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A lo mejor es porque llevo un tiempo más desconectado de la realidad de lo habitual en mí, pero me ha sorprendido enormemente toparme hoy, en El País, con esta noticia. Como es evidente, no me llama la atención tanto hacia adonde vamos como el que el asunto haya pasado tan inadvertido, hasta el punto de que, como digo, para mí ha sido la primera noticia que he tenido al respecto. La marea retro que en muchos ámbitos del Derecho nos invade está poniendo en cuestión muchos de los logros que generaciones de juristas y ciudadanos ayudaron a consolidar en forma de Estados de Derecho con libertades y garantías de las mismas aseguradas y entendidas como importantes y como claves para la consecución de una mejor convivencia. Es más o menos previsible, tristemente, que el estruendoso fracaso global en la lucha contra las desigualdades y la pobreza, más aún en momentos de crisis económica como el actual, acabe degenerando en la aparición de nuevas barreras y medidas de protección de los espacios de riqueza y bienestar que algunos disfrutamos frente al pavor que genera la posibilidad de perderlos y, como consecuencia, ante el rechazo a quienes puedan ensuciarlos. ¿Qué mejor momento que el actual para introducir medidas restrictivas contra quienes más desprotegidos están y mejor pueden hacer el papel de bucos emisarios? De alguna manera hay que tranquilizar los ánimos, transmitir la sensación de que «se hace algo» para preservar nuestros niveles de vida. Resulta obvio que luce mucho, desde este planteamiento, eso de vallar nuestra mansión, dejando claro que tenemos muy asumido tanto de quién es como la necesidad de defenderla (y, de paso, frente a quién).
Tampoco me sorprende, por otra parte, que para este tipo de medidas la Unión Europea sea muy útil. Lejana, escasamentre sometida al escrutinio ciudadano y periodísitico y todavía muy poco controlada, en contraste con lo que ocurre a escala nacional, por las elites intelectuales y jurídicas del continente, el trabajo sucio anti-inmigrante se hace allí mejor que a escala nacional. Menos mal, por lo demás, que así es. Esto es, que la ausencia de escrutinio y debate favorece que se adopten este tipo de medidas. De algún modo, esta tendencia a entender como cómodo el recurso a que sea la Unión Europea la que se ponga manos a la obra refleja que todavía sospechamos que si, por ejemplo, fuera el Gobierno español quien se metiera en este lodazal, la opinión pública reaccionaría con cierta hostilidad. ¡Ojalá por muchos años se mantenga la escasa rentabilidad electoral y política de perpetrar ciertas barbaridades con ostentosa visibilidad! (o, al menos, que se mantenga el miedo a que así pueda ser).
Y es precisamente en relación a esta cuestión por lo que, en verdad, me llama la atención y entristece la escasa atención que está mereciendo este asunto. A lo mejor está mucho más cerca de lo que pienso el día en que blandir la retórica más xenófoba, y vehicularla jurídicamente con medidas indignas de un Estado de Derecho, constituirá una tarea que, lejos de entenderse como «trabajo sucio», será alegremente asumida, y publicitada con orgullo, por los gobiernos nacionales. Me temo, de hecho, que no son pocos los casos de países de nuestro entorno que, con diversas tonalidades, ya andan por ahí.
El caso es que la Unión Europea pretende «armonizar» ciertas medidas en materia de inmigración y todo indica que los europeos nos vamos a cubrir de gloria. Europa va a convertirse, al menos jurídicamente, si la norma se aprueba en esos términos, en el paraíso de los deportadores. En una muestra de cuáles son los límites de nuestra civilización, dejaremos claro, al menos en Derecho, que la solución justa, correcta, sensata, lógica, mejor pasa por deportar a una decena de millones de personas. Que sobran. Porque la economía no está como para drenarlos eficazmente y mantener el nivel de vida (o, más bien, las expectativas de mejora y diferenciación en que estamos educados). Porque, en tal caso, ¿qué mejor, más limpia y expeditiva solución que empaquetarlos de vuelta a su casita, asumiendo como asumimos que aquí están y estarán «de prestado»? El planteamiento es aterrador y da un poco de vergüenza (bueno, en realidad algo más que «un poco»), como europeo, formar parte de una comunidad que piensa, y se piensa a sí misma, en estos términos.
Igualmente preocupante es la facilidad, fruto de la inexistencia de barreras jurídicas que se opongan a este tipo de medidas que se hayan demostrado mínimamente eficaces, con las que se ha incorporado (en realidad, tras un par de siglos de oasis garantista, lo que ha ocurrido es que estamos reincorporando métodos que no son tan nuevos) a la retórica legal la idea de que, además de la detención (regulada con sus debidas garantías), uno puede también «retener», que es cosa bien distinta, con algo más de manga ancha y sin tener que preocuparse en exceso de ciertas molestas formalidades. Las reticencias que desde el Derecho y desde concepciones militantes del Estado de Derecho hace años se manifestaban cuando la figura se reintroducía de rondón parecen, en la actualidad, lamentablemente desaparecidas. Todos hemos asumido ya, con naturalidad incluso, que las cosas son así. Que no hay más remedio. Y, así, la Unión Europea se puede permitir ya plantear unas medidas en cuanto al tiempo máximo de «retención» de los sin papeles que, la verdad, asustan. La propuesta de la Comisión Europea de 2005 establecía el límite en seis meses, exigiendo una revisión judicial mensual. La cosa no deja de ser grave, porque hablamos de internar en centros muchas veces (habitualmente, de hecho) bastante peores que cárceles a personas que no han cometido delito alguno. La propuesta actual presentada por la presidencia eslovena eleva el límite máximo a 18 meses en casos especiales. Es lo que pasa con las salvajadas, que superado el límite de lo cualitativo, los incrementos cuantitativos son después de lo más sencillo. Hay quien dice que, eso sí, que esto es una avance, claro, porque supondría eliminar la inexistencia de límites actualmente vigente en algunos países, como es el caso del Reino Unido o Suecia. En fin, sin comentarios. O sí, uno: es obvio que es verdad que tal medida supone, en esos casos, una mejora. ¿Y qué?
Lógicamente, en paralelo a estas medidas, las posibilidades de control de la actuación administrativa se tratan de reducir. Es una constante histórica cuando el movimiento va en la dirección que tenemos estos días. Los jueces, mejor que queden al margen, en la medida de lo posible, de este tipo de cosas, porque es el Ejecutivo el que mejor las gestiona. Sin tanto lío, sin tanto follón y sin tanto y tan pejiguero Derecho. Así, mientras el borrador de 2005 exigía como regla general orden judicial previa a la detención y sólo en casos urgentes admitía una orden administrativa con confirmación judicial en 72 horas, ahora se admite la administrativa como vía ordinaria, con confirmación judicial «lo antes posible».
Es significativa la voluntad de establecer esferas de actuación administrativa menos sometidas a la fiscalización y control judicial. Vamos, lo de siempre. Lo que tan bien hemos conocido en España o en cualquier régimen autritario. Nuevas inmunidades del poder, establecidas, eso sí, en beneficio de todos, dado que, a fin de cuentas, se trata de protegernos de «los otros». Es por nuestro bien. Vamos, la historia de siempre, también. La cuestión es lograr asentar esa idea de que a un lado estamos los que tenemos derechos y al otro los que los ponen en riesgo. Aunque sean niños.
Lamentablemente, medidas como estas no van sólo contra «los otros» sino que afectan muy negativamente a todos. El problema es que a veces cuesta darse cuenta de cómo, de cuánto y de la intensidad con la que lo hacen.
10 comentarios en La triste tarea de encargarse del trabajo sucio
Comentarios cerrados para esta entrada.
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Discurrí del mismo modo que tú al escuchar, en mi caso, la noticia. Pero te escribo para comentarte lo terrible que ha sido acabar de leer tu texto y encontrarme con:
«Nadie ha comentado nada en Pérdida de garantías y la triste tarea de encargarse del trabajo sucio»
Nadie ha dicho nada aún.»
Con este comentario al menos lo quito de mi vista. Cuando me levanto con el pie izquierdo (el siniestro, qué curioso) pienso que nos merecemos que nos arrasen antes de que terminemos de pudrirnos.
Un saludo.
Comentario escrito por Rocamadour — 08 de mayo de 2008 a las 3:17 am
¡Vaya tela!
Al final, la UE no se ha puesto de acuerdo… porque muchos países entienden que la propuesta es blandengue y contemporizadora, buenista, ingenua…
http://www.elpais.com/articulo/internacional/Fracasa/directiva/europea/papeles/elpepuint/20080508elpepiint_5/Tes
Eso sí, Rubalcaba explica que la directiva “se ha entendido mal”, que no supone pérdida de derechos para nadie, que simplemente armoniza y regula unos mínimos para todos que son mucho más garantistas de lo que hay ahora en algunos países, pero que eso no significará en ningún caso que nadie vaya a perder derechos en un país como España, con una tradición más respetuosa.
A continuación, eso sí, desmiente sin pestañear lo asegurado segundos antes y explica que, aprovechando la directiva, España va a aumentar el período de “retención”:
http://www.cadenaser.com/espana/articulo/rubalcaba-aumentaremos-plazo-maximo-internamiento/serpro/20080508csrcsrnac_1/Tes
Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 08 de mayo de 2008 a las 8:47 am
Suscribo totalmente el artículo, como tantos otros tuyos. Pero tendríamos que pasar de algún modo del análisis a la praxis.
¿Sabes de qué modo podríamos articular una promoción de la visión garantista del Estado de derecho? ¿Sólo tenemos las vías tradicionales?
Comentario escrito por parvulesco — 08 de mayo de 2008 a las 9:35 am
“A lo mejor está mucho más cerca de lo que pienso el día en que blandir la retórica más xenófoba, y vehicularla jurídicamente con medidas indignas de un Estado de Derecho, constituirá una tarea que, lejos de entenderse como “trabajo sucio”, será alegremente asumida, y publicitada con orgullo, por los gobiernos nacionales. Me temo, de hecho, que no son pocos los casos de países de nuestro entorno que, con diversas tonalidades, ya andan por ahí.”
No hace falta buscar muy lejos. Los promotores de esas ideas “no están en lugares remotos ni en montañas lejanas” , el debate ideológico que propone la “Tigresa” del PP va en esa dirección: perder el miedo y defender sin complejos sus posiciones conservadoras y neoliberales en temas tan importantes como la emigración, en la convicción de que no solo no tendría costes sino que pudiera ser rentable electoralmente.
Y lo peor de todo es que “a lo mojo” tiene razón.
Comentario escrito por guimusa — 08 de mayo de 2008 a las 11:31 am
En cuanto al concepto de detención y rentención por parte de la policia, es bastante ilustrativa la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 05.07.2007, Sala Segunda, ponente Andrés Martínez Arrieta y tiene los votos a favor de Juan Saavedra Ruiz, Enrique Bacigalupo Zapater (formula voto particular a favor), Luciano Varela Castro y el propio ponente. Formula voto particular en contra Manuel Marchena Gómez.
Es la resolución del TS acerca del llamado Caso Bono; detención de 2 militantes del PP por los sucesos acontecidos (supuesto intento de agresión al actual Presidente del Congreso) en una manifestación. Sin querer condicionar al posible lector de la sentencia sugeriría el siguiente orden de lectura:
1.- Lectura de los antecedentes de hecho (páginas 4 a 18). En la página 48 de la sentencia el TS acepta, sin modificar ni una coma, la redacción de los hechos probados realizada por la Audiencia Provincial de Madrid.
2.- Lectura del voto particular formulado por Manuel Marchena (página 55 en adelante).
3.- Lectura de la teoría sostenida por el TS para absolver a los policias.
Una de mis dudas, una vez leída la sentencia, radica en saber cuál es la naturaleza jurídica de las diligencias policiales antes de que éstas pasen a manos de un juez; y saber si la policía puede hacer y rehacer un atestado como le viene en gana sin tener que responder ante nadie.
Si éstas son las garantías con las que cuentan dos ciudadanos nacionales, ¿qué garantías le «esperan» a un inmigrante sin papeles?
Quizás la relación entre esta sentencia del TS y el tema del post esté, un poco, cogido por los pelos, pero, en esencia, creo que afecta al problema general de las cada vez menos posibilidades REALES del ciudadano de defenderse a pesar, de que, en apariencia, nuestros derechos y garantías son cada vez mayores (al menos en la letra muerta del salida del BOE). No hace falta enumerar los derechos derivados de la Ley de Dependencia que tienen nula o escasísima aplicación real.
Comentario escrito por calamocano — 08 de mayo de 2008 a las 5:02 pm
El enlace a la sentencia es
http://www.poderjudicial.es/jurisprudencia/pdf/28079120012007100615.pdf?formato=pdf&K2DocKey=E:\Sentencias\20071010\28079120012007100615.xml@sent_supremo&query=%28%3CYESNO%3E%28fecha_resolucion+%3E%3D+20070705%29%29%3CAND%3E%28%3CYESNO%3E%28fecha_resolucion+%3C%3D+20070705%29%29%3CAND%3E%3CYESNO%3E%28%28andr%E9s+mart%EDnez+arrieta%29%3CIN%3Eponente%3CNOT%3E%28*%3CIN%3Eponente%3CWHEN%3E%28codigo%3CSTARTS%3E000%3COR%3Ecodigo%3D%27%27%29%29%29
Comentario escrito por calamocano — 08 de mayo de 2008 a las 5:09 pm
Los números de página de la copia que tenía no se corresponden con la indexada en la base de datos del TS. En la STS de la base de datos del TS las páginas son:
1.- Páginas 2 a 8. Se aceptan íntegramente los hechos probados de la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid en la página 21.
2.- Página 23 en adelante.
3.- Páginas 10 a 20; el voto particular favorable de Bacigalupo Zapater comienza en la página 21.
Comentario escrito por calamocano — 08 de mayo de 2008 a las 5:28 pm
La retórica de «papeles para todos» no hace que mejore la situación de los países subdesarrollados. Os equivocáis profundamente, aunque sea con buena intención. Ningún país, ya sea del Primer o del Tercer Mundo, deja entrar a cualquiera sin control alguno. Imaginad por un momento que La Unión Europea aprueba una política de puertas abiertas, y deja entrar a TODO el que quiera, sin ningún tipo de control. ¿Qué sucedería? Una migración masiva no solucionaría nada de nada ni haría que el mundo funcionase mejor. Pongamos un ejemplo. Imaginemos que estamos en la estepa rusa, y que hay una temperatura de 30 grados bajo cero. Un grupo de personas ha construído una casa con una chimenea y se ha resguardado dentro. Fuera han quedado muchas personas que, lógicamente, quieren entrar. Pero si entrasen todas la casa se caería y al final morirían todas de frío. ¿En qué mejora la situación? ¿La solución pasa por fastidiarnos todos para calmar las conciencias de algunos? ¿No sería mejor que esos páises se desarrollaran, tuvieran sus propios medios, su propia industria, para no tener que mandar fuera a sus ciudadanos?
Comentario escrito por Luis — 10 de mayo de 2008 a las 10:55 am
Dr Boix:
Me alegra que en este espacio surjan importantes análisis sobre la inmigración.
Comentario escrito por Alejandro — 13 de mayo de 2008 a las 10:49 pm
Luis, no sé dónde has leído en mi post nada de «papeles para todos». Se trata de «garantías jurídicas dignas de un Estado de Derecho para todos». Son cosas distintas.
Dicho lo cual, y retomando tu ejemplo, una sociedad decente ha de tratar de que sus reglas de funcionamiento no estén inspiradas en situaciones trágicas y las decisiones que se adopten legitimadas sólo por la retórica del estado de necesidad, si de lo que se trata es de regular y articular la convivencia en condiciones de normalidad, de paz jurídica y de bienestar económico. Me parece obvio que hemos de aspirar a más. Dicho de otro modo, no creo que sea decente conformarse con aplicar a nuestra vida durante 80 años la regla de comportamiento que valida ciertas actuaciones en circunstancias estrictamente puntuales y excepcionales.
Ahora bien, como dice parvulesco, a ver cómo nos las apañamos y cómo nos lo montamos. De eso se trata.
Por lo demás, calamocano, es muy interesante la sentencia que traes y la reflexión que haces sobre los oscuros perfiles jurídicos de la detención. Aunque, probablemente, no sea la más adecuada para entender qué considera nuestro ordenamiento una retención, que no detención, y qué límites tiene, debido a que, como es sabido, «great cases, like hard cases, make bad law». En cualquier caso, dado que tienes la sentencia analizada, te estaría muy agradecido si no las diseccionaras.
Comentario escrito por Andrés Boix Palop — 16 de mayo de 2008 a las 11:04 am