Jueces ¿independientes?

La Ley Orgánica 4/2013 ha culminado finalmente el procedimiento de reforma del funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial que ha impulsado el nuevo Gobierno. Es, de hecho, una de las pocas reformas legislativas que, de momento, el Ejecutivo salido de las urnas en 2011 ha logrado culminar. Dado que tiene una cómoda mayoría absoluta en ambas Cámaras (mayoría de 3/5 incluso en el Senado), resulta evidente que para esta gente, en lo que se refiere a aprobar leyes, querer es poder. Si quieren lo suficiente, pueden. Por muchas críticas que reciban, muy cabreados que puedan tener a todos los actores implicados, si quieren, pueden. Es por ello muy significativo, la verdad, que frente a la marcada desidia con la que se toman casi cualquier cosa este Gobierno y sus apoyos parlamentarios, en cambio esta reforma de cómo funciona el CGPJ haya llegado plácidamente a buen puerto. Y no precisamente porque aquí esté todo el mundo contento con cómo se perfila el nuevo modelo de órgano de organización de los jueces (es más, la realidad es la contraria, con todas las asociaciones de jueces muy enfadadas y casi todos los juristas que han opinado sobre el tema horrorizados). Es, sencillamente, porque esto sí querían hacerlo. Porque es importante. Porque esto va sobre la independencia de los jueces y, muy especialmente, de los jueces que pueden tener controlado al poder algún día (mañana, por ejemplo). Y con esas cosas, por lo visto, ni siquiera en España, ni siquiera este Gobierno, se tiene pereza.

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Las becas de Wert y las ayudas a los señoritos del cortijo

Como es sabido, una de las últimas polémicas generadas por el actual Gobierno en materia de educación tiene que ver con las becas universitarias, que se pretenden reducir de modo importante y, además, vincular a la obtención de notas más elevadas que el mero aprobado. La propuesta ha generado un reacción muy dura por parte de toda la oposición (más la social que la política, que está dedicada a sus enésimos pactos de estado) y un posicionamiento también muy crítico por parte de la Conferencia de Rectores que considera, con razones de peso, que es un ataque a la idea de que la Universidad pública ha de estar abierta a todos, con independencia de su situación económica de partida. El rechazo a las medidas, más allá de lo que se pueda decir sobre el contenido de las mismas, se enmarca en una oposición de fondo de gran parte del sector educativo a muchas medidas de recorte respecto de la enseñanza pública que tienen un tufo muy evidente a voluntad de demolición paulatina de la misma para acabar convirtiéndola en un sistema de mínimos para inmigrantes, clase trabajadora y demás ciudadanos no privilegiados. Análisis que no es aberrante que se haga en términos de clase, a la hora de la verdad, porque las explicaciones que se están dando por parte de los defensores de la reforma, desde las que ofrece el propio Wert exponiendo más o menos que entre todos pagamos a unos haraganes que no se lo merecen, a las que nos aportan antiguos miembros de gobiernos del PP que van diciendo por ahí que a los becarios les pagamos todos un sueldo mensual de casi mil euros, pasando por exóticas afirmaciones como eso de que hay niñas que usan el dinero de la beca para ponerse tetas, dan verdadera vergüenza ajena y dibujan a un tipo de español muy de toda la vida, privilegiado e ignorante, que se siente amo del cortijo por la Gracia de Dios y del Caudillo y que tiene muy claro de qué va todo esto y cómo han de ser las cosas… y a ser posible que lo sigan siendo así siempre.

Lo más llamativo de toda este follón es que en medio del lío tenemos muy oscurecidas las verdaderas claves del debate, que deberían en torno a quién y cómo ha de pagar por la educación superior, si el Estado (esto es, entre todos) la hemos de subvencionar y, ya que estamos, qué es lo que pasa con los señoritos del cortijo. ¿Pagan ellos por su educación superior? ¿Se les pide rendimiento como a los becarios? ¿Por qué unos pueden ser subvencionados a partir de un 5 y otros necesitan un 6’5 para serlo? Así que tratemos de ir a lo fundamental, para ver si nos aclaramos un poco. Y lo hago también, como siempre en este blog, con la idea de recibir feedback y críticas, porque tampoco tengo certezas inamovibles en esto (bueno, de hecho, en casi nada) y sí muchas dudas. De modo que cualquier comentario o crítica que detecte fallas argumentales o incoherencias, o que simplemente me demuestre que lo que digo son majaderías será muy bien recibido.

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40.000 millones de euros y de unicornios de ahorro reformando la Administración

El Consejo de Ministros del pasado viernes anunció la buena nueva: un plan de reforma de las Administraciones Públicas que nos va a permitir ahorrar nada menos que 37.700 millones de euros de aquí a 2015 a base de racionalizar y hacer lo mismo que hasta ahora, por lo visto, pero mejor. ¡Mucho mejor en realidad, porque 37.700 millones de euros no se logran así como así todos los días!

Como las modernas comunicaciones permiten lo que permiten, y ni siquiera el Gobierno del Reino de España puede permitirse anunciar una reforma de tal calado supuesto sin avanzar un papel o un mínimo cálculo al respecto, pues tenemos en Internet a golpe de click el resumen del informe (no es el Informe entero porque esto son doscientas paginillas de nada y el Gobierno ha fardado de que el informe completo tiene más de 2.000, en plan estudiante de esos que confía en ser evaluado a peso, aunque para ello tenga que copiar y pegar todo lo que se le ponga por delante e ir metiéndolo todo junto, en plan batiburrillo, en un dossier que esté bien encuadernado para que quede mono). Cualquier persona que se detenga mínimamente en analizar estas páginas colgadas verá que no hay un solo cálculo económico digno de ese nombre que justifique o explique esos supuestos ahorros.

Al menos, eso sí, podemos contar con los cálculos de la Vicepresidenta del Gobierno, que en este vídeo (bastante bochornoso) intenta, balbuceante ella, resultar creíble. La cosa resulta bastante poco creíble, por mucho que la Vicepresidenta afirmara en la rueda de prensa (lo vi en TVE, pero no he logrado encontrar vídeo del momentazo) que esos números venían de «los técnicos del Ministerio… y los técnicos del Ministerio no se equivocan casi nunca» con una medio sonrisilla de superioridad mal contenida. O bueno, a lo mejor era una sonrisa de vergüenza ajena recordando lo que esos técnicos que no se equivocan casi nunca han estado contando a los ciudadanos sobre el mercado inmobiliario que era sano y robusto o la mejor banca y el sistema financiero más sólido del mundo.

La verdad es que con esta presentación (ni un solo número y una rueda de prensa donde preguntada por este tema la responsable del engendro balbucea una justificación sobre la corrección de la cifra que en última instancia acaba anclando en el argumento de autoridad y poco más, respaldada por los técnicos de un Ministerio que «no se equivocan casi nunca») no sé si tiene mucha justificación que uno se ponga a analizar mínimamente la reforma. Pero como esto es España y si te pones tiquismiquis en ese plan probablemente nunca te mirarías nada, pues haces de tripas corazón y te pones a ello.

La segunda sorpresa es que no se sabe quién ha hecho el informe. No sé si por modestia o por no querer pasar a la historia como colaboradores en semejante bodrio, los funcionarios y expertos consultados (porque el Gobierno sí ha explicado que esto lo han hecho con expertos internos y externos de todo pelaje, incluyendo ciertas explicaciones abstractas sobre su procedencia, aunque sin dar nombres, cosa sorprendente) no aparecen identificados. De hecho, así ha venido siendo en la propia web de la Comisión encargada de la cosa, donde tampoco se decía quién formaba parte de la Comisión. Todo muy edificante. Ni siquiera buscando en el BOE los hipotéticos nombramientos, no sea que hayan sido publicados, llega uno a encontrar nada. A lo mejor es que yo no sé a qué se debe esta opacidad. Quizás es que yo no he sabido buscar bien. Pero es llamativo que ni siquiera el informe en cuestión venga firmado y con sus diferentes colaboradores debidamente identificados.

Así pues, tenemos un proyecto de reforma de la Administración que da cifras de ahorro económico que, la verdad, parecen inventadas y sin aportar un cálculo medio decente que las explique y, además, un proyecto aparentemente realizado por técnicos expertos que «no se equivocan casi nunca» pero que no tienen demasiadas ganas de ser identificados. Vamos bien.

Si uno se mete a mirar el contenido, además, la cosa es ya para echarse las manos a la cabeza. El supuesto plan ambiciosísimo de reforma administrativa en España consiste, básicamente, en:

– Fardar de la reducción de empleo público ya acometida y de las normas que van a seguir impidiendo la reposición de funcionarios públicos (esto tiene de «reforma administrativa» ambiciosa y de paradigma de «nueva administración» lo que un empresario español de la CEOE de compromiso social con los más humildes y además está inventado hace mucho tiempo, meter la tijera con el personal no es ni novedoso ni moderno ni imaginativo… aunque eso sí, es la única medida que se aproxima a suponer algo de ahorro a las arcas públicas, a la vista de lo que vendrá después).

– Indicar la lista de normas aprobadas por el legislador en la última década en materia de Administraciones públicas, ya sea la ley de administración electrónica, ya la de contratos, ya la introducción de la directiva de servicios… y considerar que todas esas reformas ya realizadas son el reflejo de ese plan de reformas y de cambio estructural avanzado la semana pasada, para además decir que todas esas medidas, no sólo son un producto avant la lettre del mega plan de la Vicepresidenta sino que además están produciendo un ahorro económico tremendo ¡y más que van a producir en adelante! (el sonrojo en este momento es máximo, además de que a uno se le queda la impresión de que el Gobierno actual es muy maleducado… ¡debería haber dejado a ZP participar en la rueda de prensa para presentar todas estas mejoras de futuro que son en gran parte medidas adoptadas en el pasado por el anterior Gobierno!).

– Contener un repaso por materias y por órganos de la Administración central del Estado para explicar lo bien y eficientemente que hacen las cosas y significarnos a todos la conveniencia, más o menos con buenas maneras, de que las Comunidades Autónomas vayan cerrando chiringuitos para que los Estatales pueda sobrevivir, justificar sus actuales dimensiones y, si es el caso, aumentarlas. A estas alturas de la película que alguien plantee que el vetusto Consejo de Estado (que probablemente estaría mejor camino de su eliminación, puestos a ahorrar) no ya deba sino que pueda asumir la carga de trabajo burocrático de los más modestos consejos consultivos autonómicos ya no despierta ninguna sensación de pavor ante la amenaza de la recentralización sino que, simplemente, mueve al cachondeo. O eso de eliminar los Ombusdmen autonómicos para que lo haga todo el Defensor del Pueblo… con sus nuevos delegados territoriales. Y así todo el informe. Bueno, todo no. Tiene joyas como explicar que el servicio exterior de España es muy eficiente y barato y que lo fastidian las agencias comerciales de las CC.AA., que están abiertas por ahí sólo por ganas de fastidiar, por lo visto. O cosas deliciosas como que cuando analizan el INAP y su potencialidad metan ahí los supuestos problemas que generan las autoridades autonómicas de certificación electrónica (yo esto creo que es directamente una errata copiando y pegando párrafos, porque no me imagino qué puede tener que ver el INAP con eso, o a lo mejor es que quien ha hecho el informe no sabe exactamente qué es eso de la certificación electrónica y piensa que es algo relacionado con el trámite de legajos u otros documentos entre Administraciones públicas… a saber).

– Para rematar la faena, una parte muy importante del informe (o bueno, del resumen del informe) se dedica a explicar que se van a cambiar órganos, a integrar en otros, a dotarles de nueva forma jurídica y esas cosas… lo que por lo visto es esencial y también va a generar mucho ahorro. Que vamos, que la supresión del organismo autónomo «Cría Caballar de las Fuerzas Armadas» seguro que supone un gran ahorro… si dejan de criar caballos, pero por el hecho de integrar esta función y los medios que se emplean para acometerla en otra estructura el ahorro de los 37.700 millones de euros a mí no me salen. Máxime cuando ni siquiera un informe como este dice que haya de desaparecer una cosa llamada «Obra Pía de los Santos Lugares» que yo no he tenido los santos cojones de atreverme a buscar en Google para saber que es porque, directamente, que algo así sea financiado por todos nosotros me da miedo (y que el Informe lo vea normal y sólo propugne un cambio de forma jurídica a ese engendro, sea el que sea, me permite establecer de qué va la cosa con mucha facilidad).

En definitiva, que a mí esto me parece que no merece mucho análisis más, al menos global. A estas alturas parece ciertamente complicado que nadie se trague la supuesta reforma revolucionaria como algo real y tangible. Tampoco es posible tomarse en serio los números, más allá de constatar que sí, que si reducimos el número de funcionarios y otro personal al servicio de la Administración pública pues algo ahorraremos. De momento, nada más. Habrá que esperar a que un día, si eso, el Gobierno decida presentar algo que parezca una reforma mínimamente creíble con cara y ojos. Mientras tanto todo estos papelajos presentados, en un bonito formato, y hablando de organismos a veces absurdos, a mí me recuerda a esto:



Transparencia (III): la publicación de los datos sobre financiación autonómica en España y Alemania

Hemos hablado extensamente del proyecto de Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno en estos momentos en tramitación en las Cortes y hemos puesto de manifiesto hasta qué punto sería importante contar con un buen y suficiente despliegue de datos públicos sobre cualquier actividad administrativa (y que éstos, además, fueran desplegados de oficio, bien ordenados, fácilmente accesibles y, como es obvio, on-line para que puedan estar a disposición cómoda y efectiva de todos los ciudadanos). Los efectos sobre el debate público, sobre el control de la actividad de los gobernantes, sobre la prevención de la corrupción… de algo así serían enormes. Pensemos hoy en un sencillo ejemplo, que es el de la financiación autonómica en España, y comparemos lo que ocurre con la situación en Alemania, un país con un reparto del poder de tipo federal muy parecido al nuestro (de hecho, en muchas cosas hemos copiado de ellos nuestro modelo) a efectos de poder obtener fácilmente datos de este tipo.

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La Ley de Transparencia (II): carencias del proyecto y mejoras logradas

Hablábamos ayer de cómo la tramitación de la Ley de Transparencia puede analizarse como un ejemplo de norma-placebo, de maniobra de contención de daños por parte del poder político ante una marea de protesta y descontento que sube y sube. Una operación que, a estas alturas, puede decirse que ha fracasado a la vista de lo que está ocurriendo con la tramitación parlamentaria de la norma. Veámoslo.

En primer lugar, la Ley contiene en realidad son dos normas diferentes: una ley de transparencia y acceso a la información pública y una ley sobre buen gobierno muy peregrina, con pretensiones de control de la Administración del Estado sobre las de las Comunidades Autónomas abiertamente inconstitucionales, que a estas alturas ya parece claro que desaparecerán. En todo caso, de este tema mejor hablar otro día y centrarnos hoy en la parte sobre transparencia y acceso a la información.

Si nos vamos al Proyecto de Ley aprobado por el Gobierno en estos momentos en tramitación parlamentaria, vemos muchos elementos que permiten ilustrar el proceso comentado con la ley. Esto es, podemos ver una propuesta del Gobierno extraordinariamente deficiente, muy poco ambiciosa, increíblemente prudente si la comparamos con nuestro entorno y, en general, unas alternativas surgidas desde la opinión pública y la oposición que mejoran mucho la propuesta oficial, así como un resultado final que, en muchos casos (pero no en todos), está forzando a la incorporación de muchas mejoras. Así, si vamos por partes, podemos ver esta evolución en diferentes cuestiones tratadas por la ley.

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La Ley de Transparencia, la marea que sube y los diques de contención (I)

Está resultando muy interesante la tramitación de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. A estas alturas tiene poco o ningún sentido explicar las razones por las que una norma así es necesaria (por ejemplo, en este post y debate posterior quedó sobradamente explicado) y extendernos sobre su contenido y fallas dado que, a medida que veamos en qué queda finalmente el proyecto, habrá ocasión de comentar cosas en el futuro. De momento, eso sí, lo que permite ser analizado ya a estas alturas es el empleo de esta iniciativa como un intento por parte del Gobierno de interponer cierto dique de contención frente a la marea de cabreo y creciente exigencia ciudadana (en este y en otros muchos ámbitos) y constatar el fracaso de la maniobra. La marea sube más y más y el dique de contención inicialmente previsto (un proyecto presentado por el Gobierno y vendido como abierto y participativo, pidiendo sugerencias, de hecho llegaron más de 3.000 para luego desatenderlas prácticamente todas sin dignarse a explicar nada sobre las razones por las que no se atendieron) se demuestra incapaz de taponar con un mínimo de sentido esa inundación de cabreo ciudadano. Un cabreo ciudadano que es cada vez más informado y consciente, porque además gracias a iniciativas como la de la Coalición Pro-acceso (que ha hecho una labor fundamental en este tema) o la de la Fundación Civio (interesantísimo el trabajo que hacen) ya contamos todo con muchos ejemplos de cómo en el Derecho comparado la situación es muy distinta no sólo a lo que tenemos en España sino a la endeblez técnica y al alcance timorato de la nueva reforma, por mucho que se venda como avanzada. Es una de las cosas mejores de esta crisis, que resulta increíble el acelerado proceso de alfabetización de una sociedad, donde casi cualquier iniciativa ciudadana da ejemplo de tener un rigor y seriedad inimaginables hace muy poco… y que dejan en evidencia a nuestras «elites oficiales» cada dos por tres.

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¿Obligarme a llevar casco cuando voy en bici es constitucional?

Como es sabido, porque hay mucha información al respecto desde hace unos días en los medios de comunicación, el Gobierno de España está preparando una reforma importante en una norma reglamentaria, el Reglamento de Circulación, que va a incorporar una medida polémica: la generalización de la obligación de portar casco para ciclistas, que a día de hoy la Ley sobre Tráfico circunscribe a la circulación por vías interurbanas. Más allá de la polémica sobre si llevar casco por la ciudad tiene sentido o no, es interesante plantear el marco jurídico en que se ha de analizar si, sea buena o mala la prohibición, es posible jurídicamente en nuestro marco constitucional y legal vigente.

Puede ser importante, sin embargo, dejar claro que la reflexión al respecto no tiene nada que ver con la conveniencia de llevar casco o no por ciudad. Por ejemplo, puede tener sentido señalar que, como ciclista urbano, mi tendencia natural desde hace años es a llevarlo casi siempre, aunque es cierto que haber vivido en culturas jurídicas donde el casco en los desplazamientos urbanos es un elemento exótico, como es el caso de Alemania (es curioso, y probablemente indicativo de cómo las condiciones de la circulación importan a estos efectos, que no sólo me pasa a mí, como puede comprobar cualquiera que cuente el porcentaje de ciclistas con casco que circulan por Valencia y los compare con los de Fráncfort del Meno o Múnich, por poner ejemplos de ciudades que conozco bien), ha hecho que no sea en esto tan estricto como cuando era más joven. Una cosa es que el casco me pueda parecer una buena idea y otra diferente que me parezca bien que sea una obligación que el Estado nos imponga. Y una cosa es que me pueda parecer bien (o mal) que el Estado nos imponga una determinada obligación y otra que piense que tiene la capacidad jurídica, a partir de lo que dicen la Constitución y las leyes, para hacerlo.

Igualmente, conviene aclarar que no significan las críticas que vienen una descalificación global del proyecto de reforma. Con algunas excepciones, muchas matizaciones y muchas críticas (por ejemplo, aquí están las muy interesantes propuestas de enmienda que ha hecho la red Ciclojuristas liderada por Paco Bastida al borrador de Reglamento y aquí las en parte coincidentes que ha realizado ConBici, como ejemplos mucho más avanzados de lo que podría ser una regulación de la circulación de bicicletas) es cierto que, en parte por cómo venía el proyecto y en parte por las cosas que se han aceptado a partir de las propuestas de grupos ciclistas, se va a avanzar bastante en cosas importantes, la más esencial de todas, a mi juicio, una muy obvia pero que increíblemente no estaba hasta la fecha asumida normativamente en España: que las vías urbanas de un carril o de un carril por sentido no son aptas para circular a 50 km/h y que, como máximo, han de quedar limitadas a velocidades de 30 km/h. Sólo una medida como esta, que abre la puerta a circulaciones pacificadas, ciclocalles, circulación en dirección contraria y todas las consecuencias derivadas de la pacificación de la circulación en ciudad como pauta general ha de ser saludada como esencial.

Dicho lo cual, ¿me pueden obligar a llevar casco en bici cada vez que salga a la calle? Pues, la verdad, creo que no.

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