismo que insultar, y que esta toma de partido que le recriminas, la toman día a día, multitud de jueces. Mismamente los que han anulado las escuchas,no se han privado de novelar la probabilidad de retomar el uso del potro y los autos de fé que estas escuchas abrían.
    «La función de la fianza es tratar de conjurar el riesgo de fuga.» Pués de eso se trata, de una valoración riesgo-beneficio. Si se te acusa de soplar diez, veinte millones de euros, puede que tu valoración llegue a considerar posible perder x minoyes y disfrutar lo amasado antes de llegar a la jubilación. Y más habiendo paises que no consideran ese delito motivo de extradición.

    Pues a lo que ibamos. Esto parece Brechiano.
    Vinieron a por al escoria, pero no eramos escoria……..
    Vinieron a por los batasunis, pero no eramos batasunis…
    Vinieron a por los abogados, pero… ostia que somos nosotros..hay que ajustar el Estado de Derecho pero ya, que mira que estabamos creando un mundo injusto y tal.
    Y que tienes razón, pero los juristas tenian que haberle dado soluciones antes.A los abusos de los «malos» y a las situaciones que permitian abusar a los «malos».
    Ahora los defensores de la regeneración – los más mediaticos, por seguir con tus calificativos- suenan ligeramente hipocritas.
    Espero, de todo corazón, que tengas razón y las reformas sigan el camino adecuado, pero me temo que el PPSOE no lo va a consentir.

    Lo del «abogadés» iba em modo irónico – otra vez

    Comentario escrito por galaico67 — 05 de abril de 2010 a las 4:45 pm

  20. 20

    En efecto, creo que estamos sustancialmente de acuerdo. Añado sólo dos apuntes:

    – Una cosa es juzgar actuaciones, que es lo que hacen los jueces (dicholo cual, ya decía Álvaro D’Ors que un buen juez es el que adjetiva poco o nada … ¡por eso yo, consciente de mis limitaciones, nunca he querido ser juez!); otra bien distinta juzgar el carácter y catadura moral de las personas, cuestión esta última que NO es de competencia de los jueces.

    – Como amigo de la escoria y de los terroristas a quien creo que no se podrá criticar por no haber dicho nada en el pasado y escandalizarme sólo ahora que hay afectados «de postín», he de decir que no me molesta en absoluto que se suban a este carro, algunos, tarde y mal. ¡Ojalá fueran muchos, una mayoría, los que vinieran! Bienvenidos. Nunca es tarde si la dicha es buena. Eso sí, será exigible una absoluta coherencia a quienes descubran ahora el Mediterráneo. No vale que las garantías recién redescubiertas valgan sólo en algunos casos, o para ciertas personas, y dn otros no.

    Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 05 de abril de 2010 a las 5:31 pm

  21. 21

    Hacia tiempo que no comentaba. Sin ser especialista en penal doy la razon al blogmaster por su critica de la actuacion del juez campeador. De hecho hace tiempo lei un articulo de muñoz machado en el que contaba su triste experiencia con dicho juez y como le habia sido imposible reclamar al juez por su actuacion. Lamentablemente en este pais esta quedando claro que el estado de derecho no es tal y que no es posible imputar a un juez mediatico-politico sin que el gobierno, sindicatos y algun rector ademas de algunos cantantes y actores presionen al Tribunal Supremo. Si a eso sumamos que parece ser que no se puede declarar inconstitucional un estatuto de autonomia porque el gobierno autonomico no acatara la sentencia, me parece que el staatrecht del que hablaban los juristas germanos no existe en España, que se aproxima mas a una republica bolivariana.

    Comentario escrito por Macanaz — 24 de abril de 2010 a las 8:06 pm

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