Eduardo García de Enterría (1923-2013)

Ayer murió Eduardo García de Enterría, de quien puede decirse sin que quepa ninguna duda que ha sido el iuspublicista español más importante, que una mayor influencia ha ejercido en nuestro Derecho, de la segunda mitad del pasado siglo. Los homenajes van a sucederse en los próximos días, como es natural, y poco puedo decir yo que no sea mucho mejor dicho, y con más conocimiento de causa, por quienes lo conocieron y trataron. Es el caso, por ejemplo, de Santiago Muñoz Machado, que ya ha publicado una hermosa semblanza personal que resalta rasgos bien conocidos de quien ha sido maestro de tantos juristas españoles que, a su vez, han tenido discípulos que, por su parte, han acabado también produciendo juristas de todo tipo, como por ejemplo quien esto escribe. En cierto modo, por así decirlo, yo me quedé ayer sin «bisabuelo académico». Pero como señala Muñoz Machado, lo increíble del caso de García de Enterría es la enorme cantidad de gente que estamos en una situación parecida tal es lo increíblemente grande que es la cantidad de gente que de una manera u otra somos tributarios de sus enseñanzas: más de cien catedráticos de universidad, decenas y decenas de profesores… españoles y de otros países.

Eduardo García de Enterría ha hecho muchísimas cosas de las que las noticias sobre su vida que podemos encontrar en Internet no dan buena medida por ser demasiado breves y no incidir en su verdadera importancia. Pareciera de estos listados que hizo muchas cosas, sí, pero no sólo es que falten otras tantas, es que, además, es difícil aprehender su capital importancia de un listado tan parco en explicaciones. Fue García de Enterría un jurista de Estado a caballo entre la España de la dictadura de Franco y la de la incipiente democracia. Es el más visible representante de una generación de jóvenes juristas (la comúnmente llamada «Generación de la RAP» por lo mucho que publicaron en esa revista en torno a la que se nuclearon y que construyeron), que habían logrado ocupar importantes puestos en los cuerpos tradicionalmente importantes en la construcción jurídica de lo que es este país y que se pusieron a trabajar juntos, dentro de ese Estado, en un contexto muy particular en el que, por decirlo de alguna manera, a falta de un Estado de Derecho con libertades civiles se intentó (y se consiguió en gran medida) dotar al país de unas estructuras jurídicas homologables, en cuanto al trato de los ciudadanos en sus relaciones no políticas con el poder, más o menos, a lo que era habitual en Europa. El trabajo que ese grupo de juristas, en el que García de Enterría logró ejercer de amalgamador y convertirse en una suerte de primus inter pares, es muy difícil de sobrevalorar, por muchas que puedan ser las carencias concretas inevitables que se puedan detectar ahora y muy evidente que, dado el entorno en que se produce, la llegada de la democracia habría de ir acabando poco a poco con gran parte de esa obra, necesariamente actualizada por mucho que en su espíritu último haya resistido increíblemente bien a veces. Curiosamente, así como la Ley de la Jurisdicción Contenciosa de 1956 o la del Procedimiento Administrativo de 1958 han acabado por ser sustituidas por normas más nuevas tras años de democracia (en 1998 y 1992 respectivamente), la primera de estas grandes leyes, la Ley de Expropiación Fozosa de 1954, sigue vigente (y no hace mucho tuve ocasión de revisar críticamente si tenía sentido que así fuera, sin acabar de tener la tentación de sumarme al coro que clama por su sustitución por una nueva que reforme en su totalidad el sistema).

Sin embargo, por encima de todo, más allá de sus estudios más técnicos, García de Enterría será recordado, sobre todo, como el iuspublista que convirtió en moneda de circulación común entre nosotros, en esa España todavía franquista, que La lucha contra las inmunidades del poder había de centrar gran parte de la tarea de quienes nos dedicamos al Derecho público. Con la llegada de la democracia, García de Enterría ayudó de forma muy clara a que quedara claro que en un Estado de Derecho era imprescindible entender La Constitución como norma y el Tribunal Constitucional debía ser su máximo intérprete a partir de la asunción de su absoluto valor normativo. Es cierto que no estamos hablando de ideas que fueran revolucionarias, ni mucho menos, en Europa. Pero también lo es que apostar firmemente por ellas en España no fue lo común siempre. García de Enterría ayudó decisivamente a que así fuera. La forma en que se ha consolidado un sistema de Estado de Derecho en nuestro país, en consecuencia, le debe mucho. No sólo a él sino también a las muchas personas que con él trabajaron. Muy probablemente el punto de llegada no habría sido muy distinto sin ese esfuerzo. Pero también se puede asegurar que habríamos tardado mucho más y lo habríamos hecho, a buen seguro, algo peor. Eso es un legado enorme, más en un campo como es el Derecho donde, para bien o para mal, las aportaciones individuales son más bien, por lo común (y por mucho que puedan padecer nuestras por lo general no bien dimensionadas vanidades), de una aleccionadora insignificancia. No tiene sentido ahora referenciar las numerosas obras en que García de Enterría fue construyendo su camino como jurista. Pero sí quizás mencionar que un elemento esencial de ese magisterio pasó por su Curso de Derecho Administrativo, escrito junto a Tomás-Ramón Fernández, que es el libro que durante generaciones, desde hace más de 30 años, prácticamente todos los estudiantes de Derecho administrativo españoles y de otros países han empleado para estudiar la asignatura como mínimo, cuando empezó a resultar manifiestamente excesivo para los actuales planes de estudio, como obra de consulta imprescindible o para preparar oposiciones.  De ese legado queda también el discurso dictado para su entrada en la Academia Española de la Lengua (es bien cierto que García de Enterría, a diferencia de lo que nos ocurre a muchos juristas, como pueden sufrir a diario todos los que lean este blog, escribía ciertamente en un muy buen castellano), que con el título de La lengua de los derechos repasa las grandes transformaciones que sufre el lenguaje para acomodarse y explicar la nueva realidad de un Derecho moderno que nace hace como dos siglos y un poquito más, con la Revolución Francesa. En ese recorrido, García de Enterría aprovecha para explicar cómo el Derecho público sirve para controlar al poder y dar esferas de libertad y autonomía a los ciudadanos, a la vez que los hace partícipes de la cosa pública. Es una obra imprescindible para cualquier persona que quiera entender ese tránsito, en Europa y en España, a la modernidad jurídica. Además, tenemos la suerte de que podemos leerlo en la red, en la web de la propia Academia.

García de Enterría fue muchas más cosas: honrado por decenas de Universidades españolas y extranjeras por su magisterio, primer juez español en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos una vez España pasa a formar parte del órgano tras la dictadura y, también, actor de la vida pública en momentos extraordinariamente importantes. La famosa Comisión de Comunidades Autónomas que se pone en marcha en 1980 por el pacto de UCD y PSOE para «ordenar» y «contener» el proceso autonómico, cuyo informe tanto tiene que ver con la generalización de las CC.AA. a todo el territorio nacional y con la manera en que  se realizó este proceso, fue presidida por García de Enterría. No hace mucho lo recordábamos, por ejemplo, al hilo de un trabajo de Tomás-Ramón Fernández sobre el reparto territorial del pode en España donde quedaba clara su importancia… y que a día de hoy los resultados de ese trabajo siguen dando que hablar, y mucho.

Sin embargo, y aquí doy una opinión muy personal que quizás algunos no compartan pero que sinceramente creo que debe ser referida, donde el magisterio de García de Enterría es más claro e indiscutible es en la manera en que «construyó escuela y Universidad». Todos esos profesores y académicos, juristas y estudiosos, que hoy estamos tristes al conocer su muerte y que de una manera u otra nos sabemos parte de una manera de haber estudiado y vivido el Derecho público que tiene mucho que ver con él, en el fondo, formamos parte de una red impresionante que logró tejer, muy probablemente, debido a que en él concurrían unas excepcionales cualidades humanas que iban más allá de lo puramente intelectual. Sólo así se explica que en un país como el nuestro (por no hablar de nuestra Universidad), que suele funcionar como suele funcionar, fuera capaz de trabajar siempre en equipo para mejor provecho de todos, y del país, con la ya mencionada «Generación de la RAP» y así ir poniendo en pie un Estado, si no de Derecho, sí con cierto Derecho más o menos presentable. No da la sensación de que nunca García de Enterría tuviera problema alguno en compartir protagonismo o que pretendiera acaparar nada. Todo lo contrario. Y gran parte del éxito de ese proyecto compartido tiene muy probablemente que ver con eso. Otro tanto puede decirse de su impresionante escuela, con discípulos y discípulos de discípulos y discípulos de discípulos de discípulos. No parece que nunca García de Enterría haya caído a esos males tan habituales de cortar la hierba bajo los pies de quienes trabajaban con él por absurdos celos u otras obsesiones extravagantes sino que, al contrario, ha sido manifiesta su capacidad para rodearse de talento, ayudar a que floreciera y hacerlo dando muestras de una liberalidad enorme y poco común, dejando que se desarrollara a partir de las cualidades de cada cual. Esta parte de su obra es por ello particularmente notable, insisto, no tanto por su importancia para el Derecho español, que la tiene y muchísima (la influencia de García de Enterría, en parte gracias a esto, ha sido y es enorme, y se cuela en casi cualquier Facultad de Derecho pero también en casi cada organismo público), sino por cómo se construye. A mí me impresiona, sobre todo, por lo que demuestra sobre la inteligencia de García de Enterría en lo personal, su bonhomía y su gusto, sencillamente, por las cosas bien hechas y el trabajo intelectual honrado. Yo sólo tuve ocasión de comprobarlo en persona en una ocasión, cuando formó parte (fue el Presidente) del tribunal que evaluó mi tesis doctoral en 2003, hace ya diez años, pero fue más que suficiente para entender muchas cosas sobre la importancia esencial de ese tipo de intangibles sin los que no se explica una obra tan ingente e importante, en todos los sentidos, como la del Profesor Eduardo García de Enterría.



11-S al País Valencià

1378918414000Ahir va haver una gran manifestació independentista a Catalunya. Tota la qüestió sobre l’origen del cabreig català i sobre tot sobre la possibilitat de la independència un tema molt interessant i jurídicament amb moltes coses a dir. Peró, com que ja n’hem parlat, hui preferiria comentar una altra cosa, més concreta però també important: el greu perill de convertir en normals certes reaccions que no són justificables dins una democràcia i el joc normal en un Estat de Dret. No parle de les evidents impresentabilitats de quatre (o els que siguen) imbècils. Perquè no estem parlant, tots ho sabem (benauradament), d’una majoria i menys encara de gent que fa aquestes coses amb suport institucional. Parle d’una cosa molt més greu, que és el que tenim quan un Govern, representant de tots els ciutadans, deixa d’actuar per respectar els seus drets i acaba convertint-se en agent de part, tractant d’utilitzar els mecanimes del poder per als seus objectius, a costa del que siga, fins i tot dels drets polítics i cívics més importants en qualsevol democràcia, com són els d’expressió lliure d’idees polítiques, quan es fa de forma pacífica, per part dels ciutadans. Això és, senzillamt, el que va fer el Govern valencià demanant la prohibició de la manifestació independentista a Vinarós i això és exactament el que va fer el Sots-delegat del Govern central a Castelló quan hi va accedir en una decisió jurídicament impresentable, que cap jurista i cap demòcrata pot justificar. Per això, malgrat que quasi ningú sembla que ho veja així (ni tan sols l’oposició polític al govern valencià sembla massa preocupada per aquesta deriva), a mi l’actuació sí em sembla molt, molt inquietant: el sotdelegat del govern no va cometre una errada en prohibir una manifestació absolutament legal que després li va corregir el jutge corresponent; va fer una barbaritat impròpia en qualsevol democràcia i, a hores d’ara, hauria d’haver estat ja remogut del seu càrrec.

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Si los malos son banales… puede haber muchos (sobre Eichmann in Jerusalem, de Hannah Arendt)

31xH1leJTJL._Este verano se ha estrenado en toda Europa una película alemana sobre Hannah Arendt, que confirma que a día de hoy cualquier objeto aparentemente sesudo y supuestamente abstruso, como es en este caso una trama que se centra en parte de la vida de una filósofa y su obra, acaba siendo mucho más entretenido, además de interesante, que las producciones comerciales hollywoodienses al uso, que tanto he defendido en el pasado como pasatiempo, pero que ahora ni siquiera son divertidas desde que se han llenado de excesos, persecuciones eternas y batallitas que parecen una coreografía de ballet pero con pistolas y así se han acabado convirtiendo en un tostonazo. Es cierto que la película en cuestión, al versar sobre la redacción y posterior controversia en torno a la narración que hace Arendt del juicio a Adolf Eichmann, un nazi de las SS encargado del transporte de judíos antes y durante la Segunda Guerra Mundial, primero hacia la deportación y luego hacia el extermino, cuenta con el comodín de tratar de nazis, que es un tema sin duda más bien popular. Pero, aún así, la esencia de la historia, de la reflexión en torno al libro Eichmann in Jerusalem tiene poco de tema fácil: es una historia sobre lo que Eichmann hizo o dejó de hacer, tratando de dejar constancia de lo que fue su proceso (y en parte de rectificarlo, ciñéndolo lo más posible a sus actos, y no a todo lo ocurrido, en contra de lo que fue el juicio real), a fin de delimitar hasta qué punto fue culpable o no (o, más bien, en qué grado lo fue) y, sobre todo, descontada efectivamente tal culpabilidad, a tratar de entender cómo se llega a poder realizar determinados actos. En este sentido en cuando Arendt, tras analizar los actos y psicología de Eichmann concluye que es un sujeto en el fondo muy poco interesante, más bien estúpido, poco dado a pensar por sí mismo, y acuña la famosa expresión de «la banalidad del mal» (el libro se subtitula «A report on the Banality of Evil») que se refiere, a partir de este momento, no ya únicamente a Eichmann sino que, de alguna manera, como se puede detectar a lo largo de toda la obra, aspira a cartografiar ciertas coordenadas de la abyección humana y, sobre todo, a entender cuál es la ruta que puede conducir a un individuo no particularmente malvado ni monstruoso a convertirse en un horrendo criminal de masas.

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¿Universidad pública para todos? Costes, demanda…

A mí me pasa muchas veces que no tengo claras las cosas. No todas, pero sí algunas. En ocasiones, además, no es simplemente una cuestión de desconocimiento. Realidades que conozco muy bien, como es la Universidad española o en general la organización de la educación superior, no siempre me permiten tener claro qué es lo mejor. Así, por ejemplo, cuando analicé en este blog la propuesta de reforma de la Universidad de los expertos de Wert, aun siendo consciente de que la propuesta era muy deficiente y que no iba a ir a ninguna parte (algo que parece ya confirmado), también dije, porque es verdad, que la tarea no es fácil y que si a mí me encargaran ponerme a proponer cómo reformar la Universidad española tendría muchas, muchas dudas sobre por dónde tirar en más de un asunto.

Pues bien, en este marco de recortes en el que estamos, una cuestión que me inquieta sin saber cómo convendría resolverla es qué hacemos con la Universidad pública en un contexto de crisis. ¿Hay que recortar grados y posgrados como masivamente pide casi todo el mundo? ¿Estamos sobredimensionados? ¿Debemos enseñar a menos gente pero hacerlo con más calidad? O, por el contrario, ¿deberíamos intentar asumir cuantos más estudiantes mejor y dar el servicio de educación pública a cuenta más gente mejor?

Los parámetros en que se enmarca el debate están, creo, claros para cualquier persona que preste un mínimo de atención:

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Catacrac

Fa un parell de setmanes que estic fora d’Espanya. I, la veritat, la imatge que dóna el país, des de lluny, és tan poc simpàtica com la que dóna quan hi convius amb les misèries. El règim que va sorgir de 1978 és el que és, venia d’on venia i molt probablement fa anys que ens va oferir tot el que tenia de bo. A canvi, és clar, al pack venien moltes coses dolentes. Cada dia en són més, i són més evidents. Estem parlant d’un catacrac en tota regla del règim constitucional i la seua estructura jurídica.

– Tenim un Cap de l’Estat que, de manera més o menys oberta, ens ha sigut darrerament presentat com primer i millor comissionista del Regne. Més enllà del caràcter tòxic genèric de la Monarquia o de concrets escàndols de corrupció associats a la ben nostrada família Borbón, el cas és que el propi paper, posició i significat del Rei com estandard d’aquesta restauració Borbònica i dels seus valors és, a hores d’ara, el que és. Amb el problema addicional que tampoc no és possible que en el futur siga una altra cosa. I, més important encara, sembla que ja tothom se n’ha adonat.

– El Parlament i els partits polítics tenen problemes cada vegada més greus de desconnexió amb la realitat i els nostres representants s’han conformat cada vegada més com una casta que no només passa dels problemes normals dels ciutadans sinó que, a partir d’un cert punt, directament no n’és conscient. És un món de polítics que teòricament cobren (i és de veres) molt poc si mirem l’exemple comparat però que ha acabat generant una professionalització de gent que, directament, fora de la política no cobraria res. Per no parlar de que, sembla, a partir d’un cert nivell, com tots podem comprovar, que de cobrar poc, en el fons, res de res. Hi ha sinecures i recompenses de per vida per als que més s’ho curren (partidistament). Tot plegat, un panorama molt trist estructuralment. Amb l’afegit d’un finançament il·legal de partits polítics que complementa sous i tot tipus de coses (en això s’ha de reconèixer Rodríguez Zapatero que, al menys, va reformar la llei de finançament de partits polítics per fer que, com a mínim, determinades pràctiques escandaloses, al menys, passaren a ser il·legals, perquè abans és que, directament, eren perfectament acceptades pel nostre ordenament). A hores d’ara la crisi de legitimitat del Parlament i dels nostres representants és inmmensa. La de la majoria parlamentària del PP, malgrat ser absoluta en quant al nombre de diputats, és també una crisi en termes de majoria absolua en descrèdit ciutadà, desconnexió amb la ciutadania, divergències entre els seus interessos i els dels espanyols normals (evidenciades en polítiques molt dures sempre contra els més febles)… tot completat amb les complides evidències d’una trama molt robusta de finançament il·legal que en pràcticament qualsevol país normal hauria d’haver abocat a la dimissió dels responsables del partit en qüestió de qualsevol responsabilitat pública.

– La situació de l’Executiu és encara pitjor (si això és possible). D’una banda perquè són els mateixos que estaven al cap d’eixe frau en el finançament del partit (i ja dic que això, en un altre país… però vaja que estem al país que estem o siga que no té sentit repetir-ho massa). D’altra perquè, a més, cada vegada s’estenen més dubtes respecte del seu propi comportament personal (una qüestió aquesta que està lluny de ser provada de moment). Políticament, a Espanya, dins el règim de 1978, sembla que els temes de finançament irregular no han de comportar sancions polítiques (la qual cosa ja parla d’una anomalia important), però el Govern del PP i el propi President semblen cada vegada més tocats i tacats. És una qüestió de credibilitat, a hores d’ara, però el propri comportament dels protagonistes i la brutal desconnexió en els seus comportaments amb el que són les preocupacions dels ciutadans normals són suficients, com a mínim, per poder parlar d’una crisi de legitimitat també majúscula en l’Executiu.

– Les Administracions públiques espanyoles, mentres tant, continuen sonades. Després de 5 anys i escaig de crisi, sembla que encara no saben per on tirar. Les reformes que es presenten són sempre el mateix: retallades allà on és senzill retallar (perquè els afectats no pinten molt, perquè no fan part de les elits, perquè són retallades senzilles de gestionar tinguen o no sentit…) i cap reforma estructural. Les coses que es presenten com programa ambiciós de reformes fan, senzillament, vergonya aliena (reforma administrativa, reforma educativa, reforma laboral, reforma energètica, llei d’unitat de mercat… totes són un tocomoxo darrere un altre). Tot això parla molt malament de les suposades elits del país, les que teòricament com a mínim haurien de ser conscients que, si volen salvar el tinglat de 1978 i l’actual model, alguna cosa, seriosa, de veritat, s’ha de fer. Però és el que hi ha. Perquè tenim el que tenin. Unes elits que, a més, s’han cobert de glòria en el Banc d’Espanya, per exemple, amb la seua clamorosa incapacitat per veure res que no fóra el que els convenia detectar. Però no es tracta d’un cas aïllat. És el que està passant per tot arreu. Les Administracions autonòmiques, tot i asfixiades pel Govern central, també s’han cobert de glòria reiteradament i han demostrat sempre que han pogut que gestionen com a mínim tan mal com l’Estat. En fi, que la cosa sembla que és molt general, una fallida sistèmica. Fins i tot el paper de les Universitats, per exemple, malgrat la seua gran autonomia (que els hauria permés ser menys pessebreres amb els governs), ha estat decebedor identificant problemes (no hem sabut fer-ho) o, per exemple, empassant-se reformes absurdes en matèria educativa absolutament impresentables… mentres alhora es conrreava una passivitat i immobilisme absolut front el futur en compte de tractar d’encetar alguns dels canvis que cada vegada resulta més evidents que ens calen.

– El Poder Judicial, qui ho anava a dir! és el que més o menys aguanta millor. Una de les coses bones del règim de 1978 és que sí va garantir certa independència judicial (molt àmplia, de fet, en els òrgans menys sensibles) i que l’evolució social ha generat més porositat social entre els jutges. En els últims anys el poder judicial, més o menys, ha funcionat com el poder de l’estat més sensible a problemes reals com els desnonaments i, amb les limitacions que comporta la resposta penal contra la corrupció (més encara si és sistèmica), la sensació és que ahí el desgavell no és absolut. Una altra cosa són coses com el Tribunal Constitucional (òrgan polític més que jurídic, però amb certes exigències de nivell tècnic i imatge d’independència que any rere any s’ha anat per l’albelló) o el Consell General de Poder Judicial, on més enllà dels escàndols econòmics hi ha un problema greu de com es trien els jutges per als òrgans més sensibles. Problema que la nova reforma recentment aprovada de l’òrgan, en una mena d’òrdago del sistema de 1978 que es resisteix a morir, ha agreujat de manera significativa.

– Dels empresaris espanyols, de com es fan ací els negocis, de com d’important és, des del franquisme, la interacció amb el BOE i amb els que manen (amb tot el que allò comporta) millor no parlar-ne molt. Que els líders de la CEOE acaben desarticulats judicialment i policial ho diu tot. Dels sindicats, la seua funció, la seua dependència dels diners públics i la seua tendència durant aquestes tres dècades, com resaltava Florentino Pérez, «a la responsabilitat i a mirar pel bé del país i del desenvolpument econòmic» tampoc no fa falta dir molta cosa: és suficient amb mirar com estan eixos sindicats en aquests moments, quin prestigi social tenen i com els consideren majoritàriament els treballadors perquè tot hi estiga clar (hi ha, però, alguna excepció en alguns àmbits, amb sindicats que viuen de les quotes dels seus afiliats). Tampoc no paga la pena parlar sel sector financer, del que va ser públic i del privat… Malauradament per a tots, que anem a pagar el compte, sobre aquest últim anem a sentir parlar molt en els propers mesos.

Òbviament, el problema que tenim és, sencillament, sistèmic, de règim. Ho hem fet malament. Entre tots. També els juristes, que hem apuntalat sistemàticament un sistema on l’arbitrarietat, el poder del qui mana, la falta de controls… sempre ha trobat qui el justificara (de fet, sempre ha trobat una jutificació molt majoritària). Aquestes coses mai no són, però, problemes d’un col·lectiu o d’unes elits. Els que amne i tenen més recursos al seu abasta, òbviament, tenen més responsabilitat però, al capdavall, és un problema de tots. I no hem de pensar en com ho hauran de solucionar alguns sinó en com ho hem de solucionar nosaltres. Perquè es nostre problema, és el nostre futur… i són els nostres diners.

Front el catacrac general de les institucions sorgides del pacte de reforma post-franquista, de la restauració borbònica feta amb un acord molt general de les elits que varen portar a la Constitució espanyola de 1978 hem de pensar en un cambi radical de sistema, d’institucions, de mentalitats. El que tenim, que potser va servir uns anys després la mort de Franco, no serveix des de fa temps. Hem de començar a pensar, molt seriosament, com canviar-ho. El problema és que no és gens fàcil, que els estertors d’un règim molt malalt poden durar molt de temps i que, mentras tant, el show va a continuar.

Per no parlar, per cert, que no ningú sap ben bé, a hores d’ara, per on hauríem de tirar. Això sí, arribarà un moment, com la fallida multiorgànica del règim proseguisca a aquest ritme, en què directament ja serà indiferent si sabem cap on tirar o no perquè el propi camí el marcarà el desballestament incontrolat del que ara tenim. Aixó, o demanar la independència (com fan els catalans cada vegada més majoritàriament… sentiment popular davant del qual la resposta del règim prohibint votar no pot ser més patètica) de nosaltres mateixos o que ens aculla Gibraltar, per exemple.



Sectores regulados en España: hoy, la reforma eléctrica

Publica el BOE de ayer el Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico (por cierto, en el tanteo del año llevamos 9 leyes por 9 Decretos-ley, que están perdiendo fuerza, los pobres, como si esto fuera un país normal, aunque de vez en cuando aparezcan casos como éste, donde no hay NINGUNA justificación para acudir a esta forma de legislar, como queda claro por el hecho de que la reforma lleva meses preparándose, lo que hace que cualquier persona con dos dedos de frente dude de la efectiva existencia de esa supuesta urgencia que el texto del Decreto-ley tantas veces invoca). Se trata de una «pedazo de reforma», en palabras de la Vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáez de Santamaría, que cada vez que presenta reformas supuestamente ambiciosas que en realidad vienen a ser más de lo mismo se ve obligada a hacer fuegos de artificio verbales, como lo de los famosos 40.000 millones de euros del otro día, para tratar de tapar la triste realidad de la pobre acción reformadora del Gobierno.

La reforma que ha presentado el Gobierno es muy compleja (si se van al enlace de la norma en el BOE verán que la Exposición de Motivos ocupa casi 2/3 de extensión, lo que demuestra, además, la necesidad de aclarar qué intenciones tienen algunos preceptos y cómo han de interpretarse, sentida incluso por parte del propio Ejecutivo que ha preparado el Decreto-ley) y en aras a la brevedad que siempre se me recrimina que no cuido nada en este blog voy a intentar, de la manera más sencilla posible, explicar los dos problemas esenciales que parece querer afrontar la reforma y los problemas jurídicos de fondo que plantean y que ponen de relieve algunas de las dificultades de la moderna manera de hacer ordenación económica… Boletín Oficial del Estado en la mano. Se trata de la cuestión del precio de la electricidad en España y del tema de las primas a las renovables.

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Centralismo vs. federalismo en la España de las autonomías (I): Tomás-Ramón Fernández y los 17 «estaditos»

Una de las consecuencias más notables, en lo jurídico, del crack que ha hecho España en cuanto a sus estructuras e instituciones es que a día de hoy a nadie parece gustarle demasiado la estructura de reparto del poder territorial del Estado que tenemos en estos momentos: el famoso Título VIII de la Constitución. Que las reglas que regulan la convivencia y reparten el poder no acaben de gustar a nadie del todo, probablemente, es algo no sólo de lo más normal sino hasta bueno. Ocurre, sin embargo, que el nivel de desagrado que el sistema actual genera en España es quizás superior a lo aconsejable, indicando que, efectivamente, puede que haya algún mecanismo importante roto de verdad. Y ocurre, además, que las evidencias de que los problemas que tenemos no son de chapa y pintura empiezan a acumularse. Aprovechando esta situación, y dado que se están generando documentos de todo tipo con propuestas y alternativas, no parece mala actividad pre-estival ir echando un vistazo a alguno de ellos. De hecho, ya comenté en este blog la que de momento es la propuesta más trabajada que desde alguien relacionado con el estudio de estas cosas desde la Universidad ha surgido hasta la fecha dentro del espectro que preconiza una reforma constitucional e institucional profunda con cierto barniz recentralizador (pero sin pasarse): la de Santiago Muñoz Machado en su Informe sobre España.

Pues bien, con un perfil algo diferente, pues es un texto menos académico y más de polemista, como él mismo reconoce, y con el interés de contribuir a dibujar propuestas, a cargo de una persona que es muy importante en nuestro Derecho público (y además lo ha sido durante muchos años, participando en muchos elementos del diseño del actual sistema, como por ejemplo como miembro, igual que también lo fue Muñoz Machado, de la Comisión presidida por García de Enterría que dibujó a UCD y PSOE una suerte de hoja de ruta para ir desarrollando el sistema autonómico tras el «susto» que produjo el referéndum andaluz o la inminente, y abortada, consulta valenciana), Tomás-Ramón Fernández ha publicado en los Cuadernos de la Fundación Transición española (que es un chiringuito con pinta de reunir a lo más granado del establishment de lo que han sido estos casi ya cuarenta años de restauración borbónica -de hecho, el propio Tomás-Ramón Fernández invoca nada más empezar su texto a Umbral para acogerse a la «Santa Transición» como ejemplo de algo bien hecho) un trabajo que presentó en la Fundación FAES sobre la cuestión: La España de las Autonomías: un Estado débil devorado por diecisiete «estaditos». Como puede apreciarse por el título del trabajo, estamos ante la exposición más o menos canónica (pero hecha desde la Universidad, y por una persona que de esto sabe y a esto se ha dedicado) que nos sitúa en uno de los ejes del debate: el que considera que esto no funciona por culpa, esencialmente, de las Comunidades Autónomas, de sus excesos y de su diseño y que, en consecuencia, para ir arreglando las cosas, lo que hay que hacer es arriar velas autonómicas y recentralizar lo más posible. Analicemos los argumentos que se dan para ello.

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