Capítulo LX: Ramón Berenguer I y los Usatges

Año de nuestro Señor de 1018

Cuando muere Borrell III, las esperanzas de renovación de la política catalana se desvanecieron para siempre; a partir de ahora no más primarias, no más dejar hablar a las bases catalanas; todo férreamente controlado por el Aparato. Como símbolo de que la época borrellista habría de terminar de una vez por todas, Borrell III no llamó a su hijo de la misma manera, sino que decidió dar un giro revolucionario a los patronímicos catalanes y denominó a su hijo Berenguer Ramón; con los Berenguer el interés por la política hispánica en Catalunya iba a decaer paulatinamente, en beneficio de la expansión mediterránea.
En el testamento de Borrell III se especifica que su mujer, Emersindis, habría de ejercer la regencia hasta que Berenguer Ramón alcanzara la mayoría de edad; pero la mujercita se tomó lo de su regencia como algo personal, de tal manera que cuando el pobre Berenguer Ramón I se convierte en mayor de edad no accede al trono de forma completa, sino “asociado” al trono de su madre; como decían muchos militantes de base del catalanismo en aquellos tiempos, “Emersindis es al mismo tiempo la solución y el problema del condado”; Berenguer Ramón I muere en el 1035 sin lograr deshacerse de su amada mamá, quien, en el más puro estilo María de Médici, sigue ejerciendo la regencia, esta vez en nombre de su nieto, Ramón Berenguer I.
Cuando Ramón Berenguer I el Viejo (suponemos que se le llamó así a causa de lo que tuvo que esperar el trono de manos de su abuela) consigue quitarse de enmedio a la regente, aún tuvo que soltarle 100 monedas de oro en concepto de pago por la corona del Condado de Barcelona.
El Viejo había sufrido demasiado con aquel matriarcado interminable; a partir de entonces, las cosas tendrían que quedar bien claras: Ramón Berenguer I promulgó, cuando tuvo ocasión, los Usatges, código de leyes que tuvo vigencia en Catalunya hasta la llegada de la dinastía borbónica (todo aquello de la pérdida de los fueros; ya saben), y del que tendríamos que destacar, fundamentalmente, que es un buen instrumento para poner de relieve, siempre y en todo lugar, las enormes diferencias que separan a España y Catalunya, que en la práctica se resumen en la cuestión de las herencias, que en Catalunya se concentran desde tiempo inmemorial en el Hereu, o el mayor de la familia, acabando con la bella costumbre mancomunada hasta entonces al uso en el condado; naturalmente, huelga decirlo, el Hereu es “el”, nunca “la”, porque una de las cosas que quedaron bien claras en el Código de Ramón Berenguer el Viejo es que en Catalunya, las mujeres, lo justo, no fuera que se asociasen al trono de nuevo y comenzaran a mandar como sólo ellas (está bien; algunas de ellas) saben hacerlo.
Por lo demás, Ramón Berenguer el Viejo fue un rey cojonudo, como todos los reyes que en algún momento de sus vidas se han sentido españoles, pero tuvo un final curioso; después de tanto Hereu, de tanto acabar con aquello del gobierno mancomunado para concentrar todo el poder en las manos de una sola persona, va y al morir (1076) deja el condado a sus dos hijos; ¿el motivo? Pues que al Viejo no se le ocurrió cosa mejor que tener gemelos: “Ramón Berenguer, Berenguer Ramón”.водяной полотенцесушительадвокаты по разводам


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