Ruina inminente

Alguna vez he comentado en este bloc, porque creo que es importante ser consciente de ello cuando uno se dedica a lo que se dedica, que el Derecho administrativo llega hasta donde llega. Que es un instrumento para conseguir la realización del interés general, o de la percepción que tienen de cuál sea aquel quienes son los encargados de actuar utilizándolo. Pero que tiene sus límites. Y, muy especialmente, que no es demasiado eficaz para luchar contra la incuria de la Administración cuando ésta hace gala de un abierto desprecio por la legalidad, por sus propias normas o por los fines por los que ha de velar.

El Ayuntamiento de Valencia, que es el que más conozco por motivos evidentes pero que a estos efectos sirve perfectamente de ejemplo, está especializdo en aprobar y publicitar constantemente medidas y ordenanzas destinadas a solucionar problemas que azotan a los sufridos vecinos. Se agradece el esfuerzo, claro. Pero uno, la verdad, se conformaría con que se esforzaran más en aplicar diligentemente las normas ya existentes antes de empezar a aprobar más o más reglamentos que n tienen la más mínima intención de esforzarse por hacer cumplir y que, por ello, son meros adornos normativo ad pompam vel ostentationem.

No sería tan esencial aprobar un nuevo plan de tráfico en el centro histórico de la ciudad (aunque la verdad es que es en todo caso muy deseable) ni inventarse chorradas como la «Zona 30» si, por ejemplo, se velara con un mínimo de rigor por evitar el estacionamiento prohibido e incívico en cualquier lugar del barrio con el que se martiriza constantemente a los vecinos gracias al beneplácito municipal. Igualmente, si se controlara efectivamente que la gente no conduce borracha por las calles de la ciudad, en lugar de fomentar, promocionar y consentir las carreras y todo tipo de exhibiciones de conductores borrachos y drogados que son la norma noche tras noche, nos ahorraríamos la necesidad de establecer medidas represoras excesivas. ¡Con lo fácil que sería solucionar la cosa cerrando al tránsito rodado a los no residentes unas calles que, por su morfología, no lo soportan ni permiten el aparcamiento masivo en cualquier lugar para que la gente pueda llegar en coche a la misma puerta del local donde le sirven alcohol y demás productos de baja calidad básicos para el enriquecimiento de la mafia del ruido!

A lo mejor la aprobación de una nueva ordenanza contra el ruido, tan exigente como previsiblemente inútil, no sería necesaria si, sencillamente, el Ayuntamiento velara por el cumplimiento de las normas que ya tiene, en lugar de, como es lo habitual, poner una alfombra roja a la mafia del ruido e interpretar sus propias normas de forma tan exótica como la que se deriva de entender que el «cierre inmediato» de un bar o pub sin licencia exigido por la norma significa «cierre cuando al cabo de 8 ó 9 años un juez lo decrete». En fin, ya hemos hablado largo y extenso aquí de la mafia municipal que colabora con este estado de cosas y sus delirantes interpretaciones de la norma.

Aunque, la verdad, que haya tantos y tantos vecinos que no entiendan que un local sin licencia no pueda ser cerrado inmediatamente a pesar de lo que dice nuestro ordenamiento quizás es muestra de un exceso de obsesión de los vecinos por lo que significa en verdad el concepto de «inmediatez». Porque esta semana publica el BOP de Valencia la decisión del Ayuntamiento de demoler un edificio que amenaza ruina desde hace 20 añitos de nada, sin que el tiempo transcurrido hasta la fecha haya sido entendido por nadie como anómalamente excesivo. ¿20 años? Lo normal. Y eso porque se trata de un caso de ruina inminente que obligaba a actuar con celeridad.

Se puede apelar en este sentido, también, a las mil y una fórmulas exóticas que publicitan periódicamente nuestros políticos para reactivar el mercado de la rehabilitación de inmuebles. Y lo cierto es que uno, en su ingenuidad, piensa que con los actuales instrumentos (declaración de ruina, obligación de edifciar en un plazo de 5 años cualquier solar en suelo urbano, expropiación forzsosa en caso de no hacerlo…), si se usaran, habría más que suficiente para que los solares vacíos que pueblan los centros de nuestras ciudades desaparecieran con rapidez. ¡Y sin necesidad de programas de ayudas ni demasiada inversión pública! Porque les aseguro de que la amenaza de una buena expropiación por no cumplir con la función social de la propiedad es un estímulo, si se siente como real el peligro, más que suficiente para acabar con la lacra de la especulación masiva que hay en el mercado de la vivienda en los centros de las ciudades. Porque, en la situación actual, fruto de la inactividad municipal, es obvio que resulta muy rentable «retener» suelo. Y así nos va. Pero conviene no engañarse, no es culpa de nuestro Derecho administrativo, que llega hasta donde llega. Es culpa de los Ayuntamientos, que no tienen ningunas ganas de aplicar los instrumentos de los que ya disponen porque, sencillamente, no les da la gana.

Y es que el principio de legalidad es directriz básica de la actividad administrativa, sí, pero no es la única que hay que tener en cuenta.



3 comentarios en Ruina inminente
  1. 1

    Bueno, no hay que obviar el papel que ha tenido la normativa de arrendamientos urbanos en la obsolescencia de los centros de las ciudadanes. El regimen de prorroga forzosa y de subrogaciones que recogia la LAU 1964 condujo a que ningun propietario pudiera realizar actuacion alguna para mejorar los edificios en alquiler porque simplemente era antieconomico cualquier inversion en edificios en los que los arrendatarios pagaban 300-400 pesetas de alquiler. Es cierto que en muchos casos se buscaba la declaracion de ruina con la finalidad de extinguir los contratos pero es que en España muchas veces el legislador hace politica social a costa de los ciudadanos.
    Que quiero conciliar el trabajo y la maternidad pues claro pero que lo pague el empresario.
    Que quiero tener contentos a los funcionarios, les doy dias libres que no me cuestan nada y el trabajo se redistribuye entre los demas.
    A mi lo que me hacia gracia era cuando los propietarios de edificios ruinosos eran expropiados y pedian justiprecios altos por la edificacion. Vivimos en un pais en el que no corre vuela
    Hacia mucho que no contribuia pero es que cada dia estoy mas liado…

    Comentario escrito por Macanaz — 17 de junio de 2008 a las 6:57 pm

  2. 2

    La Generalitat Valenciana rechaza la oferta de Iberdrola para el suministro de electricidad

    «El motivo de este rechazo a Iberdrola, que había presentado la oferta más barata para la mayoría de lotes, es que la compañía eléctrica había exigido como condición para firmar un nuevo contrato con el Gobierno que preside Francisco Camps el abono de las deudas con tiene contraídas con dicha empresa y que asciende a 5,6 millones de euros»

    http://www.levante-emv.com/secciones/noticia.jsp?pRef=2009021300_8_555234__Economia-Generalitat-rechaza-oferta-Iberdrola-para-suministro-electricidad

    Comentario escrito por Mar — 13 de febrero de 2009 a las 11:40 pm

  3. 3

    «El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha condenado a la Conselleria de Sanidad a pagar un total de 67.960.436 millones de euros por intereses y facturas impagadas a proveedores de los hospitales públicos valencianos desde 2001, incluso por alguna de 1998 y 1999. De esa cantidad, 41.206.386 millones corresponden a los impagos de facturas y casi 26.754.050 a los intereses por otros pagos atrasados. Sólo con el dinero que se abonará en intereses, respecto de estas últimas cifras, se podría haber construido un hospitales comarcal nuevos de 120 camas o trece centros de salud.
    Estas cifras corresponden sólo a las 53 sentencias de la sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJCV, dictadas en 2007 y 2008, y se suman a las que ya ha tenido que abonar por sentencia firme la Generalitat durante los últimos diez años, ya que no cabe recurso»

    http://www.levante-emv.com/secciones/noticia.jsp?pRef=2009020600_19_552398__Comunitat-Valenciana-Sanidad-pagara-intereses-demora-cuesta-hospital-camas

    Comentario escrito por Mar — 08 de marzo de 2009 a las 7:07 pm

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